<iframe src="https://www.googletagmanager.com/ns.html?id=GTM-THKVV39" height="0" width="0" style="display:none;visibility:hidden">
Whatsapp Diari de Tarragona

Para seguir toda la actualidad desde Tarragona, únete al Diari
Diari
Comercial
Nota Legal
  • Síguenos en:

Cambrils podrá multar con 200 euros por ir sin camiseta por la calle

El Ayuntamiento renueva la ordenanza de convivencia ciudadana y endurece las sanciones a los infractores

05 abril 2023 22:24 | Actualizado a 06 abril 2023 07:00
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

Las personas que vayan con el torso desnudo por Cambrils podrán ser sancionadas con multas de 200 euros. Esta es una de las nuevas medidas que ha incorporado el Ayuntamiento a la ordenanza de convivencia ciudadana que entrará en vigor este mes de abril. El texto, aprobado en el pleno del pasado viernes, es una modificación de la ordenanza en vigor desde 2008 y pretende adaptar la norma al contexto social actual. Así, se incorporan una serie de normativas sobre civismo en cuestiones relacionadas con el respeto al espacio público, la gestión de residuos, la tenencia de animales o la libertad sexual.

La prohibición de caminar sin camiseta es algo que ya regulan desde hace tiempo otras localidades turísticas de costa como Salou, Lloret de Mar o Sitges, entre otras. En Cambrils, la prohibición afectará únicamente a las calles que no estén frente a la playa. Concretamente, la norma prohíbe «hacer uso de los espacios públicos y/o del mobiliario urbano en situación de desnudez, total o parcial, salvo los lugares donde esté expresamente autorizado». Las excepciones incluyen «espacios de playa o zonas de baño, paseos marítimos o espacios donde es habitual el uso deportivo», donde sí se podrá circular sin camiseta.

Por otra parte, uno de los mayores problemas que han motivado la renovación de la normativa es el incivismo con la gestión de los residuos. A partir de ahora, se prohíbe de forma expresa arrojar las bolsas de basura fuera de los contenedores, moverlos de sitio, dejarlos abiertos, tirar dentro basura en estado líquido y hacer cualquier tipo de vertido en el espacio público, entre otros.

La actualización de la ordenanza ha servido también para endurecer las multas a los propietarios de perros que no recojan los excrementos de su mascota. Asimismo, la norma hace obligatorio el hecho de remojar los orines de los animales en la vía pública. En este apartado se incluyen otras prohibiciones como dar de comer a los animales en la calle, salvo tener autorización municipal, y lavar animales en las fuentes o duchas de playa.

La nueva norma obliga a los propietarios de perros a limpiar con agua las micciones en la calle

La nueva normativa entra en otros aspectos sobre los que cada vez hay más conciencia social, como es la diversidad o el acoso sexual. Se incluye, por ejemplo, la prohibición de colgar carteles o simbología en los balcones con contenido xenófobo, racista, sexista u homófobo. Además, se vetan comportamientos de acoso en la calle como «gestos, comentarios, sonidos, insinuaciones o similares, que impliquen connotaciones sexuales» cuando generen malestar en las personas que lo sufren.

Otra de las novedades importantes que se han añadido a la ordenanza es la prohibición de la mendicidad, considerada falta especialmente grave en caso de que se haga junto a menores. En este apartado, desde el Ayuntamiento defienden que la regulación incorpora «toda una serie de medidas para reconducir los posibles infractores hacia los servicios sociales».

Hasta 3.000 euros

La ordenanza tipifica las infracciones de convivencia ciudadana entre faltas leves, con multas de 200 euros –antes las sanciones partían de los 50 euros–; graves, que se sancionan con entre 500 y 1500 euros; y muy graves, cuya multa va de los 1500 hasta un máximo de 3.000 euros. El importe se reducirá en un 50%, siempre que la multa se pague en un plazo de 20 días. Por otra parte, más allá de la multa monetaria, el consistorio podrá aplicar otro tipo de medidas complementarias, según el tipo de falta, y que consisten en prohibir el acceso a instalaciones municipales o participar en actividades organizadas por el Ayuntamiento, durante un máximo de tres años.

«Queremos garantizar que las conductas incívicas se reduzcan y que sean debidamente sancionadas», David Chatelain (Concejal de Seguridad Ciudadana y Movilidad)

«Es un documento que permite preservar la pacífica relación entre las personas y regular el disfrute de los espacios públicos», sintetiza el concejal de Seguridad Ciudadana y Movilidad, David Chatelain. Afirma, además, que con esta actualización de la ordenanza «queremos garantizar que las conductas incívicas se reduzcan y que sean debidamente sancionadas, puesto que en muchos casos la ciudadanía ha podido tener la sensación que existe cierta impunidad cuando se tratan estas cuestiones». Sobre el régimen sancionador, el regidor destaca que «se pueden sustituir las multas por trabajos en beneficio de la comunidad en ciertos supuestos».

Comentarios
Multimedia Diari