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Voces de Tarragona analizan el ‘caso Dani Alves’: «El sistema judicial es hostil para las víctimas»

Personas expertas en derecho y victimología reflexionan sobre la absolución al exfutbolista brasileño, acusado de violación y condenado en primera instancia, y expresan que es crucial que las denunciantes conozcan la realidad del proceso

16 abril 2025 18:04 | Actualizado a 17 abril 2025 07:00
Se lee en 5 minutos
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El reciente fallo del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que revoca la condena al exfutbolista Dani Alves por agresión sexual ha reabierto el debate sobre los márgenes de actuación de la justicia penal en los casos de violencia sexual. El Diari ha contactado con personas expertas en derecho penal y victimología, que coinciden en que la sentencia no sienta un precedente nuevo, pero sí que ilustra con crudeza la dificultad probatoria en estos procesos.

Todas coinciden en que es necesario preparar e informar más a las víctimas para que sepan a lo que se enfrentan y qué se van a encontrar cuando inician un procedimiento de este tipo: «Tienen que entender muy bien cuáles son las normas del juego, deben estar muy bien preparadas y muy bien asesoradas y, sobre todo, no tienen que hacer depender su recuperación psicológica de que exista una condena», manifiesta Patricia Hernández, profesora en la Universitat Oberta de Catalunya, doctora en Derecho, criminóloga y especialista en victimología.

«Hay que preparar a las víctimas para que sepan lo que se van a encontrar en un proceso judicial», Patricia Hernández, profesora en la UOC, doctora en Derecho, criminóloga y especialista en victimología

La presunción de inocencia

Lo que Hernández subraya es que «de las normas del juego en el proceso penal, la más importante es justamente la presunción de inocencia, que significa que la carga de la prueba siempre corresponde a la parte que denuncia, ya que el denunciado es inocente hasta que se demuestre lo contrario».

«¿Qué pasa? Que en este tipo de casos, en los que los hechos suceden en un contexto de intimidad, sin testigos, lo que suele pasar es que las versiones son totalmente contradictorias», comenta. Pilar Casas, abogada especializada en violencia contra la mujer, coincide en que «en estos casos no suele haber testigos. Solo si ocurre en la calle y por casualidad pasa alguien, pero es poco probable».

«Hay que preguntarse si las formas para enfrentarnos a un sistema judicial del siglo XIX se adecuan a las necesidades», Xavier Capilla, profesor de Dret Penal en la URV y abogado

Hernández puntualiza que la presunción de inocencia es un principio básico del sistema judicial: «Ante cualquier mínima duda de que lo que se explica que pasó no fue como se dice que pasó o realmente no se puede probar con otros indicios objetivos periféricos, se tiene que aplicar el principio de in dubio pro reo, que supone que, en caso de duda, hay que absolver».

En esta línea, mantiene que «una cosa es la verdad y otra cosa es la verdad judicial, que muchas veces no coinciden, y a la víctima le duele». Por eso, añade que, desde el punto de vista victimológico, «hay que prepararlas para lo que pueden encontrarse en un proceso judicial, porque las expectativas que pueden tener como víctimas son unas, pero la realidad procesal penal puede que resulte totalmente contraria a la que esperaban».

«Esta sentencia puede provocar que muchas otras mujeres no denuncien», Pilar Casas, abogada especializada en violencia contra la mujer

«Cuando una persona denuncia, se le tiene que explicar que la van a interrogar y que puede ser que en sus declaraciones se confunda o se quede en blanco; para el proceso penal, la víctima es un medio probatorio en sí misma», añade. Laura Recasens, presidenta y fundadora de la asociación Heroïnes Anònimes, manifiesta que «no solo hay una falta de apoyo, sino una exposición emocional brutal para la víctima. La justicia no está sabiendo gestionar estos procesos. Y esto va más allá del caso Alves».

«A las mujeres se les dice ‘denuncia’, pero no se les explica el calvario judicial al que se enfrentarán... Y depende mucho del o la profesional que te toque: si están o no formados en violencia machista, si te acompañan de forma empática, si cumplen con la diligencia debida... Y, muchas veces, eso no ocurre», añade Recasens.

«La justicia no está sabiendo gestionar estos procesos. Y va más allá del caso Alves», Laura Recasens, presidenta y fundadora de la asociación Heroïnes Anònimes

Hernández lanza una reflexión: «Aunque en los últimos años existe una creciente sensibilidad para que no se revictimice a las personas denunciantes, la realidad es que el sistema de justicia penal sigue siendo un lugar hostil para las víctimas, a las que se usa como un mero instrumento probatorio; el tribunal y los abogados de los acusados las van a utilizar y las van a ‘exprimir’ hasta tener la información necesaria para poder fundamentar una condena o justificar una absolución».

Esto significa que, tal y como comenta Hernández, «los abogados de las defensas van a agarrarse a cualquier duda que pueda generar el relato de la víctima, porque las reglas del juego determinan que hay que absolver al acusado cuando no hay suficiente prueba de lo que se denuncia». Recasens expone que «a nadie le extrañaría que una persona que ha sufrido un accidente de coche no repita exactamente las mismas palabras cada vez que lo relata. ¿Por qué se le exige eso a una víctima de agresión sexual? La reacción emocional, el shock, el nerviosismo... todo eso afecta».

«El sistema de justicia penal sigue siendo un lugar hostil para las víctimas», Patricia Hernández, profesora en la UOC, doctora en Derecho, criminóloga y especialista en victimología

Llegados a este punto, Xavier Capilla, profesor de Dret Penal en la Universitat Rovira i Virgili (URV) y abogado, se hace la siguiente pregunta: «¿Qué asistencia hay para las víctimas? ¿Qué preparación reciben realmente? Como abogados, podemos estar en algunas sesiones, en algunas reuniones, hacer cierto acompañamiento, pero no podemos hacerlo todo. ¿Qué apoyo se da a nivel institucional?». El docente analiza que «hay que preguntarse si las formas para enfrentarnos a un sistema judicial con un procedimiento del siglo XIX se adecuan a las necesidades de las víctimas».

El caso Alves

«Yo creo que este caso no marca un antes y un después en este tipo de delitos», argumenta Hernández, quien indica que «intuitivamente, todos podemos pensar que sucedieron cosas que no tuvieron que pasar, pero eso hay que demostrarlo».

«Esta resolución del TSJC no está innovando en nada», Xavier Capilla, profesor de Dret Penal en la URV y abogado

Capilla se muestra en la misma línea: «En principio, esta resolución del TSJC no está innovando en nada, no está estableciendo alguna pauta de interpretación que previamente no se hubiese dado. Es una situación que sucede con frecuencia». De hecho, pone de manifiesto que la sentencia «pone más el foco en los problemas de las personas que acompañan a la víctima, los abogados también». «Nos están recordando que aquí debe construirse un relato con base en una serie de evidencias».

No está de acuerdo Casas: «Esta sentencia me parece profundamente preocupante. Es un retroceso enorme en la protección de los derechos de las víctimas de abusos, agresiones y violaciones. Básicamente, se está diciendo que ella no ha podido probar que fue violada, a pesar de las múltiples versiones contradictorias que dio el acusado, a pesar de los testimonios de las personas de seguridad, de las amigas y de toda la prueba periférica que había en este caso».

«Esta sentencia me parece profundamente preocupante», Pilar Casas, abogada especializada en violencia contra la mujer

«Si una persona con este nivel de prueba no ha podido demostrar la existencia de una agresión, ¿cómo se podrá demostrar en otros casos? ¿Qué tipo de prueba puede aportar una víctima en una situación tan íntima, tan privada, donde normalmente solo están ella y su agresor?», se pregunta. En el mismo sentido, Recasens pone sobre la mesa que «estamos hablando de un precedente sistémico».

Hernández comenta que «no es que en estos casos no se escuche a la víctima, sino que las normas del juego se aplican en todos los casos, y no es posible desvirtuar principios constitucionales y que están recogidos por el derecho europeo». La profesora de la UOC puntualiza que «estos casos siempre han generado problemas porque las versiones casi nunca coinciden y el tribunal tiene que acudir a otros elementos probatorios para saber si la versión de la persona denunciante es factible y coherente y, en este caso, ha habido incongruencias».

«Este caso lo que hace es que las mujeres tengan aún más miedo de denunciar», Laura Recasens, presidenta y fundadora de la asociación Heroïnes Anònimes

¿Consecuencias?

Casas denuncia que «esta sentencia coloca a las mujeres en una situación de indefensión absoluta. ¿Y qué puede generar esto? Que muchas otras que se encuentren en situaciones similares decidan no hacer nada. Porque sí, mucho ‘yo te creo’, ‘yo te creo’, pero, al final, llegamos a un sistema judicial retrógrado, con ideas machistas y patriarcales que, amparándose en la defensa del derecho a la presunción de inocencia, pisotea el resto de derechos».

La opinión de Recasens es que «este caso lo que hace es que las mujeres tengan aún más miedo de denunciar ya que, si en un suceso tan mediático, con todas las pruebas y recursos posibles, no se consigue una condena... ¿Qué puede esperar una mujer en su día a día, que vive una situación de violencia con muchísimas más dificultades, sin recursos económicos, con un abogado de oficio?».

«Que digan que hay que enseñar a cómo declarar me parece un absurdo», Pilar Casas, abogada especializada en violencia contra la mujer

«Esto es una situación de vulnerabilidad brutal para las mujeres. Que digan que hay que enseñar a cómo declarar me parece un absurdo. Eso vuelve a revictimizar a la víctima. ¿Cómo se le va a decir cómo tiene que declarar? Tiene que contar lo que ha pasado, tal y como le ha pasado», añade Casas, quien de paso comenta que «no sorprende» que se dé una situación como esta.

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