La Diputació de Tarragona es la única responsable de los daños a cuatro viviendas, en el municipio de El Catllar, durante las inundaciones del día de Santa Tecla de 2022. Así lo ha dictaminado la Comissió Jurídica Assessora, tras evaluar la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por los afectados, en la que valoraba si la causa podía atribuirse a las obras de ampliación de la carretera TP-2039, que enlaza El Catllar con la N-340.
El dictamen concluye que el origen de los daños se atribuye al «taponamiento de una salida de agua», ya que a causa de las obras se habilitó un desvío provisional de la carretera, que provocó un efecto presa debajo del puente del Mas de la Creu. Como consecuencia, el agua llegó a la zona de viviendas, que se inundaron con «un nivel superior a los cuatro metros» y «entre cuatro y 1,60 metros de altura», según recoge el documento a partir de la declaración de uno de los afectados.
El organismo dependiente de la Generalitat ha querido esclarecer el impacto de las obras de la carretera en los hechos. Y, al respecto, asegura que «ninguna de las partes implicadas pone en duda que los trabajos están causalmente relacionadas con las inundaciones». Sin embargo, también plantea si la modificación del proyecto inicial –que elevó el talud a más de dos metros, y no en 83 centímetros como estaba previsto– «modificó el comportamiento hidráulico del cauce del torrente», de acuerdo con lo que apuntaba el ACA.
De forma unilateral
Este era uno de los objetos de controversia entre el organismo gestor del agua y la Diputació, ya que según el primero, el ente supramunicipal ejecutó esta modificación «sin comunicarlo». El dictamen elude cualquier responsabilidad hacia el ente que preside Samuel Reyes, teniendo en cuenta que «se desprende del expediente que el proyecto no se ejecutó en los términos aprobados por el ACA, sino que la Diputació introdujo modificaciones esenciales que llevaron al ente local a ejecutar el paso provisional a una cota superior a la prevista en el proyecto aprobado, sin comunicarlo al ACA».
A partir de las pruebas aportadas, la Comissió Jurídica Assessora «llega al convencimiento que el cambio en el desvío ejecutado aumentó significativamente el calado máximo de la inundación y que, por tanto, y contrariamente a lo que defiende la Diputació, las viviendas no se habrían inundado si no se hubiera ejecutado el desvío; y, sobretodo, que la superficie inundada habría sido diferente si se hubiera ejecutado de acuerdo con el proyecto autorizado por el ACA».
Lluvia «abundante»
En este proceso se ha tenido en cuenta tanto la postura de los reclamantes, como del ACA, la Diputació de Tarragona, la aseguradora de esta última así como también de la empresa contratista. Esta última se exime de cualquier tipo de responsabilidad teniendo en cuenta que «se desprende del expediente que fue la Diputació quien modificó el proyecto, en tanto que ejercía la dirección facultativa de la obra. Y, por tanto, el daño habría sido ocasionado por una orden inmediata y directa de la administración, de forma que el daño sería imputable a la Diputació».
El dictamen también tiene en cuenta que la lluvia que cayó aquel día fue «muy abundante». Y, aunque apunta que «sorprender que ninguna de las dos administraciones no tuviera en cuenta la previsión del tiempo antes de iniciar las obras», también añade que «a pesar de la importancia evidente de la lluvia caída, las circunstancias concretas del caso impiden apreciar la causa de exoneración de fuerza mayor».
Finalmente, también hace referencia al pago de las indemnizaciones que han solicitado los afectados y que suben a un importe total de 640.005,88 euros. Esta cuantía es muy superior a la valoración que hicieron tanto las aseguradoras, como el Consorci o la misma Diputació, que situó esta cifra en 152.694 euros.
En estudio
Sobre esta cuestión, la comisión afirma que «no dispone de elementos suficientes, con la información que consta en el expediente, para proceder a cuantificar los daños». Este organismo asegura que no se han aportado todas las justificaciones de los daños sufridos, por lo que remite al instructor del expediente y a las partes «el ajuste» de las cantidades indemnizables teniendo en cuenta las bases del dictamen.
Ahora ambas partes deberán llegar a un acuerdo. Desde la Diputació de Tarragona se asegura que se está estudiando el dictamen, que no es vinculante pero sí preceptivo. Por su parte, los afectados mantienen el recurso contencioso administrativo que presentaron al juzgado.