Piden prisión permanente para dos acusadas de tirar a un bebé vivo al contenedor

El fiscal sostiene que la madre dio a luz a una niña y la intentó ahogar. No lo consiguió y la ‘guardó’ en el armario hasta al día siguiente, cuando su abuela se deshizo de la recién nacida

04 diciembre 2021 18:00 | Actualizado a 05 diciembre 2021 06:15
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Prisión permanente revisable. Es la contundente pena que la Fiscalía de Tarragona pide para una mujer y su madre, vecinas de Torreforta, acusadas de haber tirado a un contenedor de basura al bebé de la primera, cuando la pequeña todavía estaba viva. El Ministerio Público considera que los hechos constituyen un delito de asesinato de persona menor de 16 años, concurriendo la agravante de alevosía, además de parentesco. El cadáver de la niña todavía no ha sido encontrado. El caso será juzgado por un tribunal popular, posiblemente durante el próximo año.

A la hora de redactar el escrito de acusación, el fiscal se ha basado principalmente en el testimonio de las compañeras de aula del Centre Municipal de Formació d’Adults de Tarragona, a las que la madre del bebé contó lo que había sucedido y que sirvió a los agentes de la Divisió d’Investigació Criminal (DIC) del Camp de Tarragona para tirar del hilo y tratar de averiguar lo que había pasado realmente. Los policías también se entrevistaron con los diferentes médicos y personal sanitario que atendió a la acusada cuando todavía estaba embarazada.

Las dos acusadas son ciudadanas españolas. La madre de la criatura (S.Z.E.) tiene ahora 20 años y la abuela del bebé (M.C.E.M.), 42. El relato que efectúa la Fiscalía en sus conclusiones provisionales recoge que en una fecha indeterminadas –pero situada entre finales de junio y principios de julio de 2019– S.Z.E. quedó embarazada, desconociéndose la identidad del padre.

En septiembre de 2019, S.Z.E. comenzó un curso de preparación para las pruebas de acceso a ciclo superior en el Centre Municipal de Formació d’Adults de Tarragona. En ese momento, la joven contaba con 18 años de edad, dependía económicamente de sus padres y pretendía continuar con su formación académica, por lo que decidió no continuar con el embarazo. La madre de ella –la otra encausada– conocía el embarazo, así como la intención de su hija de interrumpirlo. Ambas lo ocultaron al abuelo del bebé.

El 13 de noviembre de dicho año, S.Z.E. acudió al CAP Torreforta para solicitar la interrupción farmacológica del embarazo y fue atendida por una comadrona. Al indicar la paciente que la última fecha de su regla era el 25 de agosto del mismo año, la facultativa calculó que se encontraba en la semana 11,3 de gestación, superando el límite de nueve semanas en que se permite la interrupción farmacológica. Por ello, la comadrona la derivó a una clínica de Tarragona para que le practicaran una interrupción quirúrgica del embarazo.

Tras posponer la cita en dos ocasiones, finalmente el 3 de diciembre S.Z.E. acudió sola a la clínica, donde fue atendida por un ginecólogo y una auxiliar de clínica. El médico le realizó una ecografía y constató que la paciente se encontraba en la semana 23 ó 24 de gestación. Como la interrupción quirúrgica del embarazo solo está permitida hasta la semana 14 de gestación, indicaron a la paciente que no podían hacerla. La derivaron de nuevo al CAP de Torreforta para que, o bien fuera enviada a un centro de Barcelona –donde sí se practican interrupciones durante el segundo trimestre del embarazo– o bien llevara seguimiento del mismo si decidía continuar con la gestación.

La acusada no acudió al CAP, sino que el 10 de diciembre regresó a la clínica pidiendo de nuevo la interrupción del embarazo. Explicó que tenía problemas en casa con su familia, que no podía enterarse de que estaba embarazada. El médico le reiteró que no podían hacerlo y la volvió a derivar al CAP. En esta ocasión redactó un informe en el que se exponía su problemática familiar para que solicitara ayuda a Serveis Socials.

El abuelo no lo sabía

Las dos acusadas, ante el temor de que el abuelo –que es camionero– del bebé se enterara del embarazo de su hija, siendo conscientes de que la interrupción legal no parecía factible, decidieron que la mujer continuaría con la gestación en secreto, sin llevar seguimiento médico ni comunicarlo a Serveis Socials. Y una vez naciera el bebé, lo matarían y se desharían del cadáver. La madre del mismo continuó asistiendo a sus clases en el centro hasta el 3 de marzo del año pasado.

Entre el 3 de marzo y abril de 2020, la acusada dio a luz a una niña en una habitación de su domicilio de la calle Tortosa de Torreforta. Una vez finalizado el alumbramiento, en ejecución del plan preconcebido por ambas acusadas, la joven tapó la boca y nariz de su hija con intención de causarle la muerte, consiguiendo que dejara de llorar pero sin llegar a terminar con su vida. A continuación, ocultó a la pequeña dentro de un armario de la vivienda.

Al día siguiente, la abuela del bebé, de común acuerdo con su hija, recogió a la niña –que todavía estaba viva– del armario en el que se encontraba, salió a la calle con ella y «con ánimo de causarle la muerte o conociendo que con su actuación se le causaría –dado el estado en el que se encontraba tras horas sin recibir el alimento–, la tiró a un contenedor de basura. De esta manera, subraya el fiscal, las dos acusadas consiguieron acabar con la vida de la recién nacida.

En el momento de los hechos, las acusadas no presentaban patología mental alguna que pudiera menoscabar sus facultades cognoscitivas, volitivas o intelectivas.

El familiar más cercano del babé fallecido es su abuelo –marido y padre de las acusadas–, que no reclama por estos hechos. Y también están sus tíos –hermanos de la madre de la pequeña e hijos de la abuela–, todos ellos menores de edad y bajo la tutela de la Direcció General d’Atenció a la Infància i l’Adolescència (Dgaia) de la Generalitat.

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