La Audiencia Provincial de Tarragona ha rebajado ya al menos tres condenas por delitos sexuales al amparo de las revisiones por la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida popularmente como del ‘solo sí es sí’. Una de esas reducciones incluye, además, la excarcelación de uno de los condenados.
La nueva norma entró en vigor el pasado mes de octubre y su aplicación está dejando un controvertido goteo de reducciones de penas en sentencias. Se trata de los primeros casos conocidos en Tarragona, que se concretan semanas después de que los abogados presentaran recursos. Las cifras varían a cada día, ya que paralelamente a las resoluciones siguen llegando recursos. De hecho, hay diversos letrados tarraconenses que permanecen a la espera de que la Audiencia de Tarragona se posicione. Se calcula que más de 400 agresores sexuales en toda España se han beneficiado del cambio legislativo.
El caso más relevante en la provincia es el de un violador que ha quedado en libertad. La Sección Cuarta de la Audiencia de Tarragona ha rebajado de seis a cuatro años de prisión la pena a un condenado por un delito de agresión sexual, según un auto que tiene fecha del pasado 31 de enero. La sentencia inicial, del pasado 2018, fijaba la pena mínima de prisión, que era de seis años, además de cinco de libertad vigilada. Como con la reforma el mínimo pasa a ser cuatro años, los magistrados fijan la pena en esta cifra.
Como el condenado ya ha cumplido la pena revisada impuesta, «procede acordar su puesta en libertad de forma inmediata», dice el auto de la Audiencia.
Un recurso de noviembre
En otro de los casos, la Audiencia ha estimado la petición, a pesar de que previamente la Fiscalía se había opuesto. Ha reducido la pena de cárcel de ocho a seis años, aplicando de forma retroactiva la ley más favorable al reo. «Realicé la petición en noviembre. Tras analizar la ley vi que había la posibilidad de pedir esa rebaja y de acomodar la condena a la nueva legislación», indica David Lanaspa, abogado penalista y doctor en derecho.
En el auto de la sala, contra el que cabía recurso, se estimó la revisión a la baja de la condena impuesta. Lanaspa, como otros letrados, intentan huir de las polémicas y de toda la discusión pública generada con el cambio normativo. Se limitan a realizar su trabajo. «Nosotros tenemos que buscar siempre en todos los cambios normativos para ver si alguna modificación puede ser favorable. Analizamos los casos concretos y consideramos que si la normativa se tiene que acomodar, tenemos que pedir la rebaja», admite Lanaspa.
El letrado tarraconense, eso sí, lamenta las consecuencias desatadas recientemente. «Estamos en realidad ante un tema muy técnico, de horquillas, que provoca que la misma acción con la anterior normativa tenga penas distintas. Con la aprobación se creó una situación de inseguridad jurídica para los acusados y penados pero también desde el punto de vista de la víctima», relata Lanaspa.
Efectos duraderos
Sobre la reforma que se está debatiendo a nivel político –y que está dividiendo a los dos partidos que integran el Gobierno–, cree que «se podría solucionar con una disposición transitoria», pero pese a eso las rebajas actuales ya no se podrían echar atrás: «La ley del solo sí es sí ya es aplicable y está teniendo sus efectos».
En otro de los casos sucedidos en Tarragona, la reducción es menor. Ha pasado de cinco años y medio a cinco. La petición se realizó algo más tarde, en Navidad. La Fiscalía se posicionó a favor de la rebaja para adaptar la situación y la sala ha acordado esa reducción, ya que entiende que existe una mayor proporcionalidad. El auto rebaja la condena de prisión y aclara que «no hay lugar a la revisión del resto de penas impuestas», tales como la prohibición de acercamiento a la víctima y de comunicación con ella, la libertad vigilada o la obligación de participar en programas de educación sexual.
Isaac González es el penalista que se ha encargado de obtener esta revisión a favor del agresor. Plantea recurrir porque considera que la disminución debe ser mayor: «Creemos que se puede bajar aún más, al mínimo para este caso, que es de 2,5 años. Consideramos que hay margen para que la pena se reduzca más. Como abogado, estoy satisfecho pero solo en parte, yo buscaré siempre el máximo beneficio para mi cliente». Se trata de un caso ocurrido hace más de diez años, con un considerable retraso en los procedimientos que terminó con una sentencia firme y una entrada en prisión reciente.
«La ley va mucho más allá»
Más allá de la indignación popular que se ha desatado por las rebajas y las excarcelaciones de algunos agresores, los análisis desde el punto de vista jurídico ofrecen bastantes más matices. «Una vez que se acabe el ruido actual, se podrá dar una respuesta más proporcional. Esto está pasando ahora. Se están haciendo revisiones pero llegará un momento en que acabarán. No podemos ir a golpe de reformas, ni guiarnos por titulares o por lo que pasa en Twitter», cuenta el letrado.
Isaac González considera que «esta ley va mucho más allá, está intentando ofrecer una protección integral, a nivel asistencial o psicológico, de acompañamiento a la víctima siempre por alguien del mundo social. Hay una imagen muy negativa de la norma pero ofrece muchas más cosas», reconoce González, que agrega: «Hay que hacer una reeducación en el asunto del consentimiento. La ley del ‘solo sí es sí’ es una gran conquista, porque le da una vuelta de tuerca al asunto del consentimiento. Se pone a la víctima en el centro y es el eje vertebrador».
González sostiene que «se trata de dar un acompañamiento no solo jurídico, sino integral, similar a lo que sucede con la violencia de género». González indica que otro de los logros «es que ahora todos los casos son agresión sexual», a diferencia de antes: «Si no había habido violencia o intimidación, algo que era valorable y subjetivo, era abuso, y todo eso complicaba la situación de la víctima».
González señala también que «la solución no es endurecer penas, los mismos criminólogos lo dicen, el Código Penal no va a evitar estos delitos, porque el agresor no tiene en cuenta las penas, ya que lo que quiere es que no le pillen. Hay que abordar el problema desde otros ámbitos».
Mínimas reducidas
¿Dónde está la clave de estas reducciones que crecen cada día a la espera de la eventual reforma? Al crear un delito único que engloba lo que antes se dividía en abusos y agresión (había que probar que había existido violencia o intimidación), se han elevado algunas penas y se han introducido agravantes como, por ejemplo, la sumisión química o si el agresor es pareja, expareja o familiar de la víctima.
Pero, de la misma forma, también se han reducido las mínimas para que haya una horquilla más amplia de actos a castigar, aunque algunos de ellos sean de carácter leve. Y es en algunos de estos supuestos donde numerosas audiencias de toda España, entre ellas las de Tarragona, están revisando condenas a la baja, en función del principio constitucional que manda aplicar retroactivamente la ley más beneficiosa para el reo.