El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha ratificado la sentencia que reconoce el origen profesional de un cáncer, concretamente un linfoma de Hodgkin, desarrollado por un extrabajador de Repsol en el polo petroquímico de Tarragona.
La decisión desestima los recursos presentados por la mutua Fraternidad y la propia empresa contra la resolución del Juzgado de lo Social 3 de Tarragona, que ya había establecido un vínculo causal entre la enfermedad y la exposición prolongada a sustancias químicas, principalmente benceno, en el entorno laboral.
El trabajador, diagnosticado con linfoma de Hodgkin en 2018 y declarado en situación de incapacidad permanente un año después, estuvo expuesto de manera continuada a varios agentes químicos durante su actividad en la planta entre julio de 2009 y octubre de 2019. La presencia de benceno en el ambiente de trabajo ha sido determinante en la enfermedad, según han confirmado informes técnicos, incluida la Inspección de Trabajo.
En sus recursos, Repsol y la mutua argumentaron que las funciones del extrabajador como operador de área y panel no implicaban un contacto significativo con sustancias peligrosas. Sin embargo, la sentencia destaca que la propia evaluación de riesgos elaborada por la empresa reconocía la posible exposición a contaminantes químicos, incluido el benceno. Además, los muestreos realizados entre 2014 y 2020 por el Servicio de Prevención de Repsol detectaron la presencia de esta sustancia en todas las muestras analizadas.
La resolución judicial señala que no se han superado los límites de exposición al benceno ni que la empresa haya vulnerado ninguna normativa de seguridad laboral. El tribunal concluye que las condiciones ambientales en las instalaciones de Repsol estaban dentro de los parámetros legales y que no se ha registrado ningún accidente ni incidente extraordinario relacionado con la presencia de benceno. La sentencia tampoco detecta ningún incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales por parte de la empresa.
La declaración de la enfermedad profesional no se basa en una negligencia de Repsol, sino en la aplicación automática del criterio establecido por el Real Decreto que regula el cuadro de enfermedades profesionales. La sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo tanto por parte de Repsol como por la aseguradora.
El fallo del TSJC recuerda que el cuadro de enfermedades profesionales establece la relación entre la exposición al benceno y el desarrollo de linfomas, incluyendo el de Hodgkin, especialmente en trabajadores de la industria petroquímica.
Entorno de alta complejidad
Jaume Cortés, abogado del Colectivo Ronda y representante legal del trabajador afectado, ha señalado que el reconocimiento del origen profesional de la enfermedad es solo un primer paso. «Ahora corresponde seguir adelante con las reclamaciones pertinentes para establecer la responsabilidad de Repsol por incumplimiento del deber de proteger la salud de sus empleados», ha afirmado.
El abogado también ha recordado que la petroquímica es un entorno laboral de alta complejidad y riesgo debido a la presencia constante de sustancias químicas peligrosas. «Las empresas que operan en este sector deben extremar las medidas de seguridad y prevención, algo que, lamentablemente, no siempre ocurre», ha subrayado. Asimismo, ha denunciado que aún son muchos los trabajadores que enferman por exposición a agentes químicos sin que se reconozca el origen laboral de sus patologías, privándolos de los derechos y prestaciones que les corresponden.