El Servei Català de Trànsit impulsa un modelo de ordenanza de regulación común de los patinetes eléctricos en pueblos y ciudades con el objetivo de homogeneizar las normativas municipales de Catalunya sobre estos elementos que tanto han proliferado en los últimos años en la movilidad urbana.
Se trata de un redactado básico, a modo de ordenanza tipo para guiar y facilitar en los municipios la inclusión de la regulación de los vehículos de movilidad personal (VMP) en sus ordenanzas de movilidad (u ordenanzas de circulación) y a la vez simplificar y clarificar la información sobre los derechos y deberes de los usuarios de los patinetes eléctricos. El objetivo también es promover una movilidad urbana más segura para todos los colectivos, una mejor convivencia entre los diferentes modos de transporte y protección de los más vulnerables como los peatones.
El director del Servei Català de Trànsit, Ramon Lamiel, remarca que “este dosier técnico es una ordenanza de ordenanzas, una herramienta para ordenar la movilidad de estos vehículos, la siniestralidad de los cuales hemos visto que se ha incrementado notablemente los últimos años”. “Hemos hecho también un análisis de la normativa y hemos detectado que hay mucha confusión; con este dosier ofrecemos a los municipios criterio, opinión y autoridad”, subraya Lamiel. El titular de Tráfico explica también que en el documento “damos una guía en los municipios para hacer una ordenanza y facilitamos, de hecho, una ordenanza tipo que los servirá de base”.
El documento, que se incluye en el 29è Dossier tècnic del Servei Català de Trànsit sobre Recomanacions per a la circulació segura dels vehicles de mobilitat personal, hace recomendaciones a las entidades locales sobre aspectos aún no legislados en la circulación de patinetes eléctricos como la edad mínima para circular con patinete eléctrico a los 16 años, el uso obligatorio del casco y la contratación de un seguro de responsabilidad civil por parte de los usuarios de patinetes eléctricos.
La ordenanza también clarifica los espacios de circulación del vehículos de movilidad personal en zona urbana para minimizar el conflicto vial de los patinetes eléctricos con otros usuarios de la vía pública. En este sentido, de forma genérica no se permite la circulación de VMP en aceras, ramblas o paseos; se recomienda no transitar en espacios de uso preferente de peatones y respetar el itinerario accesible para las personas que van a pie, y también se especifican las zonas de circulación prioritaria como vías ciclable y zonas 30 km/h. En las calles con una limitación a 50 km/h se recomienda evitar circular con VMP y se recuerda la prohibición de transitar por travesías y vías interurbanas.
Estos criterios de circulación de los patinetes eléctricos que desde el Servei Català de Trànsit se ponen a disposición de los municipios con esta ordenanza modelo han sido establecidos y cimientos con parámetros de seguridad vial y de protección de los usuarios de estos vehículos y los colectivos vulnerables para evitar víctimas mortales y lesiones graves en caso de accidente.
Por otro lado, en el documento también se recuerda que los conductores de vehículos de movilidad personal pueden incurrir en conductas sancionables, como por ejemplo: uso del teléfono móvil o de auriculares, no someterse a la prueba de alcohol o drogas, circular por aceras o zonas de peatones o circular con un acompañante.