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La revalorización de las pensiones tienta a jubilarse antes

A algunos cotizantes les ha compensado asumir el recorte legal de anticipar su retiro para asegurarse el alza del 8,5% del IPC

07 enero 2023 16:38 | Actualizado a 07 enero 2023 16:49
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El pago de la próxima pensión de finales de enero incluirá una exponencial subida de la prestación: un 8,5% más. La escalada de la inflación ha derivado en una revalorización histórica, hasta tal punto que una parte de los trabajadores que se encontraban próximos a la edad de jubilarse se han llegado a plantear anticipar su retiro para aprovechar este alza de la pensión, aun a costa de que la Seguridad Social les aplique la penalización legal establecida por anticipar su jubilación frente a la edad determinada por la normativa actual.

En cualquier caso, es una alternativa que, una vez cerrado el año 2022 y con la revalorización puesta en marcha, ahora no tiene sentido para los futuros jubilados. Las calculadoras de una parte de estos ciudadanos han echado humo en las últimas semanas, cuando han estado comprobando en cuánto se les quedaría su pensión con este cambio de los importes que ha entrado en vigor desde el 1 de enero, tal y como aprobó el Gobierno a finales de 2022. En la Administración Pública asumen que ha existido este movimiento y que se han podido registrar casos, aunque en ningún momento de forma masiva.

No será hasta que la Seguridad Social tenga los datos de la nómina de pensiones de diciembre encima de la mesa cuando el organismo revelará cuántos ciudadanos han preferido adelantar su jubilación acogiéndose a esta modalidad. En realidad puede haber casos de cotizantes que se lo han pensado, pero que realmente después no materializan esa decisión. Los expertos consultados por este diario insisten en que las carreras son largas y llenas de peculiaridades, por lo que antes de tomar decisiones definitivas, hay que estudiar bien cada particularidad.

Reducciones por meses

Las cuentas que se han hecho algunos cotizantes, los más próximos a la jubilación, han consistido en tomar como referencia el alza del 8,5% garantizada para todas las prestaciones desde este mes. Por ejemplo, para una pensión de 1.500 euros, pasa a ser de unos 1.627 euros. O la máxima, hasta el año pasado de 2.820 euros, ya se encuentra por encima de los 3.059 euros.

Con esos importes garantizados por la ley, la contrapartida de anticipar la jubilación implica aplicar los coeficientes reductores correspondientes, dependiendo del número de meses que el trabajador adelanta su retiro con respecto al que sería la edad legal para jubilarse. En términos generales, y salvando la casuística, la reducción de la pensión puede ser desde un 2,8% cuando se anticipe la jubilación un año (si ha cotizado 44 años y seis meses) hasta el 21% para quien adelante la jubilación dos años (menos de 38 años cotizados).

En todo ese abanico de posibilidades, quienes hayan anticipado hasta un año su jubilación, habrán sufrido una penalización que se encuentra establecida en el entorno del 5% (en concreto, entre un 4,75% y un 5,50% dependiendo de los años cotizados). Ese recorte inicial ha sido aún inferior a la subida del 8,5% de las pensiones vinculadas al alza de la inflación. Si ese anticipo se ha producido entre uno y seis meses antes de lo que habría sido lo habitual, el recorte establecido se encuentra en el entorno del 3%, también inferior a lo que han subido las pensiones este año.

De esta forma, la subida que se materializará en el pago de este mes en las pensiones habría compensado en muchos casos por completo el recorte por la aplicación de los coeficientes reductores en la jubilación anticipada unos meses antes de la edad legal ordinaria de jubilación.

Calcular antes de lanzarse

Se trata de una decisión que debe haber sido meditada, tal y como recuerdan distintos asesores. Una vez que se accede a la jubilación no hay marcha atrás y las circunstancias de la vida de muchos de los cotizantes pueden necesitar ajustarse a unas condiciones económicas que ahora pueden ser atractivas, pero a medio o largo plazo pueden derivar en situaciones complejas.

La última reforma de las pensiones, puesta en marcha hace ahora un año, determina que se puede acceder a la jubilación anticipada con unos recortes que se establecen por cada mes de adelanto que se tome en cuenta, y no por trimestres, como sucedía con la anterior legislación. Además, según la actual regulación aplicable, los nuevos jubilados pueden elegir la fecha de efecto de la pensión de jubilación, dentro de un plazo de los tres mes anteriores y posteriores al día de presentación de la solicitud de pensión o coincidir con ese día.

Si el solicitante está en alta en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, la pensión de jubilación se entenderá causada exactamente el mismo día de la baja en el régimen correspondiente como consecuencia del cese en el trabajo por cuenta propia o ajena.

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