El Juzgado Penal Número 3 de Tarragona ha condenado esta semana de diciembre a una madre de Tarragona a una pena de 2 años, 6 meses y un día de prisión “por ser autora penalmente responsable de un delito de sustracción de menores”.
La misma sentencia a la que ha tenido acceso el Diari, el magistrado titular también impone para la acusada una “inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad sobre su hija durante 5 años, seis meses y un día”.
El auto termina con el pago de casi 50.000 euros para su exmarido y padre de la menor y otra indemnización de casi 80.000 euros para la pequeña, que este mes de diciembre ha cumplido los 14 años.
La sentencia del Juzgado Penal no es firme y la acusada todavía puede apelar en la Audiencia Provincial en un plazo de diez días.
4 años de lucha
La delicada historia de esta separación de un matrimonio afincado en Tarragona (en ese momento) con una hija de 9 años empezó el 2 de octubre de 2019 con una sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona.
El auto judicial atribuyó la guarda y custodia de la menor a favor del padre. Y en el mismo escrito se acordó el régimen de visitas entre los dos progenitores, un acuerdo que se fue cumpliendo hasta el fin de las vacaciones navideñas, concretamente el 8 de enero de 2020, cuando la madre decidió retener a su hija en La Ràpita (su nuevo domicilio) y no devolvió a la menor a Tarragona, tal y como refleja el régimen de visitas pactado.
Este primer incumplimiento quedó resuelto a las 48 horas, cuando el padre bajó hasta La Ràpita y se llevó a la hija para que pudiera retomar los estudios y estar con él los días que fijaba el régimen de visitas.
Pero la retención de la hija por parte de la madre se repitió el 17 de enero y desde aquel día, la pequeña no volvió a Tarragona ni a la escuela donde estaba matriculada ni ninguna otra.
A raíz de la situación, el padre pidió la ejecución de sentencia judicial, ya que tenía la patria potestad de la menor, pero no fue hasta marzo de 2021 cuando “la intervención de los técnicos de servicios sociales debidamente acompañados de la fuerza pública” fueron a la casa de la madre para la recogida de la menor.
La niña estuvo retenida un total de 497 días. Perdió dos cursos oficiales, si bien la madre siempre argumentó que iban profesores a su casa y la educaba allí.
El padre denunció a la madre por la sustracción de su hija, un litigio que en octubre de 2023 se celebró la vista oral en el Juzgado Penal número 3 de Tarragona.
La sentencia de este juzgado argumenta en sus fundamentos jurídicos que “se produce la acción típica de sustracción de menores en su modalidad de retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial”.
El magistrado ha considerado (concurriendo el caso de una circunstancia atenuante) que procede a imponer la pena en su mitad inferior a lo que establece el código Penal. Así argumenta los 2,5 años y un día de cárcel y los 5,5 y un día de la patria potestad.
La misma sentencia absuelve a la madre de los delitos de desatención a los deberes inherentes a la patria potestad y menoscabo psíquico de los que venía acusada en el presente procedimiento.