Metaverso

Nadie sabe cómo será el futuro, pero en el presente hay numerosos mundos virtuales donde las personas son sustituidas por avatares; y los objetos cotidianos por sus representaciones digitales

21 mayo 2022 19:52 | Actualizado a 21 mayo 2022 19:54
Montse Martínez
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Avatares, según la RAE, son los acontecimientos que entorpecen la buena marcha de un suceso. En su segunda acepción (que es la que está ahora más de moda) la academia define avatar como el personaje elegido por un usuario en un videojuego o aplicación informática.

Nadie sabe cómo será el futuro, pero en el presente hay numerosos mundos virtuales en los que las personas son sustituidas por avatares; y los objetos cotidianos por sus representaciones digitales; un mundo en el que la tecnología dominante es el blockchain y los pagos se realizan en criptomonedas.

Tres ejemplos para empezar a comprender la importancia económica del asunto. A través de los llamados NFT, en el 2021 el mercado de obras de arte digitales fue superior al mercado físico de obras de arte de todo el mundo. Hace unos meses, Dolce & Gabanna vendió una colección de nueve prendas de lujo virtuales por 6 millones de euros. Recientemente, una startup catalana llamada Gamium, creó su propio espacio virtual y comenzó a venderlo en forma de parcelas por internet. En diez días, obtuvo un millón de euros por estas propiedades cibernéticas.

Todo esto sucede en lo que se conoce como el metaverso: mundos artificiales en los que las personas actúan a través de sus representaciones digitales, sus avatares; hay quien asegura que estos mundos virtuales serán las redes sociales del futuro: espacios en los que las personas se relacionarán entre sí, pero con mucho mayor realismo que en las redes, gracias a la generalización de las tecnologías de realidad virtual y realidad aumentada; no es por casualidad que las empresas de Marck Zuckerberg como Facebook o WhatsApp se hayan integrado en una compañía paraguas denominada Meta.

Y en estos mundos virtuales que comienzan a sustituir al mundo real se firman contratos, se traspasan propiedades, se relacionan las personas (o sus avatares) entre sí creando conflictos y disputas, se producen delitos, se suplantan identidades e incluso, por extraño que nos suene, ha habido denuncias por acoso sexual entre avatares; hasta el punto de que se ha limitado a 4 pies la distancia física a la que estos personajes digitales pueden acercarse entre sí en las plataformas de la empresa Meta.

La cuestión es que, en gran parte, todo este mundo incipiente y en clara expansión no está regulado: ¿Las compras de ítems virtuales generan IVA? ¿En qué jurisdicción se consideran realizados los contratos en el metaverso? ¿A qué policía hay que denunciar la suplantación de una identidad virtual? ¿Qué sucede con las relaciones laborales cuando se recibe el sueldo en monedas virtuales o en archivos NFT?

Parece cosa de la ciencia ficción, pero los abogados nos estamos encontrando cada vez con más frecuencia con este tipo de situaciones, y con que la mayoría de ellas no tienen regulación legal específica. Aunque es cierto que en la Unión Europea existen algunas normas sobre ciberseguridad, criptomonedas y servicios de intermediación digital, el grueso de la regulación sobre el metaverso aún está en fase de tramitación legislativa.

Como siempre, la legislación avanza con mucha más lentitud que la avalancha de cambios tecnológicos que impactan ya nuestras vidas. Mientras tanto, el mejor consejo es esperar a invertir en aquello en lo que no entendemos bien y ser conscientes de que los nuevos mundos virtuales son altamente cambiantes y volátiles, como saben bien los inversores de Luna y Terra, dos criptomonedas que en el mes de mayo pasaron de valer 50.000 millones de dólares a prácticamente cero en sólo tres días.

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