Empresas ante la nueva conciliación

Una de las novedades es la implementación de permisos parentales de hasta 8 semanas para cuidar a niños mayores de un año

31 julio 2023 10:46 | Actualizado a 02 noviembre 2023 16:37

El pasado 28 de junio, el Gobierno publicó el Real Decreto-Ley 5/2023, que trae consigo una serie de importantes medidas para el cuidado de hijos y familiares enfermos, así como para la conciliación laboral y familiar. Estas nuevas regulaciones, que entraron en vigor el 30 de junio de 2023, buscan mejorar la calidad de vida de los trabajadores y promover una mayor igualdad en el ámbito laboral.

Una de las principales novedades es la implementación de permisos parentales de hasta 8 semanas para el cuidado de niños mayores de un año. Estos permisos permiten a los trabajadores dedicar tiempo a sus hijos hasta que cumplan ocho años, ya sea a tiempo completo o en jornada a tiempo parcial. Aunque aún se encuentran a la espera de desarrollo reglamentario, están vigentes desde su publicación, lo que plantea interrogantes respecto a su remuneración y otras cuestiones que deberán ser aclaradas por el legislador.

Anualmente las personas trabajadoras podrán ausentarse del trabajo, por causas de fuerza mayor, cuando sea necesario por motivos familiares, urgentes. Las horas de ausencia serán retribuidas, con un máximo de 4 días al año.

Una de las novedades es la implementación de permisos parentales de hasta 8 semanas para cuidar a niños mayores de un año

Además, se ha ampliado el derecho a la adaptación de la jornada laboral para aquellos que cuiden a familiares dependientes. Esta flexibilidad en el horario de trabajo se ajustará a las necesidades tanto de los trabajadores como de las empresas, siempre que las adaptaciones sean razonables y proporcionadas.

Otra mejora significativa es la extensión del permiso por reducción de jornada, que inicialmente solo aplicaba al cuidado de hijos menores de 12 años y ahora incluye la protección y atención del cónyuge o pareja de hecho. Esta ampliación brinda mayor cobertura y apoyo a los trabajadores que enfrentan situaciones familiares complejas.

Con el objetivo de adaptarse a la realidad social actual, el legislador ha equiparado legalmente las parejas de hecho a los matrimonios convencionales. Anteriormente, solo los matrimonios estaban protegidos en el Estatuto de los Trabajadores, lo que dejaba un vacío legal para las parejas no casadas, y que por negociación colectiva no habían sido incluidas. Esta equiparación, ahora amparada por el Real Decreto, busca ofrecer igualdad de derechos y oportunidades en el ámbito laboral a todas las relaciones familiares.

Prevención de discriminación

Sin embargo, para las empresas, estas nuevas disposiciones suponen un desafío adicional para mantener su competitividad y productividad. Deberán estar preparadas para atender las solicitudes de sus empleados relacionadas con los permisos, reducciones de jornada y adaptaciones laborales, mientras aseguran el correcto funcionamiento de sus operaciones.

Es esencial destacar que cualquier negativa a conceder estos permisos deberá estar debidamente justificada y negociada, ya que cualquier trato desfavorable en este sentido será considerado discriminación por razón de género. Además, tomar decisiones de despido durante el disfrute de estos permisos laborales será causa directa de nulidad.

Estas medidas representan un paso significativo hacia una mayor conciliación entre la vida laboral y familiar, y sitúan a las empresas en la necesidad de comprender y aplicar adecuadamente el derecho laboral en su totalidad antes de tomar decisiones que afecten a sus trabajadores. La adaptación a esta nueva realidad será esencial para fomentar un entorno laboral más justo y equitativo.

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