Cataluña: fiscalidad ambiental o infierno fiscal

Cataluña se ha convertido en un verdadero infierno fiscal para empresas y familias, y la situación no deja de agravarse año tras año
 

04 septiembre 2021 07:00 | Actualizado a 04 septiembre 2021 09:15
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Los catalanes estamos de enhorabuena: a partir de septiembre de 2021, vamos a ser los únicos españoles que paguen dos veces por tener un vehículo: un turismo, una motocicleta o una furgoneta, toda vez entra en vigor el Impuesto sobre las Emisiones de Dióxido de Carbono de los Vehículos de Tracción Mecánica, único en su género, hasta la fecha.

Este tributo, con una sistemática de cálculo muy similar al ya conocido Impuesto sobre los Vehículos de Tracción Mecánica, de carácter municipal, conocido coloquialmente como el ‘sello’ o el ‘impuesto de circulación’, y que grava a los vehículos en función de su potencia fiscal, viene a introducir el tan manido concepto de «fiscalidad medioambiental», pero, como siempre, apelando a los bolsillos de los contribuyentes catalanes.

Es un impuesto, sin lugar a duda, redundante, pues se fundamenta en la tenencia de un vehículo; no discrimina por la renta o el valor del bien, y aprovecha los padrones ya creados, por lo que es de fácil aplicación y bajo coste de gestión. Un chollo, en definitiva, para la voraz hacienda autonómica catalana.

En efecto: voraz e insaciable. La Generalitat de Catalunya es la comunidad autónoma española con una mayor profusión de nuevos tributos propios, pues cuenta con nueve impuestos, cinco cánones y un gravamen, de protección civil.

La fértil imaginación del legislador catalán ha dado origen a impuestos de los cuales la actividad económica no escapa, creando un auténtico infierno fiscal. Aparte del tributo ya descrito, sobre las emisiones de los vehículos, conviven otros de carácter medioambiental que afectan a todo tipo de actividades, incluida la industria o el transporte, sobre los activos no productivos de las personas jurídicas, las viviendas vacías, las bebidas azucaradas o los establecimientos comerciales.

La comparación de la fiscalidad autonómica catalana con la de otras comunidades españolas causa sonrojo, pues si Cataluña dispone de nueve impuestos, cinco cánones y un gravamen, Andalucía mantiene siete impuestos y un canon, Aragón dispone de cinco impuestos o Madrid presenta dos impuestos autonómicos y un recargo sobre el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).

Y, por cierto, hay comunidades autónomas, no tan relevantes en términos de población o PIB, que aún presentan menos figuras tributarias autonómicas que las arriba citadas, por lo que su selección no ha sido deliberada.

Pero es que no solo se trata de la fiscalidad propia. Cataluña presenta el tipo mínimo del tramo autonómico del IRPF más alto de toda España: 12%, así como el tipo máximo más elevado: 25,5% tras Canarias, La Rioja o la Comunidad Valenciana.

De entre las regiones más desarrolladas de España, en términos de PIB per cápita, Cataluña y, en menor medida, Navarra, son las únicas comunidades autónomas que gravan a los patrimonios de hasta 800.000 euros, mientras que en Álava, Madrid o Vizcaya las cuotas son inexistentes. Por tanto, Cataluña se ha convertido en un verdadero infierno fiscal para empresas y familias, y la situación no deja de agravarse año tras año.

Nos podrán decir que todo responde a una insuficiente financiación proveniente del resto de tributos estatales: IVA, Sociedades, etc., pero la realidad es muy diferente.

Cataluña es una de las regiones españoles que mayor gasto corriente por habitante presenta, de acuerdo con sus presupuestos autonómicos. Así, y de acuerdo con los datos de los presupuestos de 2020, recabados por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, Cataluña presupuestó un gasto corriente (personal, bienes y servicios y transferencias, donde se incluyen ayudas y subvenciones) de 3.862,29 euros, mientras en Andalucía, Aragón o Madrid esta misma cifra ascendió a 3.435,44 euros, 3.672,98 euros y 2.668,67 euros, respectivamente. Pero es que, además, la inversión autonómica presupuestada por habitante en 2020 y en Cataluña, fue la menor de las cuatro comunidades autónomas consideradas: 89,17 euros, frente a los 157,12 euros de Andalucía, los 153,53 euros de Aragón o los 102,4 euros de Madrid.

Si el cálculo se elabora con los datos presupuestarios de otros ejercicios, los resultados son similares o incluso más desfavorables para Cataluña.

Por tanto, y para no seguir aburriendo al lector con una retahíla de datos que, en todo caso, abundan en la misma conclusión, la voracidad fiscal de la comunidad autónoma de Cataluña no la crea la recurrente falta de financiación, tal y como en muchas ocasiones se nos quiere hacer creer, sino en un gasto corriente u ordinario desmedido, que a ningún gobierno regional le ha interesado realmente acotar, y que constituye un auténtico problema de gestión.

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