La Abogacía del Estado pide aplicar la amnistía a los investigados en el caso Tsunami

Considera que las protestas por la sentencia el procés, en 2019, no constituyeron «graves violaciones de derechos humanos»

02 julio 2024 14:13 | Actualizado a 02 julio 2024 14:17

La Abogacía del Estado ha pedido al juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón que aplique la ley de amnistía a los investigados por delitos de terrorismo en la causa de Tsunami Democràtic que él instruye y en la que figura la dirigente de ERC Marta Rovira, entre otros.

En un escrito, la Abogacía, al igual que la Fiscalía, que ha pedido el archivo de esta causa, considera que los hechos que se atribuyen a la plataforma Tsunami Democràtic (las protestas por la sentencia del procés en 2019) no constituyeron «graves violaciones de derechos humanos», por lo que entrarían en el ámbito de aplicación de la amnistía.

Para alcanzar esta conclusión, la Abogacía se apoya en «la clara intención del legislador de que queden incluidas dentro de su ámbito de aplicación, todas las manifestaciones que revelen tensión política, social e institucional, pues solo de esta manera se cumpliría el objetivo que aspira a resolver: la normalización institucional, política y social en Catalunya».

«Puede llegarse a la afirmación, por motivos claramente constatables, que con independencia de lo reprochable de las conductas y consecuencias jurídicas que dichas actuaciones implicaron, en particular lesiones de gravedad a miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, por su alcance y contenido no merecen el calificativo de ‘graves violaciones de derechos humanos’», destaca el escrito.

Todo ello de acuerdo, añade, «con la interpretación y sentido que le atribuye en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y en particular el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales».

Para argumentar esta afirmación, la Abogacía señala que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) «y los textos y opiniones a los que hace referencia no dan una definición en abstracto de qué se ha de entender por graves violaciones».

Si bien, precisa, «de los mismos sí se puede inferir que se ha de tratar de conductas de absoluta gravedad», tales como actos de tortura, asesinatos, violaciones o desapariciones forzosas, y aporta diversas resoluciones europeas en relación a delitos considerados graves violaciones de derechos humanos.

A este respecto, la Abogacía del Estado recuerda la respuesta que le dio Suiza a García Castellón a la comisión rogatoria que envió para poder localizar e interrogar a Marta Rovira.

La respuesta negativa de Suiza a la solicitud de auxilio judicial, se basó, apunta el escrito, en que los actos descritos en la Comisión rogatoria «no alcanzan el nivel de gravedad necesario» para atenderla

Y ello, según indicaron las autoridades helvéticas al cuestionar la atribución a Rovira de un delito de terrorismo, «aun cuando el uso de un cierto grado de violencia sea indudablemente moralmente reprobable, incluso son constitutivos de delitos contra la propiedad o contra la integridad corporal, sin que pueda calificarse como delito terrorista o de apoyo a una organización terrorista».

A estas disquisiciones, la Abogacía agrega que las amnistías se consideran cuestiones de Derecho interno de los Estados miembros y, en principio, no son contrarias al Derecho internacional, «lo que nos obliga examinar dichos límites, que en efecto operan como un límite al principio de soberanía de los Estados, de manera no extensiva o analógica, sino de manera restrictiva y con cautela».

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