Dos años es la pena de prisión que la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona ha impuesto a un hombre por haber violado a su expareja en un municipio del interior del Baix Penedès.
En el acuerdo de conformidad entre el fiscal y la defensa se ha tenido en cuenta la atenuante embriaguez y de reparación del daño, ya que el procesado ingresó 4.650 euros en la cuenta del Juzgado, que es el importe que la víctima reclamaba: 4.500 en concepto de daños morales y 150 por las lesiones.
El acusado y la víctima habían mantenido una relación sentimental. En la madrugada del 18 de agosto de 2019, tras haber ingerido él bebidas alcohólicas y discutido por la mujer en una discoteca de Coma-ruga, se personó en el domicilio de la misma.
Una vez en el interior, y después de una nueva discusión, y sin que mediase consentimiento, se abalanzó sobre la víctima, la tiró sobre la cama, le quitó la ropa y la violó.
La sentencia recoge que en el momento de los hechos, el procesado se encontraba bajo los efectos del consumo de bebidas alcohólicas que afectaban a sus capacidades volitivas y cognitivas.
Además de la pena de prisión, la sentencia fija que durante cuatro años el encausado no podrá comunicarse ni acercarse a menos de 500 metros de la víctima. Asimismo, se le impone la medida de libertad vigilada por un periodo de cinco años.
Y durante siete años está inhabilitado para cualquier profesión, oficio o actividades, sean retribuidos o no, que conlleven contacto regular con menores de edad.