El acusado de violar a una niña de 6 años en una pizzería de Flix en 2019 se enfrenta a doce años de prisión por un presunto delito de abuso sexual continuado con penetración a menor de dieciséis años.
Es la petición del ministerio fiscal y de la acusación particular. La defensa pide la absolución. El juicio, que ha arrancado este jueves en la Audiencia de Tarragona, se ha celebrado a puerta cerrada al menos hasta las dos de este mediodía, puesto que se ha reproducido la declaración de la niña –que en el momento de los hechos tenía seis años y un grado de discapacidad visual del 82%.
Según el escrito del fiscal, el investigado llevó a la víctima engañada al baño del restaurante y la agredió sexualmente. Entre el 2018 y 2019, el procesado también abusó de ella.
Según el escrito de acusación del ministerio público, los hechos pasaron el 7 de abril de 2019 alrededor de las tres y media de la tarde en una pizzería de la plaza de la Església de Flix. El hombre, que era un conocido de la familia de la menor, se llevó a la niña al lavabo del establecimiento con el engaño que le compraría golosinas. Una vez encerrados en el baño, el investigado se bajó los pantalones y los de la niña y la agredió sexualmente mientras se masturbaba.
En paralelo a esta agresión, entre octubre de 2018 y abril de 2019, el hombre también sentó a la víctima encima de él para «satisfacer sus deseos sexuales» y le dio un beso en la boca. La madre de la menor denunció los hechos el 10 de abril del mismo 2019.
Pena de prisión de doce años
El fiscal le pide doce años de prisión por un delito contínuo de abuso sexual con penetración a menor de dieciséis años, la prohibición de acercarse a la víctima a una distancia de 150 metros durante dieciocho años, así como de comunicarse.
También solicita su inhabilitación especial para ejercer cualquier trabajo relacionado con menores en un plazo de dieciséis años y diez años de libertad vigilada. A la vez, reclama que el acusado indemnice a la familia en 30.000 euros.
Por su parte, la abogada de la acusación particular pide la misma pena de prisión que el ministerio público. En cambio, el letrado del procesado solicita su absolución.