Horizontes en materia de fiscalidad patrimonial

El Comité de expertos aboga por mantener el Impuesto sobre el Patrimonio, a pesar de que ningún país de la UE excepto España lo sigue manteniendo

28 marzo 2022 09:59 | Actualizado a 28 marzo 2022 10:06
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El pasado 4 de marzo se hizo público el Libro Blanco sobre la reforma tributaria, preparado por el Comité de expertos designado por el Gobierno, en el que se recogen sus sugerencias en materia de fiscalidad y que debería servir como fundamento para una reforma del sistema tributario.

Uno de los capítulos del Libro Blanco que, sin duda, ha generado más expectación es el relativo a la imposición patrimonial, que últimamente ha estado en el foco mediático debido a las diferencias de tributación existentes entre algunas Comunidades Autónomas.

El Comité de expertos aboga por mantener el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), a pesar de que ningún país de la Unión Europea excepto España lo sigue manteniendo, si bien considera que presenta una serie de deficiencias que justifican la reforma del Impuesto. Como principales reformas el Comité propone medidas para modificar la valoración de acciones en sociedades patrimoniales o de mera tenencia, estableciendo que dichas acciones deberían valorarse teniendo en cuenta el valor de mercado de sus bienes y derechos subyacentes, así como sugiere reforzar el control sobre la efectividad de las deudas estableciendo una limitación a la deducibilidad de deudas contraídas sin motivo económico válido en supuestos de vinculación societaria o familiar.

Asimismo, los miembros del Comité consideran que debería revisarse al alza el límite conjunto renta-patrimonio, proponiendo un límite del 70% de la base imponible de renta y elevando la cuota mínima del IP hasta un máximo del 30% con el fin de incrementar el potencial redistributivo del impuesto.

Por su parte, proponen una elevación del mínimo exento y una reducción de tipos, sugiriendo un incremento del mínimo exento de hasta 1 millón de euros, y tipos de entre el 0,5 y el 1%. Recordemos que actualmente en Cataluña, el mínimo exento es de 500 mil euros y el tipo máximo se sitúa en el 2,75%.

Esperaremos a ver cuántas de las citadas propuestas se traducen en cambios

En cuanto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) el Comité propone medidas para simplificar y reducir el impuesto, eliminando las reducciones por parentesco y estableciendo un mínimo exento de entre 20 mil y 250 mil euros en función del grado de proximidad con el causante. Asimismo, también se propone reducir los tipos actuales, considerando que los tipos deberían situarse entre un 5 y un 15%, con una progresividad más alta en herencias a familiares no cercanos, y con un tipo máximo del 25% para herencias entre extraños. Asimismo, el Comité propone que se estudie la posible supresión de los actuales coeficientes multiplicadores en función del parentesco y del patrimonio preexistente.

Con el fin de facilitar el pago del impuesto en aquellas herencias con bienes ilíquidos, se propone la posible ampliación de los plazos de los fraccionamientos y la flexibilización del importe de los mismos con el fin de dar tiempo a los herederos a transmitir algunos bienes, facilitándoles así el cumplimiento de los plazos.

En relación con el régimen de empresa familiar que permite la exención en IP y la reducción del 95% del valor de las sociedades familiares en ISD, el Comité aboga por su mantenimiento, si bien urge al Gobierno a evaluar periódicamente la efectividad de este beneficio fiscal. Además, con el fin de evitar abusos, se aconseja revisar la regulación de los requisitos exigidos para su aplicación, y en particular, se propone el establecimiento de un importe máximo de la base imponible que pudiera beneficiarse de la reducción en ISD, considerando necesario un mayor control por parte de la administración tributaria para evitar prácticas de elusión fiscal.

Finalmente, el Comité sugiere al Gobierno que la reforma del IP y del ISD ha de acompañarse necesariamente de una mayor delimitación de la capacidad normativa de las Comunidades Autónomas, estableciéndoles límites a las exenciones y bonificaciones de dichos impuestos que aseguren un mínimo efectivo de gravamen para todas las Comunidades.

Estaremos a la espera de ver cuántas de las citadas propuestas se traducen en cambios normativos.

Núria Cabré Plana, socia de Garrigues Abogados y asesores tributarios.

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