Entre 15 y 20 matrimonios piden la nulidad eclesiástica cada año en Tarragona

El proceso es como un juicio al uso, con sus declaraciones, sus testigos y sus pruebas periciales. Se puede alargar un año y puede costar hasta 6.000 euros

05 marzo 2025 14:00 | Actualizado a 06 marzo 2025 07:00
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El Arzobispado de Tarragona recibe entre 15 y 20 peticiones de nulidad matrimonial al año. Para conseguirla, es necesario un juicio, con su demanda, sus testigos, sus pruebas periciales y documentales y su sentencia final. El objetivo de quien quiere la nulidad eclesiástica es declarar que el matrimonio no fue válido desde su celebración. Normalmente, quien lo pide es porque quiere volver a casarse de nuevo por la Iglesia con otra pareja.

El espacio físico donde se celebra todo este proceso judicial es el Tribunal Metropolitano de Tarragona, unas estancias –casi desconocidas–, ubicadas en el Palau Arquebisbal. El 90% de las causas judiciales que se dirimen en estos tribunales son matrimonios que piden la nulidad eclesiástica.

El interesado debe presentar una demanda ante el Tribunal Metropolitano, que pida impugnar el matrimonio. «Estamos hablando de un bien religioso público, no de un derecho privado. La Iglesia tiene algo que decir», explica Mn. Ignasi Durany, vicario judicial del Arzobispado de Tarragona y presidente del Tribunal. Con el escrito de demanda en mano, se informa a la otra parte. Aquí empieza el proceso.

El juez instructor toma declaración en una sala del Tribunal. Como curiosidad, este espacio cuenta con una cámara y una televisión, por si a caso algunas declaraciones de los testigos son a distancia. Como todo juicio, las partes, acompañadas de sus abogados, aportan pruebas, ya sean periciales o documentales, informes y estudios que apoyen su versión.

«Trabajamos con el objetivo de que estos procesos no se alarguen más de un año, desde que presentan la demanda hasta que hay sentencia. El problema es que, a veces, la casuística de cada caso hace que tengamos que pedir más pruebas y que el plazo acabe ampliándose», explica el vicario judicial, quien pone como ejemplo matrimonios con ciudadanos latinoamericanos. «Tenemos que ir a buscar los testigos a la otra parte del mundo», insiste Mn. Durany.

Según el vicario general, la mayoría de casos que llegan al Tribunal tiene que ver con matrimonios que no han funcionado «por falta de madurez o por casarse muy rápido sin tener claro lo que conlleva el matrimonio». Mn. Durany añade: «Luego se dan cuenta que en ese momento no estaban capacitados para tomar la decisión».

El Arzobispado de Tarragona también ha recibido otras peticiones de nulidad matrimonial más curiosas. Es el caso de una mujer que fue al Ayuntamiento para pedir casarse por lo civil. Su sorpresa llegó cuando le dijeron que ya se había casado por la Iglesia hacía cinco años en El Vendrell. La mujer no sabía nada. Lo único que recordaba es que, justo cinco años antes, le habían robado la cartera en una discoteca. Probablemente había sido víctima de un delito de suplantación de identidad.

La joven tuvo que poner una demanda ante el Tribunal Metropolitano y pasar por un proceso canónico con el objetivo de demostrar que su matrimonio no era válido. Pedía que se declarase nulo. Tanto la abogada de la mujer como los jueces del Tribunal hicieron un trabajo de investigación –«a lo Sherlock Holmes», apunta el vicario judicial–, para poder demostrarlo. «Concluimos que se había casado con un ciudadano albanés. Pero resulta que este individuo también había suplantado la identidad de otro ciudadano. La partida de bautismo no coincidía con la que tenían en el país de origen. Un auténtico caos», explica el vicario judicial.

En este caso, el proceso se ha alargado más de un año y, justo hace dos semanas, el Tribunal Metropolitano de Tarragona dictaba sentencia. El matrimonio era nulo.

Un 90% de las peticiones de nulidad eclesiástica acaban dictándose a favor. El 10% restante de los casos se deben a que ha pasado mucho tiempo desde el acto matrimonial y no hay manera de poder hacer un razonamiento jurídico que permita declarar que el matrimonio es nulo. «A veces, nos vienen aquí personas que llevan más de 40 años casados. Que su matrimonio fracasó hace años, que han rehecho su vida y que ahora quieren casarse. Es muy difícil poder probar que ese acto no fue válido en ese momento», añade Mn. Durany.

¿Y cuánto vale?

Declarar el matrimonio nulo no es gratis. El Arzobispado de Tarragona tiene unas tasas marcadas. 300 euros para iniciar la causa, y 300 más una vez se haya dictado sentencia. 600 euros en total. En la mayoría de casos, la cifra asciende considerablemente al sumar las dietas de los abogados, las pruebas periciales –de un psicólogo por ejemplo–, entre otras. El precio final puede llegar a 6.000 euros.

¿Quién es quién en el Tribunal?

El Tribunal Metropolitano –o diocesano en primera instancia– está formado por varias salas. La primera es para tomar declaración a las partes y testigos. La segunda está destinada a la secretaria judicial, donde hay todas las causas archivadas y clasificadas, y la tercera, es el despacho de los jueces.

En el caso del Arzobispado de Tarragona hay cinco jueces, dos de ellos que ejercen la instrucción. Uno es el vicario general y presidente del Tribunal, Mn. Ignasi Durany, y el otro Mn. Josep Queraltó. Además, hay tres juezas externas: Valeria Ciardo –abogada especialista en derecho canónico–, Montserrat Gas –profesora de la UIC– y Maria Mercè Martorell –abogada tarraconense–. Actualmente, Martorell no ejerce como juez debido a su condición de concejal del Ayuntamiento de Tarragona.

Finalmente, encontramos la figura del Defensor del Vínculo, lo que en derecho civil se conoce como el ministerio Fiscal. Su tarea es defender el matrimonio. Todos ellos tienen su papel a la hora de decidir sobre si un matrimonio es nulo o no.

¿Cuáles son los motivos para que un matrimonio sea nulo?

Para que un matrimonio se declare nulo debe cumplir alguno de estos requisitos. Que no existiera consentimiento por cualquiera de las partes, que fueran menores de edad, que sean parientes consanguíneos o que estuvieran condenados por haber participado en la muerte de su anterior pareja.

También si el matrimonio se celebró por error en la identidad de alguno de los contrayentes o si el matrimonio se hubiera contraído sin la intervención de un cargo público o sin testigos.

Por último, también se declararía no válido si alguno de los cónyuges se vio obligado a contraer matrimonio por coacción o miedo.

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