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Diez años de prisión por matar a su padre en El Catllar

Lo mató a golpes porque la víctima pegaba a sus perros, según confesó a los mossos d’esquadra poco antes de que lo detuvieran. El fiscal pedía 19 años de cárcel

08 abril 2025 09:33 | Actualizado a 08 abril 2025 09:40
Se lee en 2 minutos
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El hombre que en 2023 mató a su padre en la casa de compartían en una urbanización de El Catllar ha sido condenado a diez años de prisión y a otros diez de libertad vigilada como autor de un delito de asesinato, con la eximente incompleta por alteración psíquica, drogadicción y alcoholemia.

Así lo recoge la sentencia emitida por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona tras el veredicto de culpabilidad del jurado popular. La Fiscalía pedía 19 años de cárcel y la defensa, la absolución. Esta ha apuntado al Diari que presentará recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.

El acusado, de nacionalidad alemana, tenía 47 años cuando ocurrieron los hechos. Estos se produjeron el 15 de julio de 2023 en el domicilio en el que vivía con su padre –de 81 años–, en la urbanización Mas Villet dels Pins, en el término municipal de El Catllar.

El condenado se puso de pie ante su padre, que estaba sentado en una silla, y lo golpeó

A primeras horas de la mañana, sobre las nueve, se inició una discusión entre ambos cuando se encontraban en el porche de la vivienda. El ahora condenado se puso de pie ante su padre, que estaba sentado en una silla, y procedió a golpearlo repetidamente, «conociendo que podía causar su muerte con dicha acción y asumiendo la misma».

En un momento no determinado, el agresor trasladó a la víctima al interior del domicilio y la dejó tirada en el suelo, a la entrada de la casa.

El agresor tenía una superioridad física respecto a su padre. Este media 168 centímetros, pesaba 65 kilos y presentaba dificultades de movilidad. «De todo ello se aprovechó (...) así como del hecho de encontrarse (...) sentado en una silla, entre la pared y a escasa distancia del cuerpo del acusado, de tal manera que careció de toda posibilidad de defenderse». Este hecho fue clave para determinar que en la agresión había habido alevosía.

Alerta de los vecinos

Mientras ocurrían los hechos, varios vecinos de la casa llamaron al teléfono de emergencias 112. Dos patrullas de los Mossos d’Esquadra acudieron al lugar de los hechos. Al hacer intención los agentes de entrar en la finca, el acusado salió de la casa y se dirigió a los policías. Al ser preguntado por la relación que mantenía con su padre, les contestó que no pasaba nada. Posteriormente les dijo: «Mi padre pega a mis perros y yo voy a acabar en la cárcel», sin permitir que los mossos entraran en casa. Posteriormente si les dejó, momento en que encontraron a la víctima tirada en el suelo y con signos de haber sido golpeada repetidamente.

Consumía cocaína y alcohol, y presentaba antecedentes de violencia intrafamiliar

El padre del acusado fue trasladado al hospital en estado grave, entrando en coma por empeoramiento de las lesiones encefálicas, asociado a un proceso infeccioso respiratorio. Se le practicaron medidas paliativas. Finalmente falleció a las cuatro de la madrugada del 20 de julio. La causa inmediata de su muerte fueron las hemorragias intracraneales, mientras que la causa fundamental fue un traumatismo craneoencefálico.

El acusado era consumidor de sustancias estupefacientes (cocaína) y alcohol y de forma habitual. Además, presentaba antecedentes de violencia intrafamiliar mantenida en el tiempo y cometida por su padre, factores que actuaron como estresor. Ello ha permitido que se le aprecie la eximente incompleta por alteración psíquica, drogadicción y alcoholemia.

Presentará recurso de apelación

El abogado defensor, Isaac González, valora positivamente el esfuerzo motivador de la magistrada presidenta, recogido en la sentencia, así como la apreciación de la eximente incompleta por alteración mental. Pero asegura que recurrirá la sentencia por cuanto no se está hablando de un asesinato, sino de un delito de lesiones con resultado de muerte (homicidio imprudente), dado que el acusado nunca quiso matar a su padre y no concurre el dolo necesario.

El letrado, tras escuchar el veredicto del jurado popular, pidió la absolución por concurrir la eximente completa por el consumo de alcohol y drogas y por alteración mental. Subsidiariamente, solicitó la condena por homicidio imprudente –con las mismas antenuantes– y pedía seis meses de prisión.

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