Iqoxe y tres altos directivos imputados por la explosión en Tarragona
La jueza finaliza la investigación y considera que existen indicios de los delitos de imprudencia grave con resultado de muerte y lesiones, contra los derechos de los trabajadores y por estragos
El Juzgado de Instrucción número 1 de Tarragona ha dictado auto de transformación de procedimiento (finalización de las diligencias) incoado a raíz de la explosión que se produjo el día 14 de enero de 2020 en la empresa química IQOXE de La Canonja (Tarragona), respecto de la pieza principal.
En la resolución, la magistrada resuelve seguir el procedimiento contra la empresa IQOXE y sus principales directivos por la posible comisión de los
delitos de imprudencia grave con resultado de muerte y lesiones; contra los derechos de los trabajadores y por estragos.
En la resolución de transformación del procedimiento, se imputa judicialmente a la empresa y a los más altos directivos, puesto que, según se
indica, existe un conjunto de obligaciones y medidas de necesario cumplimiento para la empresa. Éstas, según la magistrada, deben ser adoptadas por quienes tienen la capacidad de decisión para ello, concluyendo provisionalmente que los hechos sucedidos podrían traer causa de las deficientes condiciones en que se desarrollaba la actividad industrial, lo cual es competencia de los máximos responsables de la empresa.
En el auto, se describen las condiciones de sobreproducción de la empresa, la falta de personal, el incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales, las deficiencias en las instalaciones y equipos, la falta de medidas de seguridad, tanto laboral como industrial, así como las deficiencias en el funcionamiento y la activación de los planes de protección civil.
Todo lo anterior en un contexto de aumento de facturación y restricción de gastos en materia de personal, equipos y medios de prevención y seguridad.
También se hace referencia, en dicho auto, a la situación de grave riesgo para las personas y para la población que se produjo como consecuencia de la explosión del día 14 de enero de 2020.
En la resolución, se expone que se había implantado una política empresarial de aumento de la producción y reducción de costes, de lo que se derivó un deficiente mantenimiento de las instalaciones y el ejercicio de la actividad sin las debidas condiciones de seguridad en sus diferentes facetas -industrial, laboral, protección interior y exterior frente a accidentes graves- que son exigibles a este tipo de empresas químicas, y con un insuficiente número de trabajadores para realizar el proceso productivo en los debidos requisitos de seguridad.
Según las diligencias practicadas, el día de la explosión, 14 de enero de 2020, habrían confluido distintas circunstancias que pudieron ser desencadenantes del siniestro, como es la modificación de la fórmula de elaboración del producto MPEG-500, con cambio de volumen y defecto de catalizador, sin que se hiciera ningún ensayo o prueba y sin que se reflejara este tipo de fabricación en los documentos de seguridad.
De forma provisional, se ha constatado la existencia de averías en la maquinaria el mismo día de la explosión. Frente a estos defectos, no pudieron
tener efecto las causas obstativas, impeditivas o pasivas, por la práctica empresarial de priorización de la producción, con deficiencias en las instalaciones, falta de personal y elusión o minimización de los sistemas de seguridad, dispuestos para alertar o paralizar el proceso de reacción química en el caso de que existiera algún problema en la fabricación del producto.
Además de los resultados derivados de la explosión del reactor U-3100, en la resolución judicial se relata que se produjo una situación de grave riesgo potencial para las personas y para la población en general, puesto que la metralla impactó en un depósito de óxido de propileno con un volumen de 138 toneladas, provocando una brecha y un incendio en el mismo, el cual estaba cercano a otros depósitos por lo que podía haberse producido un efecto dominó.
Con este trámite se da por finalizada la instrucción de la pieza principal y se da traslado a las partes para que califiquen lo que consideren oportuno. Las otras dos piezas derivadas de este procedimiento siguen en fase de investigación.
En este procedimiento, se encuentran:
- 4 investigados (3 personas físicas y 1 persona jurídica)
- 3 personas fallecidas (2 de ellas en la instalación IQOXE)
- 10 personas lesionadas trabajadores de IQOXE
- 3 personas lesionadas fuera de la empresa IQOXE
- 31 perjudicados en el término municipal de Tarragona (28 particulares con daños en sus viviendas, 1 empresa y el Ayuntamiento de Tarragona con daños en varios espacios municipales).
- 17 perjudicados en el término municipal de La Canonja (16 particulares con daños en sus viviendas y el Ayuntamiento de La Canonja que sufrió daños materiales directos).
- 8 empresas colindantes a IQOXE que sufrieron daños en sus instalaciones.
Y están, como partes personadas, de la siguiente forma:
- 12 acusaciones particulares
- 2 acusaciones populares
- 4 acusados
- 1 responsable civil directo