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El Supremo confirma las penas a los condenados por el 17A

Rechaza los recursos de la defensa y acusación y rebaja a 18 meses la pena a uno de los condenados

27 noviembre 2023 19:38 | Actualizado a 27 noviembre 2023 21:49
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El Tribunal Supremo confirmó ayer lunes las condenas a 43 y 36 años de prisión a los dos principales terroristas por los atentados yihadistas perpetrados en Barcelona y Cambrils el 17 de agosto de 2017 y que causaron, en total, 16 muertos y 140 heridos.

En todo caso, esta nueva sentencia sí rebaja de ocho años a 18 meses la pena para el tercero de los terroristas acusados, Saig Ben Iazza.

No prosperan

La Sala de lo Penal rechazó así los recursos de los dos principales terroristas, Driss Oukabir y Mohamed Houli Chemlal, así como también los de las acusaciones de manera que no responsabiliza a los condenados de los asesinatos que perpetró la célula terrorista, un hecho que también fue descartado por la Audiencia Nacional.

El Supremo tan solo estimó parcialmente el recurso del tercer implicado, Said Ben Iazza, a quien sí rebaja su condena de ocho años a 18 meses de prisión porque entiende que existen dudas razonables que conociera con suficiente detalle que, con su participación, colaboró con la organización terrorista.

En relación a las acusaciones, el Supremo rechazó anular el primer juicio celebrado y responsabilizar a los condenados por los 16 asesinatos cometidos por el resto de miembros de la célula.

El Supremo también descartó que se haya vulnerado el derecho de las víctimas a conocer la verdad al considerar que la investigación y enjuiciamiento «por su minuciosidad, extensión y control jurisdiccional» han cumplido con la Convención Europea de los Derechos Humanos.

La sentencia también afirmó que las partes pudieron ejercitar los instrumentos de control previstas en la ley procesal y que la nulidad carece de justificación.

Finalmente, para el Tribunal Supremo, esta resolución fue suficientemente motivada y advierte «que no cabe interponer recurso ordinario alguno contra la misma» .

El Supremo resalta
la minuciosidad, extensión y control judical de toda la causa
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