Un dron vuela sobre su cabeza, esto es lo que puede hacer y lo que no

Cada vez que despegan necesitan permisos y solo pueden grabar en caso de infracciones... Una jornada organizada por el Departament d’Interior y URV da las claves

21 mayo 2024 20:17 | Actualizado a 21 mayo 2024 21:40

Hace ya un tiempo que los drones entraron en nuestras vidas; de lo que hace menos es del momento en que los cuerpos policiales comenzaron a utilizarlos para ampliar su vigilancia hasta sitios que antes ni siquiera habían imaginado. En Tarragona, por ejemplo, la unidad de drones de la Guàrdia Urbana se creó hace apenas dos años.

Justamente, la relativa juventud de esta tecnología para labores policiales ha hecho que la normativa que la regula haya tenido que adaptarse a marchas forzadas... Y el proceso que todavía no ha terminado.

Así ha quedado de manifiesto esta mañana durante las I Jornades de Debat i Reflexió sobre la videovigilància a Catalunya, que organiza la Direcció General d’Administració de Seguretat, (DGAS, un organismo dependiente del Departament d’Interior) en colaboración con la Universitat Rovira i Virgili. Previamente se habían celebrado otras cuatro sesiones en universidades en Girona, Barcelona y Lleida. La intención, explicaban, es abrir el debate en vista al desarrollo de nuevas normativas.

Hoy era el turno de los drones y el encargado de aclarar conceptos ha sido Carlos de Valenciano, responsable del ámbito de vídeovigilancia de la DGAS. Lo primero es saber que hay dos grandes tipos de cámaras que se usan para vigilancia policial. Las primeras son las cámaras fijas que están en la vía pública. Todas tienen que estar autorizadas por la DGAS y los municipios tienen que acreditar por qué son necesarias en un determinado lugar. El permiso que tienen es de un año de vigencia.

Una cámara en el bolsillo

El segundo tipo son las cámaras móviles. Además de las que están en los drones se encuentran las que pueden llevar los agentes en el chaleco o en las patrullas policiales. En los tres casos la premisa es la misma: sirven para vigilar, pero solo comienzan a grabar cuando hay un incidente, infracción o delito.

En el caso concreto de las cámaras de los drones necesitan autorización cada vez que se van a utilizar y la autorización dura mientras dure el evento en cuestión. El lapso es, como máximo, un mes prorrogable a un mes más. Un ejemplo típico es un partido de fútbol de alto riesgo que se sabe con antelación en qué momento se desarrollará.

No siempre se graba, pero si se registran imágenes se sigue una cadena de custodia

Para obtener permiso hay que justificar la idoneidad y la necesidad de usar el dron y concretar en qué consiste el problema policial. Si se trata de problemas de seguridad en una urbanización determinada, por ejemplo, hay que incluir los datos de los delitos. En el permiso se delimitan los días y las franjas horarios en que se usará la cámara del dron. La petición la firma el mismo alcalde o alcaldesa del municipio.

Hay excepciones, no obstante. Por ejemplo, si el dron se tiene que utilizar en un caso de «urgencia improrrogable», están obligados a responder e informar sobre cómo se ha usado en un plazo máximo de 24 horas.

Pero los cuerpos policiales no usan los drones solo para vigilar eventos, sino también labores como controlar el tráfico, proteger el medio ambiente, prevención y extinción de incendios o búsqueda de personas en zonas forestales.

En estos casos la Autoritat Catalana de Protecció de Dades estipula que el objetivo no puede ser identificar a personas físicas a menos que sea por el propio interés de la persona, como por ejemplo si se trata de la búsqueda de desaparecidos.

Valenciano insiste: «si hay un dron sobrevolando su cabeza, lo más probable es que no le esté grabando». Según el caso puede ser que se utilicen cámaras térmicas con las que hay menos problemas en lo que se refiere a derecho a la intimidad. Un ejemplo puede ser el uso de una cámara térmica para detectar movimientos sospechosos en una zona boscosa durante la noche. Gracias a las imágenes una patrulla puede desplazarse a hacer las comprobaciones en el lugar.

No sobre su piscina

En la jornada también se ha contado con la presencia de miembros de la unidad de drones de la Guàrdia Urbana de Tarragona formada por un caporal y tres pilotos y que cuenta con tres aparatos.

La unidad los utiliza para labores de vigilancia y patrullaje, búsqueda y rescate (recientemente usaron uno para ubicar a una persona con alzheimer que se escapó del Joan XXIII hacia la zona del río), investigaciones criminales, gestión de emergencias, control de espacios naturales (en especial el Bosc de la Marquesa, el Pont del Diable y la desembocadura del Río Gaià) y control de tráfico.

Además de pedir los correspondientes permisos cada vez que el dron va a despegar, explican que necesitan autorización del Aeropuerto de Reus, que controla los movimientos aéreos de la ciudad que incluyen, además de aviones particulares, el helicóptero del SEM o el dron del Port de Tarragona.

En el caso de que se registren imágenes, las mismas son protegidas en una cadena de custodia policial hasta que son enviadas a las autoridades competentes o se destruyen.

En el caso de que los agentes incumplan los deberes de custodia de las imágenes pueden incurrir en faltas muy graves que pueden ser sancionadas con la separación del servicio o la suspensión de funciones.

Los agentes insisten en que el uso de los drones está muy limitado: «nadie irá a grabar como se baña en su piscina», ejemplifican.

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