La renovación del contrato de la basura de Tarragona ha generado un laberinto judicial solo al alcance de las históricas polémicas con el restaurante del Fortí de la Reina y del no parking Jaume I. En el primer caso, una licencia mal gestionada por los técnicos municipales acabó con el derribo del establecimiento en 2009 tras dos décadas de lucha judicial, mientras que el desastre de la Part Alta comportó que una obra que debía costar 3,9 millones al Ayuntamiento finalmente haya endeudado al consistorio en más de 30 sin que el equipamiento haya podido funcionar nunca.
Con la basura llega la tercera pata del particular triángulo de las Bermudas de la Plaça de la Font. Con cinco recursos en los juzgados y una dimensión desconocida todavía por recorrer, la pregunta que está en estos momentos sobre la mesa es: ¿El Ayuntamiento debería adjudicar a la segunda clasificada del concurso si se deniega la demanda que la ganadora expulsada ha presentado contra el acuerdo del pleno municipal que la echaba del proceso?
En un informe jurídico, los técnicos municipales lo tenían muy claro en junio: sí debería adjudicarse. ¿Por qué? La interpretación de los especialistas de la Plaça de la Font se entiende al juntar los dos recursos que, por separado, presentaron ante el tribunal administrativo la segunda clasificada (Urbaser) y la tercera (FCC).
Urbaser solicitó eliminar a Paprec por haber incumplido el pliego de condiciones del concurso, mientras que FCC instaba al tribunal a anular todo el proceso y a reiniciarlo desde el punto de partida, al entender que hubo «irregularidades, múltiples errores y discrecionalidad» por parte de una técnica municipal que, en el pasado, trabajó en su empresa.
El tribunal aceptó la petición de excluir a Paprec realizada por Urbaser, mientras que, paralelamente, rechazó las alegaciones de FCC para reiniciar el concurso. Por ello, sumando las dos resoluciones, los juristas municipales entendieron que, por una parte, debían eliminar del proceso a la primera clasificada –GBI Paprec– esto sí, sin reiniciar el concurso, motivo por el cual la propuesta fue «ejecutar» la resolución del tribunal iniciando los trámites para adjudicar a la segunda clasificada: Urbaser.
Sobre el papel, se trata de una conclusión lógica que, sin embargo, genera dudas entre los especialistas consultados. ¿Por qué? La conclusión municipal podría entenderse si en la resolución del Tribunal Català de Contractes no se hubiera citado, específicamente, que todas las empresas participantes en el concurso –Paprec, Urbaser y FCC– incumplieron requisitos. Una nueva adjudicación, ahora a Urbaser, abriría la puerta a un nuevo recurso que tendría todos los números para ser estimado, de forma que el hámster de la basura seguiría girando sine die sobre la rueda de las demandas judiciales y administrativas.