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Absueltos dos policías de Vila-seca acusados de torturas e intento de asesinato

La sentencia de la Audiencia Provincial exime a los agentes de una paliza que sufrió un trabajador de PortAventura en enero de 2013 a la salida de una fiesta de fin de temporada

08 febrero 2024 17:22 | Actualizado a 09 febrero 2024 07:00
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La pesadilla ha llegado a su fin para tres policías locales de Vila-seca, salvo que en los próximos días se interponga un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC).

El jefe del cuerpo, el subinspector Jacinto López, y dos de sus agentes, han sido absueltos de las acusaciones que se les imputaban desde hace más de una década: torturas, asesinato en grado de tentativa, encubrimiento con abuso de funciones públicas y falsedad de documento oficial.

El juicio celebrado a finales de noviembre de 2023 ya absolvió ‘in voce’ al subinspector y solo quedaba conocer la decisión de los tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial respecto a los dos agentes, a los que se les imputaban los delitos más graves: torturas y asesinato en grado de tentativa.

A principios de este mes de febrero, los tres magistrados redactaron la sentencia a la que ha tenido acceso el Diari y cuyo fallo ratifica la absolución (ya conocida en noviembre) del subinspector de la Policía Local de los delitos de falsedad de documento oficial y encubrimiento con abuso de funciones públicas.

Además, también absuelve a los dos agentes de la Policía Local investigados de los delitos de torturas graves asesinato en grado de tentativa y falsedad en documento oficial. Ello ha evitado que ambos fueran condenados a penas de cárcel que sumaban 20 años cada uno.

La sentencia de la Audiencia desvela algunos de los entresijos que hubo durante el juicio. Por ejemplo, la víctima declaró detrás de un biombo para evitar el contacto visual con los acusados y también refleja ciertas dudas sobre la investigación y la imparcialidad de las partes, quejas que las defensas reclamaron, pero que quedaron desestimadas.

También se puede leer que hubo un agente de la Policía Local de Vila-seca que fue un confidente de los Mossos o que el juez instructor de la causa (antes de llegar a la Audiencia) era abonado de un gimnasio regentado por el confidente y otros agentes de los Mossos d’Esquadra. También se expone una enemistad entre un agente de la Policía Local y su máximo responsable, el subinspector.

Al margen de este preámbulo de la sentencia, los magistrados relatan en los hechos probados lo que ocurrió en la madrugada del 9 de enero de 2013. Los dos agentes acusados estaban en labores de vigilancia cuando se les pidió su presencia en el aparcamiento de la discoteca Pacha de La Pineda.

Los vigilantes de la discoteca habían expulsado a la víctima, que en aquel entonces tenía 41 años. La expulsión del local vino motivada por dos agresiones, una interior y otra exterior, en el que la víctima sería el atacante.

La intención de los agentes era acompañarlo hasta un piso de su hermana en Salou (que usaba mientras trabajaba en el resort de la Costa Daurada), pero la víctima quedó en la frontera entre Vila-seca y Salou y a las pocas horas apareció en el rellano del piso de su hermana durmiendo.

Volvió andando a La Pineda para buscar las llaves (que estarían dentro de su coche estacionado en el aparcamiento de la discoteca) y en el camino pidió una ambulancia al no poder aguantar el dolor.

El vehículo medicalizado trasladó a la víctima al hospital de Santa Tecla de Tarragona ante la gravedad aparente de las heridas. Luego vendrían los 128 días de baja, 14 de ellos ingresado en el hospital. El traslado al hospital de esta persona abrió una investigación que llevó Mossos y a la apertura de diligencias. Los acusados fueron imputados dos años más tarde, en 2015.

La sentencia admite que «no permite establecer como hechos probados (...) dado que en términos de prevalencia surgen dudas razonables que han conllevado a dictar un fallo absolutorio de los hechos».

También señala el escrito de los magistrados que no consta ni que el jefe de la Policía Local ni los agentes implicados hubieran participado en los actos de ocultar los hechos (el primer investigado) o en el de torturas, detención ilegal ni hubieran atentado contra la integridad física o moral del denunciante (los policías).

«El denunciante explicó de forma espontánea lo sucedido, si bien no pudo explicar la situación ni la participación de los acusados porqué según manifiesta no recuerda», exponen los magistrados. Por todo ello, el fallo emitido absuelve a los tres policías de Vila-seca de unas acusaciones que llevaban 10 años pendientes de juicio por aplazamientos ajenos a los acusados.

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