Whatsapp Diari de Tarragona
Para seguir toda la actualidad desde Tarragona, únete al Diari
Diari
Comercial
Nota Legal
  • Síguenos en:

La Audiencia Provincial absuelve a un hombre que no acudió a la mesa electoral en Torredembarra

Después de la notificación., él se puso en contacto con la Junta Electoral de Zona para presentar alegaciones

27 septiembre 2024 09:59 | Actualizado a 27 septiembre 2024 11:39
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

Un vecino de Torredembarra que no acudió a la constitución de una mesa electoral durante las elecciones al Parlament de Catalunya el 2021 ha sido finalmente absuelto por la Audiencia Provincial de Tarragona de un delito. De esta manera, revoca la sentencia condenatoria emitida inicialmente por el Juzgado de lo Penal 1 de Tarragona, que le impuso el pago de una multa de 720 euros como autor de un delito electoral.

El acusado recibió en el domicilio donde está empadronado –el de su madre– una notificación de la Junta Electoral de Zona (JEZ) de El Vendrell conforme había sido designado para desempeñar la función de presidente segundo suplente de una mesa electoral en Torredembarra debido a la celebración de las elecciones al Parlament el 14 de febrero de 2021.

La sentencia inicial aseguraba que el procesado «no se presentó a la mesa electoral ni alegó motivo alguno que justificara su incomparecencia», una circunstancia que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha revocado.

Fue designado para desempeñar la función de presidente segundo suplente

El acusado recordaba, en su recurso de apelación, que remitió un correo a la JEZ exponiendo su situación y solicitado ser exculpado. Y que al no obtener respuesta, llamó por teléfono y le respondieron verbalmente que «no tenía que preocuparse».

La Audiencia Provincial considera que la tesis exculpatoria alegada por el acusado tiene el mismo nivel que la acusatoria. Recuerdan los magistrados que el hombre no negó en ningún momento haber recibido la notificación, sino que esta llegó con escasos cuatro días de antelación a la celebración de las elecciones, «suponiendo eso de por sí ya una anomalía en el funcionamiento de la administración electoral en cuanto a plazos».

El encausado envió la petición de excusa a la Junta Electoral de Zona el 13 de febrero, un día antes de las elecciones, que era sábado, dentro del plazo, pero sin casi tiempo de reacción formal para la propia JEZ. Ello hizo que incluso llamase por teléfono y recibiese una contestación verbal y nunca recibió una por escrito porque, al parecer ni se tramitó.

Incluso la Audiencia Provincial indica que «no es que no exista una denegación de excusa, es que parece que no fue tramitada por escrito».

Comentarios
Multimedia Diari