La Comisión Disciplinaria de la FIFA ha suspendido durante tres años a Luis Rubiales, expresidente de la Federación Española de Fútbol (RFEF), de todas las actividades relacionadas con el fútbol a nivel nacional e internacional, al entender que infringió el artículo trece del código del organismo con su actitud con la futbolista Jennifer Hermoso en la celebración del Campeonato del Mundo conquistado por la Selección femenina española, ha informado esta mañana el máximo organismo del balompié mundial.
La FIFA ya había suspendido al expresidente de manera provisional durante 90 días por el beso no consentido a Jenni Hermoso. Este lunes, el organismo ha dado un paso más y ha inhabilitado al expresidente de la RFEF durante tres años, en los que no podrá llevar a cabo ninguna actividad relacionado con el fútbol a nivel nacional ni internacional.
¿Qué artículo código ha incumplido Rubiales?
El Código Disciplinario incluye en su ‘Capítulo 1. Infracciones de las reglas del Juego’ el artículo 13. Conducta ofensiva y violaciones de los principios del juego limpio, que dice así:
1. Las federaciones y los clubes, así como sus jugadores, oficiales o cualquier otro miembro o persona que desempeñe una función en su nombre deberán respetar las Reglas de Juego, los Estatutos de la FIFA y los reglamentos, las directivas, las directrices, las circulares y las decisiones de la FIFA; asimismo, deberán cumplir con los principios del juego limpio, la lealtad y la integridad.
2. Por ejemplo, podrán imponerse medidas disciplinarias a toda persona que lleve a cabo alguna de las siguientes acciones:
a) violar las normas básicas de la conducta cívica; b) insultar a una persona física o jurídica de alguna manera, especialmente mediante lenguaje o gestos ofensivos; c) servirse de un evento deportivo para realizar manifestaciones de índole distinta a la deportiva; d) adoptar una conducta que desprestigie al fútbol o a la FIFA; e) modificar activamente la edad de los jugadores en los documentos de identidad que estos últimos presenten en las competiciones en las que existe un límite de edad.
Comunicado íntegro de la FIFA:
«La Comisión Disciplinaria de la FIFA ha inhabilitado a Luis Rubiales, expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), para ejercer cualquier actividad relacionada con el fútbol durante tres años, tanto en el ámbito nacional como internacional, al considerar que su conducta ha infringido el artículo 13 del Código Disciplinario de la FIFA.
Este caso está relacionado con los hechos ocurridos durante la final de la Copa Mundial Femenina de la FIFA, el 20 de agosto de 2023, por los que el Sr. Rubiales había sido suspendido con carácter provisional durante un periodo inicial de 90 días.
La decisión de la Comisión Disciplinaria de la FIFA se ha notificado hoy al Sr. Rubiales, quien, en virtud de lo estipulado en el Código Disciplinario de la FIFA, dispone de diez días para solicitar la decisión fundamentada, que se publicará en legal.fifa.com en caso de que se solicite. Esta decisión se puede recurrir ante la Comisión de Apelación de la FIFA.