Mañana entra en vigor el decreto que regula el castellano en las aulas catalanas tras la publicación hoy en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) de la resolución que valida el Decreto Ley que fija los criterios para elaborar, aprobar, validar y revisar los proyectos lingüísticos de los centros educativos y que establece la inaplicación de parámetros numéricos en la enseñanza de las lenguas.
El Decreto ley 6/2022 aprobado el pasado 30 de junio por el Parlament, también establece el catalán como lengua vehicular en la enseñanza y omite el uso curricular del castellano en los centros públicos y concertados.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) emitió ayer una providencia en la que considera que el decreto ley 6/22 "impide la viabilidad" de la resolución de la sentencia que fija un porcentaje mínimo de uso de cada idioma y que establece un 25% de enseñanza en castellano.
Por ello, el TSJC ve posible inconstitucionalidad en el decreto del Govern y la nueva ley sobre enseñanza de las lenguas oficiales en las escuelas que aprobó el Parlament como respuesta a la sentencia que impone un 25% de clases en castellano.
El Decreto ley que entra mañana en vigor también marca el catalán como lengua vehicular, de aprendizaje y de uso normal en la acogida del alumnado en los centros educativos.
El texto señala también la inaplicación de parámetros numéricos, proporciones o porcentajes en la enseñanza y el uso de las lenguas y establece la garantía de que el alumnado alcance el dominio oral y escrito del catalán y el castellano al final de la enseñanza obligatoria, aunque omite el uso del castellano como lengua curricular.
Asimismo, el Decreto marca que es necesario el análisis del entorno sociolingüístico de los centros para garantizar la eficacia de los proyectos educativos y lingüísticos, que debe elaborar cada centro.
Educación deberá validar los proyectos lingüísticos, por lo que la consellería envió el pasado 31 de mayo un cuestionario con siete preguntas a las direcciones de los centros educativos públicos y concertados.
En él, se preguntó a las direcciones si el castellano es lengua de uso curricular en sus aulas y si se evita utilizar porcentajes en el uso de lenguas.
La respuesta afirmativa a las siete preguntas del cuestionario comporta que el proyecto lingüístico se ajusta a la nueva normativa y la contestación negativa a alguna de ellas refleja que el proyecto lingüístico no se ajusta a la nueva normativa y debe modificarse, según las instrucciones.
Para validar los proyectos lingüísticos, los directores tenían que responder afirmativamente que tienen en cuenta la realidad sociolingüística del centro y que prevén el uso curricular y educativo tanto del catalán como del castellano.
También debían responder afirmativamente que el catalán es la lengua de uso normal en la acogida del alumnado recién llegado.