Torredembarra cuenta con un ecosistema prácticamente único, de enorme valor paisajístico y ecológico: Els Muntanyans, un espacio protegido incluido en el Pla d'Espais d'Interès Natural (PEIN) y en la Xarxa Natura 2000. Un escenario sin igual en el que se preservan algunas especies vegetales endémicas, como el lirio de mar (en peligro de extinción) y la lagartija colirroja, entre otros.
Hace unos años, en este espacio se tramitaron, aprobaron y ejecutaron dos planes urbanísticos, el de Nova Torredembarra y Muntanyans II, sin una previa Avaluación de Impacto Ambiental (AIA) según lo depositado en las Directivas europeas. Ahora, desde Grup d'Estudi i Protecció dels Ecosistemes Catalans - Ecologistes de Catalunya (GEPEC-EdC) y Salvem els Muntanyans se han preparado un conjunto de documentos que serán enviados a la Comisión Europea para que examine el caso.
La AIA permite valorar los efectos de un proyecto determinado sobre el medio ambiente y, por lo tanto, permite aprobarlo o descartarlo en función de los posibles daños ambientales. En el caso concreto de Els Muntanyans este procedimiento se omitió. Los resultados de haber ejecutado las obras sin una previa avaluación «han tenido y tendrá un grave impacto sobre los hábitos y especies protegidas», según afirman desde GEPEC-EdC. A su vez, aseguran que estos planos urbanísticos «fueron aprobados incumpliendo la legislación estatal y autonómica al permitir urbanizar zonas inundables y al construir edificios que superan la altura máxima permitida».
El pasado mes de marzo, un particular con el soporte de GEPEC-EdC, denunció los hechos frente la Comisión Europea por posibles infracciones del Derecho Europeo en la tramitación, aprobación y ejecución de los Plans Parcials Urbanístics de Muntanyans I (Nova Torredembarra) i Muntanyans II. Unos meses después, concretamente en junio, la Comisión Europea comunicó que examinaría el caso.
Ahora, con el soporte de la Plataforma Salvem els Muntanyans, desde GEPEC-EdC se ha elaborado una memoria explicativa de los hechos y se ha facilitado un conjunto de documentación al denunciante con la finalidad de que la adjunte a la denuncia realizada. En la memoria se solicita a la Comisión Europea que actúe para revertir la grave situación en la cual se encuentra el espacio protegido y que inicie los procedimientos necesarios para que se cumplan las Directivas Europeas.
En detalle
Cabe destacar que en el año 2007 el comisario de Medio Ambiente de la Comisión, Stavros Dimas, ya manifestó que para la aprobación del Pla Muntanyans II era necesario realizar la Avaluación de Impacto Ambiental (AIA) puesto que se afectaba un Lloc d'Interès Comunicat (LIC) protegido. El plan acabó siendo aprobado sin esta Avaluación que es obligatoria según las directivas europeas.
El caso de Muntanyans I (Nova Torredembarra) es similar: tampoco se realizó la Avaluación a pesar que tanto las directivas como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea afirman que los estados miembros tienen que proteger los LIC desde la fecha de propuesta que, en el caso de los Muntanyans, se remonta a 1997. Esta protección de los LIC propuestos incluye la necesidad de realizar Avaluación de Impacto Ambiental si tienen indicios que cualquier plan o proyecto puede afectar un LIC propuesto.
Ambos casos son especialmente graves puesto que las administraciones eran conocedoras del impacto que las urbanizaciones podían llegar a tener sobre el espacio protegido -EIN Platja de Torredembarra/LIC Costes del Tarragonès-; así lo afirmaban distintos estudios, informes científicos e incluso un proyecto del Ministerio de Medio Ambiente del año 2001.
En la documentación también se ha adjuntado el mencionado Projecte del Ministerio de Medio Ambiente del año 2001 que proponía la expropiación y protección de las parcelas de Muntanyans I (Nova Torredembarra) y Muntanyans II debido su importancia medioambiental tanto con relación a los hábitos protegidos como a las especias de flora y fauna. Además, el proyecto advertía de las graves consecuencias que la urbanización de las zonas podría tener sobre los espacios, la flora y la fauna protegidas. El mismo documento también destacaba la existencia de hábitos de interés comunitario prioritarios -con obligación de ser protegidos según la Directiva 92/43/CEE y la legislación autonómica y estatal- que se estaban regenerando de manera natural en las mismas parcelas que acabaron urbanizándose. «La urbanización parcial de las dos parcelas afectó negativamente tanto el espacio protegido como los hábitos y especies protegidas para las directivas que se encontraban en las parcelas».
Grave impacto ambiental e infracciones del Derecho Europeo
En este sentido, se han adjuntado en la denuncia distintos estudios e informes científicos que alertaban del grave impacto ambiental sobre los hábitos y especies protegidas por las directivas, incluyendo las pruebas periciales de la sentencia 1469/2014 a 4 de abril de 2014 del Tribunal Supremo que anuló el plan Muntanyans II y afirmaba que la urbanización podría tener una afectación sobre el espacio limítrofe de interés natural. También se han adjuntado las diferentes resoluciones del Síndic de Greuges de Catalunya, el Parlament de Cataunya, les Corts Generals y el propio Ajuntament de Torredembarra que solicitaban la protección de todas o de algunas de las áreas afectadas por los planes urbanísticos.
La denuncia se ha presentado 2 años después de que el GEPEC-EdC pidiese la desclasificación, restauración y protección de las dos áreas sin obtener respuestas favorables. De hecho, desde que se solicitó la protección, en Muntanyans I se ha construido un supermercado ALDI -en zona inundable, según la Agència Catalana de l'Aigua- y se ha proyectado la nueva comisaría de Mossos d'Esquadra, prevista para 2023.
Las posibles infracciones del Derecho Europeo trasladadas a la Comisión Europea no son las únicas que se han comunicado al organismo europeo: en la revisión del expediente de Muntanyans I, los técnicos del GEPEC-EdC constataron que el plan había proyectado viviendas en zonas inundables y, además, que los edificios ya construidos superaban la altura permitida por ley, causando un grave impacto paisajístico sobre las zonas protegidas.
También se ha comunicado que en las diferentes parcelas catastrales donde hay proyectadas edificaciones se han observado nuevos hábitats de interés comunitario prioritarios, como por ejemplo pequeñas lagunas intermitentes, con presencia de especies de aves relacionadas con las zonas húmedas como por ejemplo fochas, ánade real y varias especies de juncos. Estas lagunas se han formado a consecuencia de la modificación de la hidrología de la zona y, a pesar de haberse formado por la acción del hombre, se encuentran igualmente protegidos por las directas y diferentes leyes.
La formación de nuevos hábitats de interés comunitario en las parcelas a urbanizar ya fue comunicada a la Generalitat de Catalunya, hace unos meses, sin que se haya comunicado ninguna medida para su conservación. El proyecto del Ministerio también advertía que tanto en la Zona de Muntanyans I como en el área de Muntanyans II había algunos hábitats de interés comunitario, sobre todo zonas de aiguamoll, que se estaban regenerando de manera natural.
Una vez la Comisión Europea comunicó que examinaría la cuestión desde GEPEC-EdC se «pidió a las distintas administraciones responsables la aplicación de una moratoria para nuevas construcciones hasta que la Comisión resuelva el caso y que se estudiaran posibles medidas compensatorias por si la Comisión Europea acaba iniciando un procedimiento de infracción».