La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo respaldó este jueves la tesis de Vodafone y confirmó la condena a los tres principales exdirectivos de Ono por el caso del fraude del IVA.
El expresidente José María Castellano, la exconsejera delegada Rosalía Portela y el exdirector financiero Carlos Sagasta han sido condenados definitivamente por actuar de forma negligente porque aunque fueron informados por la Agencia Tributaria de la trama fraudulenta, ni adoptaron controles en el área de reventa internacional, ni cesaron la relación con los proveedores implicados en dicho fraude.
Por ello, deberán hacer frente a una indemnización millonaria a Vodafone para afrontar parte del pago de una sanción impuesta por Hacienda a la compañía en 2014 por no haber declarado el impuesto durante varios años. Aunque la cantidad aún no se ha concretado, cuando Vodafone interpuso la demanda, cifraba los daños en más de 140 millones de euros.
Los hechos ocurrieron hace casi una década cuando Vodafone adquirió Ono por 7.200 millones de euros y Hacienda destapó un fraude por las cuotas no ingresadas por la compañía de cable en la liquidación del IVA entre los años 2011 y 2014, por el negocio de reventa de tráfico para llamadas internacionales. La inspección derivó en una sanción de 72,5 millones de euros (más 256.000 euros de sobrecostes) que tuvo que afrontar Vodafone.
La operadora denunció entonces a la cúpula de Ono y ahora el Supremo respalda así en líneas generales el fallo previo de la Audiencia Provincial, aunque rebaja en dos meses el cómputo final para tener en cuenta la multa. La cantidad final a abonar deberá ser dirimida en las próximas fechas por el daño ocasionado en el periodo entre el 30 de abril de 2014 y el 31 de agosto de ese mismo año.
Reventa de llamadas internacionales
La Agencia Tributaria puso en conocimiento de los indicios de fraude a una empleada de CableEuropa, filial de Ono, el 4 de febrero de 2014. Ese mismo día, la empleada trasladó a sus superiores cómo funcionaba un fraude carrusel de IVA. En el correo, según recoge el Supremo, «daba los nombres de los proveedores implicados que le habían facilitado los inspectores, con indicación de que podría haber más». El fraude está relacionado con la reventa de llamadas internacionales.
Por ello, el Supremo considera que la responsabilidad se inicia el 30 de abril de 2014, que es cuando se produjo la reunión de la Agencia Tributaria directamente con los ex directivos y se les requirió expresamente para que cortaran la línea de negocio con los proveedores investigados por el fraude, haciendo caso omiso a dicho requerimiento.