Los Mossos d’Esquadra entraron en un domicilio de L’Hospitalet de l’Infant para un registro sobre un caso relacionado con un robo con violencia en casa habitada. Los agentes encontraron cocaína y marihuana. Ahora, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona ha condenado al procesado a tres años y medio de prisión y a pagar una multa de 3.150 euros. El fiscal pedía cinco años y 4.000 euros.
El 28 de mayo de 2021 se acordó por el juez entrada y registro en el domicilio del acusado, situado en L’Hospitalet de l’Infant. Estaba relacionado con una investigación por robo con violencia en casa habitada.
Durante el registro, realizado el 1 de junio, los Mossos d’Esquadra hallaron, además de joyas procedentes supuestamente de los robos investigados, sustancias que parecían ser estupefacientes. Tras advertir del hallazgo al juez encargado de la investigación, se acordó ampliar el auto de entrada y registro a un supuesto delito contra la salud pública. Ello autorizaba a los policías a recoger e intervenir la droga y cualquier instrumento u objetos que estuvieran relacionados.
En una habitación trastero se hallaron dos envoltorios de cocaína; en el comedor otros envoltorios más y una bolsa con marihuana, una balanza de precisión, una envasadora al vacío –junto con 13 bolsas–, sustancia para el corte y 8.559 euros en efectivo. En total 21,49 gramos de cocaína, de una pureza del 68 por ciento, y 163 gramos de marihuana. El valor total asciende a 2.900 euros.
El abogado solicitaba la nulidad de la entrada y registro. Los magistrados de la Audiencia aseguran que la resolución sobre este registro «es de las pocas veces que cumple con el estándar de motivación de manera tan impecable a la hora de justificar y analizar las razones que fundamentan la medida».
El acusado dijo que la droga hallada era para autoconsumo y que la había adquirido para tomarla con otras personas. Que habían juntado dinero todos los que querían consumir y había acudido a comprarla a un «barrio chungo» de Reus. Sobre los 8.000 euros que tenía en la nevera, aseguró que eran fruto del ahorro, que los escondía en este sitio por miedo a que se los robaran. Y que la balanza no servía y que la envasadora y las bolas de plástico era para la carne.
La Sala de la Audiencia está convencida que la droga era para su venta a terceros. Ello en base a los análisis químicos y al testimonio de varios mossos d’esquadra de la Unitat d’Investigació de Tortosa. Los magistrados también se basan en la cantidad de sustancia intervenida y la calidad de la cocaína, además de las sustancias para adulterarla.
Declararon varias personas que, según dijeron, eran las que iban a drogarse a la casa. A los jueces les parece extraño que a pesar de esta relación de amistad no conocieran ni el nombre de la calle dónde está la casa.