El TSJC avala la renuncia de Viñuales a acusar por Inipro

El tribunal rechaza anular el decreto del alcalde como pedía de ERC, condenada a pagar 1.200 euros. Esquerra dice que la sentencia «no entra en el fondo» y que el pleito «sigue vivo»

18 septiembre 2024 18:47 | Actualizado a 18 septiembre 2024 19:00
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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) avala la decisión del alcalde Rubén Viñuales (PSC) de que el Ayuntamiento renuncie a ser acusación particular en el caso Inipro. Así lo respalda en una sentencia firmada este martes, a la que ha tenido acceso el Diari, en la que se rechaza anular el decreto como medida cautelar solicitada por ERC.

De esta forma, el TSJC resuelve el recurso presentado por el grupo municipal de ERC, que en julio del 2023 registró una apelación judicial contra la resolución del alcalde de un mes antes, en el que ordenaba la retirada municipal del caso, al entender que esta –formulada en 2020 por el gobierno de Pau Ricomà (ERC)– era «extemporánea», ya que el consistorio «no participó» en la instrucción.

Cabe destacar que la acusación municipal impulsada por ERC fue la que solicitó las penas más altas, incluso más que la CUP y la Fiscalía. Así, mientras que el Ministerio Público pide cinco años y 10 meses de prisión para el exalcalde Josep Fèlix Ballesteros (PSC), la CUP solicita 13 y, la acusación del Ayuntamiento ahora suprimida, solicitaba 14 años y 3 meses.

La vía civil, abierta

A raíz del decreto de Viñuales, ERC acudió a la justicia al entender que el documento incurría «en un grave error en la valoración de los hechos», a la vez que alertaba de que el Ayuntamiento «pierde su acción y la oportunidad de sostener con mayor pericia y diligencia que la Fiscalía la acreditación de los hechos y la fiscalización de los órganos municipales». Por ello, ERC pedía como medida cautelar anular la resolución del alcalde.

Ahora, sin embargo, el TSJC rechaza aplicar la cautelar, al entender que la Fiscalía ya realiza la acción penal, «así como la protección de los derechos e intereses de las personas perjudicadas». Fuentes de ERC aseguraron ayer que el TSJC «no se ha pronunciado sobre el fondo de la cuestión» y que el pleito «sigue vivo en el Juzgado Contencioso de Tarragona».

En la sentencia, que es recurrible ante la misma sala, se añade que la decisión municipal de apartarse del caso «no implica la terminación o archivo del mismo», ni «afecta a un posible resarcimiento», por lo que la vía civil por parte del consistorio sigue abierta.

La concejal responsable de la Assessoria Jurídica, Isabel Mascaró (PSC), indica al Diari que «estamos satisfechos porque el TSJC corrobora que no tenía sentido estar personados en esta causa, puesto que era extemporáneo y procesalmente no servía para nada, porque el procedimiento sigue por vía judicial».

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