El Tribunal Europeo declara inadmisible la demanda de un mosso herido por el pistolero de Tarragona
La víctima alegaba que se le había negado el acceso a un tribunal
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha declarado inadmisible la demanda de una de las víctimas del pistolero de Tarragona, el vigilante de seguridad que en 2021 entró en la oficina donde trabajaba y disparó a tres compañeros. Tras quedar tetrapléjico, se le concedió la eutanasia. El tribunal decidió por unanimidad declarar inadmisible la demanda considerando que las alegaciones del demandante, un agente de los Mossos d’Esquadra herido por el pistolero, no están fundamentadas y “no se puede decir que se le haya negado el acceso a un tribunal”.
El TEDH argumenta que la demanda debe analizarse desde la “perspectiva de acceso a un tribunal”. En este sentido, subraya que el acceso a un tribunal no es un “derecho absoluto”, sino que está “sujeto a limitaciones” y a la legislación del Estado. “En los casos en que los solicitantes tenían a su disposición vías accesibles y efectivas para sus demandas civiles, se constató que no se había vulnerado su derecho de acceso a un tribunal”, dice el texto.
Así, Estrasburgo apunta que el demandante “aún podría obtener reparación como víctima y ser indemnizado por el daño que sufrió”. “La suspensión del proceso penal tras la muerte del pistolero no impidió al solicitante interponer una acción civil separada ante un tribunal civil para obtener una indemnización por los daños”, remarca.