El Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobaba el pasado viernes el anteproyecto de ley de protección animal, la primera norma a nivel estatal que se encargará de regular los derechos de los animales con el objetivo de garantizar su bienestar.
Aunque se trata de un anteproyecto de ley, que todavía deberá pasar por el Congreso de los Diputados y el Senado y estará -por lo tanto- sometido a posibles cambios, ya han trascendido algunas de las medidas clave del proyecto, como la prohibición de la comercialización de animales en tiendas de mascotas, la obligatoriedad de hacer un curso para poder adoptar o adquirir una mascota o la inhabilitación para la tenencia y para las actividades relacionadas con los animales si se produce una infracción grave.
La aprobación de una nueva ley que garantice el bienestar de los animales ha sido bien recibida por las protectoras, aunque con escepticismo sobre algunas aspectos, como de qué manera se aplicará esta ley o las dudas que genera el hecho de obligar a la gente a hacer un curso para poder adoptar una mascota.
Desde L’Última Llar, Roman explica que «nosotros, como protectora de animales que somos, estamos a favor de leyes que sirvan para mejorar, pero el gran problema es saber quién controlará que se cumpla. Ya tenemos normas, por ejemplo a nivel municipal, que no se cumplen porque no se controla lo suficiente». Roman pone el ejemplo del curso para tener una mascota. «¿Quién tendrá que hacerlo? ¿Cuánto costará?, ¿Cuánto durará?. Tal vez no afecte tanto en el abandono de perros, pero sí en que quien tenga que adoptar un perro se lo piense», explica este responsable de L’Última Llar, quien añade que «la clave estará en ver cómo se desarrolla y, sobre todo, cómo se aplica y si se podrá aplicar esta nueva ley».
Sobre el tema del curso, Miriam, de la Societat Protectora d’Animals Catalunya de Torredembarra, añade que «me parece bien, siempre que sea gratuito, porque sino acabará siendo un simple ‘saca dinero’ que perjudicará a las adopciones. Y si se obligar a hacerlo a quien ya tenga perro, también puede ser que se produzcan más abandonos». En esta protectora de animales, cuando se inicia un proceso de adopción, «ya intentamos asegurarnos de que el perro es adoptado por la persona idónea. Primero hacemos un cuestionario para valorar si es buen adoptante y encaja con el perro y después tenemos una entrevista en persona con el adoptante para que conozca al animal».
Un avance, pero insuficiente
Desde el Servicio de Orientación Jurídica Animalista (SOJA) de la comisión para la Protección de los Derechos de los Animales del Col·legi d’Advocats de Reus, su secretaria, Montserrat Tutusaus, valora positivamente que «por primera vez haya una ley a nivel estatal que regule los derechos de los animales. Está bien, es un adelanto, aunque es insuficiente». Esta abogada pone algunos ejemplos: «No me parece bien que la tauromaquia siga siendo intocable, cuando es un sacrificio animal. Lo que pasa es que detrás hay un lobby muy potente que la respalda», comenta Montserrat Tutusaus, quien también echa de menos «educar a los niños, desde bien pequeños, cómo hay que tratar a los animales, para que no los vean como un simple juguete. Sería interesante que existiese una asignatura en los colegios en la que se impartiesen estos valores». Respecto al curso para poder tener una mascota, Tutusaus lo ve bien «porque hay gente que no es consciente de lo que significa tener un animal».
Estas son algunas de las medidas clave del anteproyecto, que todavía deberá pasar por el Congreso y por el Senado y estará, por tanto, sometida a posibles cambios:
1 Animales de compañía
El texto se centra en los animales de compañía, para los cuales prevé crear un listado positivo en el que se incluirán aquellos animales que cumplan una serie de requisitos, como que sean «fáciles de mantener en cautividad» o que sus alojamientos «reúnan las condiciones para que puedan desarrollar adecuadamente sus necesidades fisiológicas, etológicas y ecológicas básicas».
2 Armonización de regulación
La ley sería la primera en España en proteger los derechos de los animales, y armonizará las diversas iniciativas que se han llevado a cabo desde las comunidades autónomas.
3 Venta de animales
Se prohibe la comercialización de animales en tiendas de mascotas, donde tampoco se podrán exponer al público, y se limita la venta a los criadores profesionales autorizados para la cría; mientras que la cesión de animales entre particulares deberá ser «en todo caso, gratuita y quedar reflejada por contrato»
4 Curso para tener mascota
Quienes deseen adoptar o adquirir un animal de compañía, deberán cursar primero una formación en tenencia responsable reglamentada que eduque al potencial dueño en la convivencia que garantice el bienestar del animal.
5 Multas
El texto fija diferentes sanciones en caso de infracciones: para las leves, la multa podrá ser de entre 500 y 10.000 euros; para las graves, entre 10.001 y 50.000 euros; y, para las muy graves, entre 50.001 y 200.000 euros.
6 Inhabilitación
Las personas que vulneren las medidas contempladas en la ley podrán además ser inhabilitados para la tenencia y para las actividades relacionadas con animales (cría, comercialización, asistencia veterinaria, etc) entre cinco y diez años, si la infracción es muy grave.
7 Fin a la exhibición
Se prohibe la exhibición de animales para fines comerciales, así como su participación de animales en cabalgatas, belenes y procesiones; mientras que se regula su aparición en romerías y ferias y se impone la asistencia en los concursos de, al menos, una persona licenciada o con grado en veterinaria y una persona con titulación de auxiliar veterinario para atender al animal.
8 Colonias felinas
Se reconocen los gatos comunitarios en ciudades y pueblos como colonias felinas que deberán gestionarse de manera ética, responsabilidad que recae sobre los ayuntamientos, si bien las comunidades autónomas deberán establecer protocolos marco.
9 Sacrificio
Queda absolutamente prohibido el sacrificio de animales de compañía -quedan excluidos, por tanto, los de explotación ganadera-, salvo la eutanasia «justificada bajo criterio y control veterinario con el fin único de evitar su sufrimiento».
10 Espectáculos taurinos
La tauromaquia, al estar protegida a nivel constitucional como patrimonio cultural, no se regula en esta ley.