El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) abordará en 2025 las dudas de tres tribunales españoles sobre la aplicación de la ley de amnistía en casos de terrorismo y malversación relacionados con el referéndum del 1-O y el ‘procés’. El tribunal con sede en Luxemburgo tiene sobre la mesa veinte cuestiones prejudiciales sobre la medida de gracia a los independentistas: tres del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), ocho del Tribunal de Cuentas y nueve de la Audiencia Nacional. El TJUE puede optar por fusionar las peticiones si lo considera oportuno, pero en cualquier caso, la resolución tardará meses. En declaraciones a la ACN, dos expertos en derecho de la UE destacan el carácter políticamente “sensible” y prácticamente inédito de llevar una ley de amnistía al TJUE.
Henri de Waele, profesor de derecho europeo de la Universidad de Amberes, afirma que las amnistías son un asunto “especial” y “sensible” y que, por tanto, el TJUE o, eventualmente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, serán conscientes de que se están adentrando en un “asunto doméstico” del Estado español.
De Waele explica que hay muy pocos precedentes de amnistías sometidas al examen del TJUE, no solo porque son un asunto estatal, sino porque el derecho penal de la UE es “relativamente reciente”. En cualquier caso, el profesor de derecho constitucional de la Universidad de Maastricht Sascha Hardt asegura que el TJUE nunca se ha pronunciado sobre la compatibilidad de una amnistía con el derecho de la UE: “Esquivaron esta pregunta”.
La ley de amnistía en Luxemburgo
No es la primera vez que el ‘procés’ pasa por el TJUE. Luxemburgo ya se pronunció sobre los intentos de extradición de España por el referéndum del 1-O y sobre la inmunidad de Oriol Junqueras como eurodiputado encarcelado. Ahora tiene ante sí el acuerdo político entre el PSOE, ERC y Junts para pasar página a las represalias judiciales contra los líderes independentistas que impulsaron el ‘procés’ y los activistas que lo apoyaron.
Los tribunales de los Estados miembros de la UE pueden pedir ayuda al alto tribunal con sede en Luxemburgo para aclarar la compatibilidad de las normas estatales con la legislación europea. Menos de cuatro meses después de la entrada en vigor de la ley de amnistía, hasta tres instancias judiciales españolas ya la habían llevado al TJUE.
A diferencia del Tribunal Supremo, que se ha limitado a plantear una cuestión de inconstitucionalidad, la Audiencia Nacional, el TSJC y el Tribunal de Cuentas han remitido a los magistrados europeos la controvertida norma que busca la “normalización institucional, política y social” en Catalunya eximiendo de responsabilidad penal, administrativa y contable a los implicados en el ‘procés’.
Malversación
El 29 de julio, el TSJC envió una cuestión prejudicial por el caso de Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, acusados de desobediencia, prevaricación y malversación en relación con el 1-O. El TSJC admite que “ninguna de las acusaciones ha planteado como tesis acusatoria que los acusados se hayan beneficiado personalmente” de las conductas de malversación que deberían ser juzgadas y que estas conductas se refieren a “fondos propios del presupuesto” de Catalunya y la Generalitat “sin aparente relación con los intereses financieros de la UE”.
Sin embargo, el TSJC quiere que sean los tribunales de la UE quienes examinen si puede haber algún vínculo con los intereses financieros del club europeo, ya que considera que hay “amplitud” en este concepto y, por tanto, un riesgo de que no se adopten las medidas necesarias para garantizar que no quede impune ninguna malversación intencionada de fondos públicos.
Por ello, pregunta al TJUE si “desviar fondos públicos propios del presupuesto de una comunidad autónoma de un Estado miembro en el intento, declarado ilícito, de lograr” la secesión pone en riesgo “la integridad territorial de la UE y, consecuentemente, también sus presupuestos anuales”. En caso contrario, el TSJC igualmente pregunta si amnistiar a aquellos que han gestionado fondos públicos y “los destinan a actividades declaradas ilícitas” supone un “riesgo sistémico de impunidad”.
También el Tribunal de Cuentas ha planteado una pregunta similar a Luxemburgo mientras deja en suspenso el caso contra más de una treintena de ex altos cargos del Govern por los gastos del 1-O y de Exteriores durante el ‘procés’.
Terrorismo
La otra gran pregunta que han planteado los magistrados españoles a Luxemburgo es sobre la compatibilidad de la ley de amnistía con las leyes antiterroristas de la UE. La ley de amnistía excluye los actos de terrorismo definidos como tales por esta directiva europea y que, al mismo tiempo, “hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos”.
En el caso de los CDR de la operación ‘Judas’, la Audiencia Nacional ha preguntado al TJUE si la legislación europea permite distinguir entre actos terroristas que hayan causado o no “graves violaciones de derechos humanos”.
Otros aspectos
Tanto la AN como el Tribunal de Cuentas han cuestionado la validez de la ley en su conjunto, considerando que podría vulnerar el principio de igualdad. Además, la AN plantea si podría afectar la libre circulación de ciudadanos dentro de la UE.
Finalmente, el TJUE podría fusionar las preguntas en un único caso, pero no se espera una decisión antes de 16 meses.