La jueza alarga tres meses más la investigación sobre la explosión en Iqoxe de 2020
La magistrada amplía el proceso de instrucción hasta octubre después de que de los Mossos pidieran aclaraciones a un informe pericial sobre el funcionamiento de la planta que explotó
La jueza del Juzgado de Instrucción número 1 de Tarragona, Sofía Beltrán, ha decidido prorrogar tres meses más la fase de instrucción del caso que investiga la explosión del 14 de enero de 2020 en la empresa Iqoxe. El accidente provocó la muerte de un trabajador y de dos vecinos de Torreforta que se encontraban en sus domicilios –a 2,6 kilómetros de distancia– y causó, además, importantes daños materiales en las instalaciones de la compañía ubicada en el polígono químico sur, en el término municipal de La Canonja. Así lo anunció la magistrada a las partes en un auto firmado el pasado 19 de julio, al que ha tenido acceso el Diari, en el que expone que «procede» seguir las indagaciones judiciales previas «al tratarse de una instrucción de gran complejidad», que ya ha comportado la imputación de una decena de personas.
«Se ha desplegado una exhaustiva investigación de los hechos que no ha sido posible concluir dada la extraordinaria dificultad de su objeto», afirma la jueza en el documento firmado de hace 19 días. Asimismo, en el texto de Sofía Beltrán se detalla que otra de las causas que obligan a prorrogar la fase de instrucción es que, recientemente, «se ha incorporado un atestado ampliatorio», así como que se han «cumplimentado las aclaraciones de los informes periciales acordados», por lo que considera que es «necesaria» la finalización de las diligencias en curso «con todas las garantías de contradicción y la práctica de aquellas diligencias que resulten necesarias derivadas de su resultado que afectan a la averiguación de las causas, los posibles responsables, los perjuicios sufridos y demás circunstancias de la explosión en sus diferentes aspectos».
La ampliación del plazo de instrucción, sin embargo, es la mitad de lo máximo permitido por ley, por lo que todo parece indicar que, dos años y medio después del trágico suceso, la primera parte de la investigación podría tener conclusiones preliminares en pocos meses. Sobre ello, la jueza indica en su resolución que el plazo de tres meses –y no de seis como le permitiría la legislación– se ha decidido «atendiendo al tiempo transcurrido desde su inicio y lo avanzado de la instrucción».
Interés policial por los ‘bypass’
En la resolución de la magistrada se cita que, hace poco, se han «cumplimentado las aclaraciones de los informes periciales acordados». En este sentido, la jueza se refiere a una petición que el pasado 18 de marzo realizaron los Mossos d’Esquadra para concretar algunos puntos de un análisis técnico aportado por parte de la empresa titular de la patente del sistema de seguridad usado por Iqoxe en sus plantas.
En concreto, el interés del cuerpo de seguridad se centra en los denominados bypass usados en el sistema productivo, que «permiten reducir las paradas de seguridad para aumentar la productividad», en una actuación que, según el documento aportado por los Mossos a la jueza, «podría poner en grave peligro la seguridad de la fábrica». La Direcció General de Policía añade en su escrito la presencia «habitual» de este sistema, tanto a nivel «informático» como físico «mediante una manguera, tubería o válvula» para «anular la actuación del programa cuando se superan los valores límites», lo que «anula la alarma y permite que el equipo siga funcionando».
A raíz de este extremo, la Unitat d’Investigació Criminal de la Policía de la Generalitat solicitó al autor del peritaje una serie de especificaciones sobre los bypass mediante una batería de cinco preguntas que los Mossos hicieron llegar a la jueza. Estas cuestiones se centraban en si se pueden modificar los registros; los cambios que se pueden realizar en las variables de la bomba; o los casos en los que se justifican los bypass en la operativa inicial de los procesos.
A raíz de esta solicitud, la jueza trasladó el 21 de marzo las cuestiones al perito Jordi Junyent, que respondió solo cinco días después. Entre las argumentaciones del especialista cabe señalar que destaca que el sistema de bypass «está permitido» en «los enclavamientos que evitan poner en operación un proceso hasta el alcance de las condiciones habituales de trabajo». «Por ejemplo, un motor debe funcionar a unas ciertas revoluciones, ni muy altas ni muy bajas. En caso de ser bajas lo seguro es pararlo. Cuando arranca, estas revoluciones son cero, por lo tanto, en el mismo arranque esta condición de parte debería estar deshabilitada o bypasada, sino nunca se podría arrancar», indica el perito en su contestación a los Mossos para explicar la utilidad del uso de los bypass, si bien también recalca «no disponer del conocimiento específico en la fabricación de Iqoxe» durante el día del accidente.