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La jueza: «Iqoxe habría vertido aguas residuales al mar sin depurar»

El Juzgado de Instrucción número 1 de Tarragona cierra la investigación de la pieza separada de la depuradora y envía a juicio a cinco directivos y a la empresa como «persona jurídica»

04 abril 2024 20:19 | Actualizado a 05 abril 2024 07:00
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Vertidos directos al mar, un sistema para diluir las aguas residuales y alteración de las analíticas. Es lo que cree la jueza instructora que hacía Iqoxe ante la falta de capacidad de la estación depuradora de aguas residuales. Y ello después de entrar en funcionamiento un nuevo reactor, que aumentaba la capacidad de producción de producto pero sin incrementar la capacidad de la depuradora.

Así consta en el auto de 33 páginas al que ha tenido acceso el Diari. Se trata de la pieza separada número 2 de la causa abierta a raíz de la explosión en la planta, ocurrida el 14 de enero de 2020. La juez ha cerrado la instrucción y considera que la causa tiene que llegar a juicio. Y que en el banquillo de acusados, además de la empresa, tienen que sentarse cinco directivos.

Pieza separada

El 17 de julio de 2020 se abrió la pieza separada 2 para investigar si los residuos que se generaban tras el aumento significativo de la capacidad de producción de la planta desde que fue adquirida por Iqoxe en 2014 no permitían su total depuración a través de la EDAR, existiendo indicios de que los mismos se pudieran haber vertido directamente al mar.

Unos hechos que se concentrarían por la noche o los fines de semana, y que serían tratados con productos desespumantes, para que no pudieran ser percibidos. Asimismo, de la investigación resulta provisionalmente «que se pusieron en marcha sistemas para enmascarar el nivel de contaminante de las aguas por medio de la dilución de aguas, así como de manipulación y alteración de las analíticas para aparentar el cumplimiento de los valores límite de emisión de las aguas residuales».

Los hechos investigados comprenden el periodo entre el 2017 y el día de la explosión, el 14 de enero de 2020. Se habrían producido principalmente a raíz de la puesta en marcha de las plantas U-3100 y U-3200.

Aumento de producción

La dirección de Iqoxe, asegura el auto, a partir de 2015 implantó una política empresarial de aumento de la producción. El reactor U-3200 estuvo funcionando a partir de febrero de 2019 hasta la fecha de la explosión, «sin tener concedida licencia municipal de primera ocupación».

Precisamente, desde la puesta en marcha de este reactor, la Agència Catalana de l’Aigua (ACA) realizó diversas inspecciones en las instalaciones de la empresa como consecuencia de denuncias de la Autoritat Portuària, al observar la presencia de espumas que procedían de la salida del canal de refrigeración.

La instructora considera que la industria falsificó los resultados de las analíticas

En algunas de dichas comprobaciones, el inspector sí que las detectó: el 14 de febrero en el canal de agua refrigerada y el 20 en las aguas del puerto y también restos a la salida del canal de agua de refrigeración, en la vegetación y en una viga del canal. Durante otra inspección realizada el día 22, en presencia del jefe de los Servicios Generales, no se observó espumas y el representante de la empresa manifestó no tener constancia de ningún episodio y que la zona estaba controlada por un sistema de cámaras.

El informe del acta de inspección, en el apartado de observaciones, se indicaba que en la zona final del canal, dentro de las instalaciones de la empresa, había un sistema de aspersión para poner antiespumante en el agua del canal que retorna al mar. El ACA abrió diversos expedientes sancionadores.

Sin capacidad suficiente

La unidad biológica de la EDAR no tenía capacidad suficiente para depurar los residuos. Fue construida en 1995 y no fue ampliada tras la puesta en funcionamiento de las nuevas líneas de producción. «De ello sería consciente la dirección de la empresa».

Según un documento creado en 2015 por José Luis Morlanes, modificado en 2017, recoge estos antecedentes: «La autorización ambiental de Iqoxe establece unos límites de vertido en los parámetros de las aguas residuales a la salida del tratamiento biológico (EDAR). Actualmente, el principal parámetro crítico es la cantidad de materia orgánica presente en las aguas de vertido, así como el fósforo inorgánico procedente de los lavados de filtros y plantas de DRV. El aumento de la producción de polioles en los últimos años y la variabilidad de los productos generados en DRV, junto con la baja biodegradabilidad de su materia orgánica, comportan que el rendimiento de la EDAR sea muy bajo y la planta depuradora trabaje por encima de sus capacidades. La dilución de las aguas de salida mediante el agua de rechazo de la osmosis no es suficiente para garantizar el cumplimiento de los límites de vertido».

Se fue incrementando
la producción sin aumentar la capacidad de la depuradora

Ante esta situación, recalca el auto, el equipo directivo de la empresa se habría concertado para poner en marcha diferentes medidas para que la fábrica siguiera en funcionamiento y con un creciente ritmo de producción, a pesar de la falta de capacidad de la depuradora.

Ocultación de analíticas

Se habrían ocultado los resultados analíticos de los valores límite de emisión, «por sistema de dilución del agua residual o alteración de analíticas, y se habrían realizado vertidos directos al mar por medio de un bypass en la EDAR y su desvío al canal de refrigeración». De forma continuada se efectuaba la dilución del vertido con agua procedente de la ósmosis y, posteriormente y de forma habitual, con agua procedente del servicio contraincendios.

Con el empleo de nuevas materias por la puesta en marcha del reactor U-3100 en 2017, el residuo tenía demasiada carga y el reactor biológico no podía asumirlo, puesto que la EDAR estaba diseñada para depurar productos orgánicos y cuando se introducían jabones no los trataba adecuadamente. Estos residuos, presuntamente, eran mezclados con agua limpia a fin de diluir el producto, lo cual serviría asimismo para mejorar los valores límite cuando pasaban las inspecciones del ACA.

El 2019 se habría colocado en un tanque una chapa para que, cuando se realizaban las inspecciones del ACA y se recogieran muestras, la chapa hiciera de sistema de contención de las aguas sucias y la muestra se cogiera en la zona donde estaba el agua limpia de disolución.

Directo al mar

Conforme fue siendo más insuficiente la EDAR, «se habría puesto en marcha el sistema de vertido directo de aguas al mar cuando no podían depurarse los residuos». Ello habría ocurrido entre finales de 2016 o principios de 2017. Estos vertidos podían provocar episodios de espumas, que se evitaban normalmente con la aplicación de un producto denominado Aquamax, que es tóxico para los organismos acuáticos y que se debe aplicarse siguiendo una dosificación específica y en ningún caso debe liberarse al medio, según marca su ficha de seguridad.

También habrían echado productos nocivos para que no se viera la espuma vertida

Puede ser mortal para las personas en caso de ingestión y penetración en las vías respiratorias. En 2016 la empresa compró 2.880 kilos, 13.040 en 2017, 13.000 en 2018 y 9.000 en 2019. Ello coincide, dice la jueza, con la puesta en marcha de la U-3100, en 2017, cuando se incrementa en más de un 300% la compra de desespumante.

Asimismo, se habría utilizado en menor medida un producto desespumante denominado Nalco Water 71102, de menor toxicidad, pero que puede ser nocivo para los organismos acuáticos con efectos nocivos duraderos. En 2016 se adquirieron 1.920 kilos, 2.000 en 2017, 6.500 en 2018 y 6.000 en 2019.

No permitidos

Los vertidos directos al mar no estarían permitidos ni controlados por la Administración, dado que Iqoxe no tenía autorización para hacerlo, ni tampoco para echar ningún producto químico por este canal ya que está considerado de refrigeración.

Para la jueza, el delito que se le podría imputar es contra el medio ambiente y los recursos naturales, concretamente en el tipo delictivo básico, puesto que se trataría de una conducta de vertidos continuada con perjuicio grave para el medio natural, castigada con una pena de prisión de dos a cinco años, multa de ocho a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años.

Sin embargo, se podría incrementar si se considera que la industria o actividad funcione clandestinamente, sin haber obtenido la preceptiva autorización o aprobación administrativa de sus instalaciones, haya falseado u ocultado información sobre los aspectos ambientales de la misma o haya obstaculizado la actividad inspectora de la Administración.

Los cinco investigados

La juez cree que hay indicidios para llevar a juicio a cinco personas en calidad de investigados, además de a Iqoxe:

Iqoxe. Junto con Morlanes y Rodríguez se desprende que se estaría ante una conducta organizada y continuada de empresa, para la que era necesaria la participación de sus máximos responsables y de la que resultaba beneficiada de modo principal la empresa Iqoxe, puesto que se utilizaría un sistema de depuración de aguas residuales insuficiente, sin realizar las inversiones necesarias para su adecuado funcionamiento, en un contexto de aumento de la producción, con el consiguiente incremento de beneficios económicos para la empresa y sus accionistas. La empresa Iqoxe puede resultar responsable por cuanto que el tipo de delito contra el medio ambiente, contempla la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

José Luis Morlanes Galindo.Era el CEO de la empresa y accionista de la misma. Era quien la dirigía y marcaría la estrategia a seguir en su gestión y objetivos.

Juan Manuel Rodríguez Prats. Era el máximo directivo de la empresa, subordinado de Mornales, quien aplicaría las estrategias empresariales con participación activa en la organización del sistema de vertidos.

Gerard Adrio Menéndez. Era el directivo responsable del Departamento de Servicios Generales, jefe de Seguridad, Medio Ambiente, Prevención de Riesgos Laborales y Calidad, y formaba parte del equipo directivo de la planta. Por el puesto que ocupaba cumplía labores de dirección sobre el tratamiento de residuos y era la persona que intervenía como responsable de la empresa, tanto en las inspecciones de la Agència Catalana de l’Aigua y de otros organismos de control, apareciendo de forma indiciaria su participación activa en los hechos.

Manuel Montoro Muñoz. Fue citado como uno de los responsables del laboratorio de Iqoxe, al aparecer provisionalmente implicado en la modificación del resultado de las analíticas en el sistema LIMS. Se aprecia indiciariamente su papel relevante dentro de la dinámica organizada de los vertidos de aguas residuales en lo relativo a los resultados de las analíticas, en su condición de responsable de laboratorio, singularmente en la materialización de datos presuntamente ficticios en el ‘PTM Salida Emisario’, lo cual aparecía como necesario para que no se detectara por terceros en general, y por los organismos de control en particular, ante la falta de capacidad de la EDAR para depurar los vertidos.

César Sanz Álvarez. Era el responsable de tecnología y del laboratorio, en cuyo ámbito se desarrollaría la organización de los sistemas de ocultación de vertidos y datos de analíticas. Habría participado de forma activa en la organización del sistema de vertidos. El 26 de noviembre de 2015 habría redactado un informe en el que se propondrían estrategias para enviar aguas contaminadas de unos tanques a otros, cuyo objetivo sería el vaciado posterior de forma lenta. Por su puesto, formaría parte activa del equipo de dirección de todas las estrategias desplegadas por Iqoxe. Asimismo, habría impulsado la puesta en marcha del punto de medición ‘PTM Salida Emisario’, donde se enmascararían los resultados de las analíticas.

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