El Ayuntamiento de Vila-seca no será acusación particular en la pieza número 2 de la causa de Iqoxe, la que hace referencia al supuesto vertido al mar de residuos no tratados en la depuradora de la planta por falta de capacidad.
El Consistorio de este municipio del Tarragonès se considera parte perjudicada por estos hechos ya que las playas son un bien de titularidad pública y el Ayuntamiento es el ente público titular del servicio para mantenerlas limpias y los lugares públicos de daño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad.
El pasado 6 de marzo de 2023, el Juzgado de Instrucción número 1 de Tarragona, que lleva la causa de Iqoxe, dictó un auto denegando la petición de que el Ayuntamiento de Vila-seca se personara como acusación particular en esta pieza número 2.
Ante este contratiempo, el Consistorio presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Tarragona. Al mismo se opusieron tanto la representación de la empresa como el fiscal. Este apuntaba que el recurrente no expresaba cuál era el perjuicio concreto sufrido por el Ayuntamiento y que tampoco del contenido de la pieza se adivinaba cuál podía ser.
«No es la misma situación»
El Ayuntamiento, en su escrito, rechaza que se trate de la misma situación por la que fue denegada la petición del Consistorio de Tarragona ya que en este último caso quería ser acusación popular. Recuerda que en los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, el bien jurídico protegido es el medio ambiente, que se concreta en el mantenimiento de las propiedades de suelo, aire y agua en condiciones adecuadas para el desarrollo de la persona, equilibrio de los ecosistemas y en un subtipo agravado la salud de las personas.
La Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona, en su auto, señala que la situación de Vila-seca es análoga a la de Tarragona «puesto que se investigan vertidos que afectan a la costa que comprende ambos términos municipales».
Los magistrados recuerdan que el objeto de la pieza número 2 de la causa es la investigación de hechos que afectan al medio ambiente, «como interés colectivo difuso, protegiendo el delito contra el medio ambiente un interés difuso que no puede ser encarnado por ninguna persona en particular. Se protegen intereses supraindividuales, no ostentando el Ayuntamiento de Vila-seca condición de ofendido por esta infracción objeto de investigación en la presente pieza separada seguida ante el Juzgado de Instrucción número 1 de Tarragona».
Legitimación
Al final del escrito, de 13 páginas, la Audiencia sentencia: «El Ayuntamiento de Vila-seca carece de legitimación para pretender personarse en esta pieza separada como acusador particular. Ni su relación con el bien jurídico protegido por la infracción que está siendo objeto de investigación –como de hecho argumenta también el Ministerio Fiscal– ni, desde luego, su condición de persona jurídica pública le otorgan legitimación para dicho ejercicio».