El pleno del Ayuntamiento de Vandellòs i l’Hospitalet de l’Infant ha aprobado inicialmente la modificación de la ordenanza municipal de tenencia de animales.
Esta modificación servirá para adecuar la ordenanza a la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales y afectará los artículos 10 y 15. En el artículo 10 se incorporará un nuevo punto en virtud del cual será obligatorio comunicar en el Ayuntamiento la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado.
La baja de un animal de compañía por muerte tendrá que ir acompañada del documento que acredite que fue incinerado o enterrado por una empresa reconocida oficialmente para hacer estas actividades. En caso de imposibilidad de recuperar el cadáver, habrá que documentarlo adecuadamente.
La sanción prevista para infringir esta norma será de 200 € (o de 100 € si se paga de manera inmediata o los 20 días posteriores a la comunicación).
También como novedad, en el artículo 15, se regulará la cuestión de las micciones de los animales en la vía pública, además de la de las deposiciones. Así pues, según constará en la ordenanza, «los titulares o conductores de los perros tendrán que evitar que estos hagan sus deposiciones y también sus micciones a la vía pública, en los parques públicos o jardines de uso frecuente, en la arena o al agua; y en caso de que sea inevitable la deposición y la micción, tendrán que retirar inmediatamente los excrementos o suciedad producidos». En caso de las micciones, «se tendrá que limpiar inmediatamente con agua o con productos biodegradables el espacio donde se ha producido la micción».
No recoger los excrementos y no depositarlos en el lugar correspondiente o no limpiar las micciones comportará una sanción de hasta 200 € (100 € si se paga de manera inmediata). Estas multas son una novedad.