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Condenadas dos mujeres por una pelea con navaja, piedra y spray de defensa en La Canonja

A una se le ha impuesto cuatro años y medio de prisión y a la otra, un año y medio

31 julio 2024 18:26 | Actualizado a 01 agosto 2024 07:00
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Dos mujeres que se pelaron a pie de la carretera n-340 utilizando para ello una navaja, una piedra y un spray de defensa, han sido condenadas por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona por un delito de lesiones. A una se le ha impuesto cuatro años y medio de prisión y a la otra, año y medio.

Dos mujeres –una de ellas nigeriana, sin autorización administrativa para residir en España–, el 23 de febrero de 2017, ejercían la prostitución a pie de la carretera N-340A, en la zona de La Canonja. Se inició una discusión entre ambas. En el transcurso de la misma se acometieron mutuamente utilizando diversos objetos, entre ellos una piedra de 12 centímetros de largo y una navaja desplegable tipo pallaresa de unos ocho centímetros de hoja.

La ciudadana nigeriana utilizó la navaja y la piedra, ocasionando a su contrincante heridas en la zona facial, frontal, cuero cabelludo, pabellón auricular, dedos de las manos, etc. Le tuvieron que dar varios puntos de sutura. Las lesiones tardaron 90 días en curarse y le ha quedado como secuela –además de cicatrices– una limitación de la movilidad de la articulación metacarpofalángica en un dedo.

Por otra parte, la otra mujer se valió de una piedra ovalada y de un spray de defensa, que empleó sobre los ojos de su contrincante. Con el primer objeto causó en su adversaria lesiones en los dedos y uno de los brazos así como contusiones. También le tuvieron que dar puntos de sutura y las lesiones tardaron diez días en curarse.

Acusaciones mutuas

Durante el juicio, las dos mujeres se acusaron mutuamente de haber atacado primero, y ninguna de las dos reconoció que la navaja utilizada en la agresión fuera suya.

La ciudadana nigeriana, además de la pena de prisión, ha sido condenada a no poder comunicarse ni acercarse a menos de 200 metros a su contrincante durante siete años y medio, mientras que la otra mujer no lo podrá hacer durante tres.

Además, la primera tendrá que pagar una indemnización de 4.100 euros y la segunda, 17.500 euros. A esta se le ha apreciado la atenuante de dilaciones indebidas, no a la primera, que permaneció en paradero desconocido hasta que fue localizada y detenida en 2023.

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