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El juez investiga al Barça por cohecho por pagar a Negreira para influir en el arbitraje

Asegura que el exdirigente arbitral cobró 7,5 millones del club durante 18 años mientras ejercía funciones públicas y extiende la causa a Rosell y Bartomeu

28 septiembre 2023 17:51 | Actualizado a 28 septiembre 2023 17:53
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El juez que instruye el ‘caso Negreira’, Joaquín Aguirre, determinó este jueves que el Fútbol Club Barcelona, como persona jurídica, así como los expresidentes Sandro Rosell y Josep María Bartomeu, entre otros directivos, pudieron cometer cohecho por los pagos «consumados» durante 18 años a José María Enríquez Negreira, mientras era vicepresidente del comité de árbitros.

El magistrado consideró en un auto que el delito de cohecho (ilícito que cometen aquellos que solicitan, aceptan u ofrecen dinero, regalos o favores a cambio de un acto relacionado con el ejercicio de la función pública) se ha producido al haberse realizado las entregas valoradas en 7,5 millones de euros, aunque la investigación «demuestre o no la corrupción sistémica del arbitraje español a causa de tales pagos».

La resolución señala, además, que el Barcelona abonó a través de dos «sociedades interpuestas», Dasnil 95 S.L. y Nilsad SCP, la cuantía de 7,5 millones por los servicios de asesoramiento técnico de Enríquez Negreira, uno de los tres vicepresidentes del Comité Técnico de Árbitros (CTA) entre los años 2000 y 2018. «Un hecho no negado y acreditado documentalmente» en la investigación, señala el auto. El CTA está integrado en el organigrama de la Real Federación Española de Fútbol (FEF), una entidad privada pero de utilidad pública.

En el caso del principal acusado, Enríquez Negreira, de 78 años, se le atribuye un delito continuado de cohecho pasivo (aceptar cualquier tipo de retribución a cambio de realizar un acto contrario al correcto ejercicio de sus funciones) en concepto de autor, mientras que a su hijo Javier otro delito continuado de cohecho pasivo en concepto de cooperador necesario. Respecto a la persona jurídica del Barcelona y a los directivos del club investigados -Óscar Grau, Albert Soler, Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu- se les atribuye un delito continuado de cohecho activo (lo comete el particular que solicita el soborno y entrega la retribución). Todo ello, apunta el juez, sin perjuicio de mantener la calificación alternativa del delito de corrupción deportiva, al menos durante esta fase de instrucción.

Requerimiento al CTA El auto de 21 páginas, que marca un antes y después en la causa porque abre el horizonte del juicio oral, también recoge la aplicación de la jurisprudencia sobre el cohecho aplicado en este procedimiento penal. Afirma que Enríquez Negreira desempeñaba funciones públicas, como si de un funcionario se tratase, como vicepresidente del CTA, entre otras las relativas a las calificaciones de los árbitros y a los ascensos y descensos de los mismos mediante un sistema de valoración y puntuación. Y concluye que los pagos del club azulgrana pueden considerarse en atención al cargo que desempeñaba.

Estas entregas se prolongaron durante 18 años bajo las presidencias de Joan Gaspart, Joan Laporta, Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu y fueron incrementándose desde los 70.000 euros iniciales (año 2001) hasta los más de 700.000 euros anuales (2014 y 2015), distribuidos en mensualidades por regla general. En el caso de Gaspart o Laporta la presunta responsabilidad penal ya habría prescrito.

Recoge el auto que el Barcelona cortó los pagos tan pronto como Negreira cesó como vicepresidente del CTA. «Por deducción lógica -detalla el juez en su auto- los pagos realizados satisfacían los intereses del club en atención a su duración y al incremento anual. De aquí se deduce también que produjeron los efectos arbitrales deseados por el club, de tal manera que debió existir una desigualdad en el trato con otros equipos y la consiguiente corrupción sistémica en el conjunto del arbitraje español».

No obstante, las investigaciones de la Guardia Civil «solo podrán confirmar estos extremos obtenidos por inferencia lógica», advierte el instructor, ya que de momento no hay pruebas de que el cometido de Negreira influyera directamente en los arbitrajes. Por este motivo, el juez autorizó este jueves también que la Guardia Civil acudiera a la sede de la federación de fútbol en Madrid para requerir determinada información al comité de árbitros. De igual modo, el auto que determina las imputaciones por cohecho señala que tras romper con el Barcelona Negreira envió una carta intimidatoria indicando al entonces presidente Bartomeu que si no le seguían pagando «revelaría una serie de hechos que podrían perjudicar gravemente al club». Una mención de la que el juez infiere que Negreira «tenía consciencia» de que se habían producido actos ilícitos «de bastante gravedad». Por lo tanto, finaliza el instructor, el cohecho se ha consumado al haberse realizado los pagos. Un delito que conlleva penas de prisión de tres a seis años, multa e inhabilitación para cargo público.

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