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Amnistiados Homs y Florensa del delito de malversación

La jueza se desmarca del Supremo y aplica el borrado de delitos al exconseller y al exsecretario de Exteriores de la UE, natural de Valls, en la causa por los gastos de promoción del Procés

19 julio 2024 20:49 | Actualizado a 19 julio 2024 20:51
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Una jueza ha amnistiado al exconseller Francesc Homs y al exsecretario de Asuntos Exteriores y de la UE Senén Florensa, natural de Valls, en la causa abierta por los gastos en la promoción exterior del Procés, en una resolución en la que se desmarca del Tribunal Supremo (TS) al sostener que las directivas europeas en vigor no impiden perdonar el delito de malversación.

La titular del juzgado de instrucción número 18 de Barcelona, Carmen García, amnistía al exconseller Homs porque los gastos que autorizó como secretario general de Presidència entre 2011 y 2012 no supusieron enriquecimiento personal ni afectaron a fondos europeos, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía. Con el mismo argumento amnistía también al otro investigado, el entonces secretario de Asuntos Exteriores y de la UE Senén Florensa.

El Tribunal de Cuentas denunció ante la justicia a los dos excargos del Govern por aprobar entre 2011 y 2012 gastos para el desplazamiento y alojamiento en Barcelona de asistentes a un encuentro mundial de comunidades catalanas en el exterior (35.700 euros), por un asesoramiento jurídico para un proyecto de dinamización internacional (14.520 euros) y por unas subvenciones a la Fundación CatDem (con 7.400 euros) para traducir material de difusión de su actividad.

La jueza considera que los hechos son amnistiables porque se incluyen en la promoción del Procés y porque no hubo enriquecimiento personal en la malversación, ya que los gastos se destinaron a sufragar viajes y actividades de terceros vinculadas a la promoción de la independencia de Catalunya a través de organizaciones catalanas que operaban internacionalmente.

Argumentario inverso

Descarta que el caso quede excluido de la ley de amnistía por afectar a fondos de la UE ya que, a su parecer, ni de la instrucción, ya finalizada, ni del informe del Tribunal de Cuentas se desprende que el desvío de fondos perjudicara a las finanzas comunitarias. La jueza subraya que para determinar si se afectaron hay que remitirse a la transposición de la directiva europea 2017/1371, que es posterior a los hechos investigados y que, en relación a la malversación, se limitó a ampliar el concepto de funcionario público en el Código Penal. Por este motivo, al ser esta normativa posterior a los hechos, y también porque no se ha detectado ninguna «mínima acreditación» de que los gastos afectaran o proviniesen de fondos o ayudas europeas, la jueza acuerda aplicar la amnistía a los dos investigados.

Según la jueza, la directiva europea en vigor, la 2017/1371, no comportó una modificación del Código Penal en España para incluir en el delito de malversación el desvío de subvenciones o ayudas comunitarias, de manera que solo alude a los fondos de las administraciones públicas del Estado.

En su auto para denegar la amnistía por el delito de malversación a la cúpula del Procés, el TS se remitió, entre otros, a la propuesta de directiva del Parlamento Europeo que modifica la esgrimida en esta resolución por la juez, la 2017/1371. El TS blandió esta propuesta de directiva, que todavía no ha entrado en vigor, como un ejemplo de la relevancia que Europa atribuye a la malversación de caudales públicos y la contrapuso con la pretensión del legislador español de «trivializar o relativizar» este delito, «acordando la extinción de la responsabilidad criminal de quienes resultaron condenados».

La Fiscalía Anticorrupción, por otra parte, ha apoyado la amnistía para los investigados en la pieza inicial del caso Volhov sobre la supuesta trama rusa del Procés, a la espera de que su homóloga del Supremo se pronuncie acerca de la que afecta a los expresidents Carles Puigdemont y Artur Mas, entre otros encausados.

La magistrada descarta el enriquecimiento personal y la afectación a fondos de la UE

Poco más de tres años después de su salida del centro penitenciario de Lledoners, en Sant Joan de Vilatorrada, Josep Rull volvió a pisar ayer la cárcel, pero esta vez como presidente del Parlament, en un acto con el que certificó su «restitución». Condenado a 10 años y medio por sedición por el 1-O, Josep Rull estuvo tres años y medio encarcelado, dos y medio de ellos en Lledoners, y salió libre el 23 de junio de 2021 gracias al indulto. «Hoy no he vuelto como preso político, hoy he vuelto como presidente del Parlament de Catalunya. Esto tiene una fuerza simbólica excepcional», dijo acompañado de la consellera de Justícia en funciones, Gemma Ubasart, y otros cargos.

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