El Caso Parc Central llega a juicio 30 años después de comenzar la investigación
La denuncia por un presunto pelotazo urbanístico fue presentada en 1994. La vista oral está prevista que comience en setiembre del próximo año con seis personas en el banquillo
«Habemus diem». Finalmente, la Audiencia de Tarragona ha fijado las fechas para el juicio por el presunto pelotazo urbanístico en la compra de los terrenos del Parc Central. La vista oral está prevista que comience el 9 de setiembre del próximo año. Habrán pasado 30 años desde que se presentó la primera denuncia, que inicialmente fue archivada, aunque posteriormente la Fiscalía reabrió el caso y lo denunció en 1997 en el Juzgado de Instrucción. El asunto ha pasado por las manos de 26 jueces de instrucción y la causa consta de 34.000 folios, que se tuvieron que escanear.
En el banquillo de los acusados se sentarán seis personas, dos menos de las que figuran en el escrito de acusación presentado por la Fiscalía en 2016. Durante este periodo de tiempo han fallecido –otros fallecieron durante la instrucción y a otro no le llegó a imputar el Ministerio Público–.
No se descarta que durante el tiempo que queda para juicio pueda llegarse a un acuerdo de conformidad. Cinco de los seis procesados están acusados de los delitos de prevaricación y de tráfico de influencias, mientras que el sexto investigado (Enric Llobet) lo está por blanqueo de capitales.
Las multas que se piden oscilan entre los 2.406.000 euros al exceoncejal Àngel Fernández a 1.800.000 de la mayoría del resto de encausados. Las penas son bajas al acogerse al Código Penal de 1973.
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha fijado 16 días de septiembre y octubre del próximo año para este juicio. La vista oral comenzará el 9 de septiembre con las cuestiones previas. Después de dos semanas se reanudarán las sesiones, que tendrán lugar del 25 al 26 de septiembre y los días 1, 2, 3, 7, 8, 9, 16, 17, 18, 21, 22 y 23 de octubre. Todas las vistas comenzarán a las nueve y media de la mañana.
De las 199 páginas de que consta el escrito de acusación, 91 corresponden al relato de los hechos. Estos se remontan al año 1989, cuando dos compañías querían instalar un hipermercado en Tarragona. Una de ellas, Continente SA (Contisa), lo quería hacer en los llamados terrenos del Gas y la segunda, en la carretera de València.
La investigación se centra en el tejemaneje en la compra –a través de intermediarios–, la recalificación de los terrenos de la antigua Gas Tarraconense y la posterior construcción del complejo. La historia comenzó con la opción de compra suscrita por Contisa con la compañía MundoBrokers, entregando 120 millones de pesetas –la compra del terreno rondaba los 850 millones–.
A partir de este momento, comienza el entramado de sociedades y también un cambio en el gobierno municipal tras la moción de censura de Joan Miquel Nadal a Recasens. El ejecutivo comenzó negociaciones con Contisa, en las que hacía de interlocutor el concejal de Urbanisme Ángel Fernández. Entre medio estaba la Comissió d’Equipaments Comercials, que rechazó los proyectos de los dos hipermercados. De todas maneras, el Ayuntamiento siguió presionando para que Contisa se hiciera con el centro comercial.
Tras este rechazo comenzó una segunda tanda de movimientos empresariales.
El acuerdo urbanístico
El 26 de marzo de 1993 el Ayuntamiento de Tarragona –representado por el alcalde Joan Miquel Nadal– y la compañía Erosmer Valencia –representada por Luis Valero– suscribieron el convenio urbanístico.
En el mismo, el Ayuntamiento se comprometía a tramitar dentro de sus competencias cuantos instrumentos y expedientes urbanísticos fueran necesarios para hacer viable la implantación del centro comercial con hipermercado y la ejecución de la actuación edificatoria.
El Ayuntamiento también se comprometía a apoyar ante la Comissió Territorial d’Equipamients Comercials de Tarragona el otorgamiento de informe favorable a la solicitud de implantación de centro comercial que en su día formalizase Erosmer Valencia SA ante la citada comisión.
En el capítulo de donaciones, Erosmer cedía con carácter gratuito al Ayuntamiento los terrenos destinados a equipamientos, zona verde y red viaria, exigidos por los instrumentos de planeamiento y urbanísticos de aplicación a la zona.
A la vez se establecían unas prestaciones complementarias, como el otorgamiento con carácter preferente en la contratación de las obras de construcción del centro comercial programado a empresas de primera línea, con capacidad técnica y financiera suficiente, que actúen en Catalunya y preferentemente en la ciudad de Tarragona.
Con esta cláusula, subraya la fiscal, se pretendía el favorecimiento de la contratación de la sociedad de un empresario fallecido –inicialmente imputado– para la construcción del centro comercial.
Contraprestaciones
Bajo el concepto de Apoyo Dotacional, Erosmer se comprometía para el supuesto de que le fueran concedidos todos los permisos y licencias que fueran necesarias para la apertura al público y pleno funcionamiento del centro comercial a varias obligaciones.
Entregaría 187 millones de pesetas en la fecha en que se notificara el informe favorable de la Comissió d’Equipamients Comercials y se otorgaran y alcanzaran firmeza en vía administrativa los permisos necesarios para el inicio de la obra. Este importe se destinaría a aquellas dotaciones y servicios municipales que el Ayuntamiento estimara oportunos.
También se comprometía a la realización de un túnel que atravesaría por el subsuelo la avenida de Roma, siendo el coste aproximado de 200 millones de pesetas, a la cesión al municipio sin coste alguno de 514 m2 de oficinas situadas en dicho complejo comercial para que pudieran ser destinados a servicios municipales, siendo el coste aproximado de 113 millones de pesetas.
Asimismo, en la línea de apoyar las actividades culturales y el deporte de la ciudad, Erosmer se comprometía a colaborar económicamente con el Ayuntamiento durante un periodo de cuatro años a contar desde la fecha en que se notificara el informe favorable de la Comissió d’Equipamients Comercials hasta la cantidad de 80 millones de pesetas.
Un informe del jefe de servicio de la Assessoria Jurídica avalaba el convenio, a pesar de que era parecido al que en su día firmó el Ayuntamiento con la empresa Continente y en aquella ocasión la asesoría había emitido un informe desfavorable, ya que defendía su ilegalidad por ligar el otorgamiento de licencias y la modificación de los instrumentos urbanísticos a la entrega de ciertas cantidades de dinero.
«Aun cuando se había hecho un esfuerzo de redacción para tratar de ocultarlo –recuerda la fiscal–, lo cierto es que se estaba ligando el otorgamiento de licencias y la aprobación de expedientes urbanísticos a la entrega de ciertas cantidades de dinero, cuando el otorgamiento de licencia es un acto reglado que, de ser legal, no precisa de entrega dineraria alguna.
El convenio era un protocolo de intenciones de favorecer los intereses privados, comprometiendo el otorgamiento de licencia para favorecer la construcción de un centro comercial a cambio de ciertas cantidades de dinero y contraprestaciones».
Si ese compromiso viciaba de ilegalidad, recalca la Fiscalíaa, la concesión de licencias, en su otorgamiento se vulneró claramente la ley con el solo fin de beneficiar los intereses privados.
El pleno del Ayuntamiento, el 20 de abril de 1993, lo aprobó por 17 votos a favor y nueve en contra. «Gracias a las influencias ejercidas en el acusado Ángel Fernández y a las ejercidas por éste en los otros miembros del consistorio para que ratificaran el convenio, el acusado Miquel Colas consiguió que el contrato de compraventa del solar llegara a perfeccionarse obteniéndose un beneficio en la operación de unos 800 millones de pesetas», recoge el escrito de acusación.
El 28 de julio de 1993 la Comissió d’Equipaments Comercials informó favorablemente el proyecto y el 24 de septiembre Metspor SL –representada por el empresario ya fallecido– vendió a Erosmer Valencia SA cinco fincas por 1.337.880.000 pesetas.
Licencia con condiciones
El 3 de mayo de 1994 el pleno aprobó definitivamente la reparcelación del PERI Gas presentada por Erosmer Valencia SA. El 29 de julio Luis Valero presentó en el Ayuntamiento solicitud de licencia municipal para la construcción de un centro comercial antes de presentar el proyecto de urbanización y el estudio de detalle. Esta solicitud de licencia de edificación, antes de seguir los trámites anteriores procedentes, tenía por objeto conseguir que se le permitiera iniciar las obras antes, evitando las dilaciones ordinarias de los trámites anteriores que exigían el sometimiento a información pública y diversos informes preceptivos, señala la fiscal.
Para ello era necesario que desde el Ayuntamiento se favoreciera dicha ilegalidad: que por Ángel Fernández se llegara a otorgar licencia de obra sujeta a condición de aprobación de los trámites preceptivos previos y que, a pesar de no haber sido aprobados, no se tomara iniciativa alguna de paralización de las obras iniciadas al amparo de una licencia ineficaz.
«Todo ello respondía a un plan perfectamente orquestado en el que, a cambio de determinadas prestaciones dinerarias previstas en el convenio, se iban a agilizar al máximo los trámites hasta el punto de conceder licencias sin efectividad para permitir el inicio de las obras», sentencia el Ministerio Público.
Los técnicos municipales en sus respectivos informes dejaban constancia de la necesidad de aprobación previa de instrumentos urbanísticos antes de la concesión de licencia de edificación. El estudio de detalle fue aprobado por silencio administrativo.
A pesar de que faltaba el cumplimiento de múltiples requisitos, se concedió una licencia para acelerar la posibilidad de inicio de las obras y poder empezar a cobrar las prestaciones dinerarias fijadas en el convenio.
l 1 de agosto de 1995 en el Diari de Tarragona se publicaba ya la noticia de que el complejo Parc Central que incluía Eroski iniciaría sus obras en septiembre. En el artículo se afirmaba que el teniente de alcalde de Urbanisme había confirmado al Diari que el Ayuntamiento había dado el visto bueno al proyecto básico presentado por el grupo Promodeico y que en los próximos días el gobierno municipal firmaría la concesión de la licencia que permitiría la ejecución del proyecto.
Las obras de excavación de los terrenos se iniciaron por Cafisa en agosto de 1995. El 10 de octubre se hizo oficialmente el acta de replanteo e inicio de obras por parte de la compañía Cafisa en ejecución del contrato suscrito por Decotasa y Cafisa en fecha 3 de agosto de 1995. En virtud de este contrato Cafisa iba a ejecutar las obras de urbanización, más no la del edificio del centro comercial y debía hacerlo en el plazo de cuatro meses desde la firma del acta de replanteo.
«Era evidente que contaban con ejecutar las obras con una licencia ineficaz con la aquiescencia del Ayuntamiento dada la condición de teniente del alcalde de Urbanisme del acusado Ángel Fernández», dice la fiscal.
Petición del PP
El 24 de octubre el concejal Manuel Montero, en representación del Partido Popular, presentó en el Ayuntamiento una solicitud de suspensión inmediata de los trabajos de movimiento de tierras de inicio de obras que se estaban llevando a cabo en el solar, ya que la licencia no comportaba el permiso de obras y la efectividad de la segunda estaba sometida a la licencia de actividad y a la aprobación definitiva y publicación oficial de la misma y del proyecto de urbanización. En definitiva, el solar no había adquirido el derecho a ser urbanizado.
Comoquiera que desde el Departament d’Urbanisme y concretamente por el teniente del alcalde de Urbanisme no se adoptara medida alguna de paralización y las obras continuaban ejecutándose sin licencia, en fecha 13 de noviembre de 1995, de nuevo Manuel Montero solicitaba que «sin demora se suspendieran de inmediato los trabajos que se realizaban en ese lugar», dado que continuaba la extracción de tierras del solar cuando todavía no eran efectivas las licencias. El 29 de enero de 1996, siendo ya concejal de Urbanisme Josep Anton Burgasé (PSC), se denegó la licencia de actividad solicitada por Erosmer Valencia.
Nueva petición
La empresa presentó nueva solicitud y la licencia fue concedida. Entonces ya llevaban meses construyendo el complejo. La construcción del mismo había sido adjudicada por la promotora a la compañía Cleop. Dicha empresa en diciembre de 1996 incurrió en suspensión de pagos.
El acusado Ángel Fernández sabía que ésta no había sido concedida y por tanto la licencia de obras carecía de eficacia, no adoptando medida alguna a pesar de las continuas denuncias que se presentaron en el Ayuntamiento y a pesar de las protestas que se produjeron ante el hallazgo en el solar de importantes restos arqueológicos. La competencia para actuar ante el incumplimiento le correspondía a él.
Finalmente el centro comercial se inauguró en mayo de 1997 gracias al acusado Ángel Fernández, quien no actuó, debiendo haberlo hecho en defensa de la legalidad urbanística por las influencias ejercidas sobre el mismo por los interesados económicamente en el proyecto.
Cargos y penas solicitadas
Àngel Fernández
Exconcejal de Urbanisme del Ayuntamiento de Tarragona durante la etapa de Joan Miquel Nadal
Tenía una relación societaria con dos empresarios, entre ellos Miguel Colàs. Fue administrador solidario del Grupo Tarragona Reus 91 y presidió el consejo de administración de Invest Tarragona. Ninguna de las dos sociedades tuvo actividad alguna y se disolvieron, según el magistrado, cuando se desató la polémica en los medios de comunicación.
PETICIÓN: cuatro meses de arresto mayor, ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y multa de 2.406.000 euros por un delito de tráfico de influencias en concurso medial con otro continuado de prevaricación, además de ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público.
Miquel Colàs i Piquer
Empresario y exalcalde de Reus
Fue el primer accionista de la empresa Metspor SA, aunque posteriormente vendió sus acciones. Fue administrador de la empresa Castell Moster. Asimismo, fue administrador solidario y posteriormente liquidador de Grupo Tarragona Reus 91, y también secretario del consejo de administración y después liquidador de Invest Tarragona SL.
PETICIÓN: cuatro meses de arresto mayor, ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y multa de 1.800.000 euros por un delito de tráfico de influencias en concurso medial con otro continuado de prevaricación.
Isidoro Prenafeta Pastor
Presidente de la sociedad Tipel
Es primo del secretario general de la Presidència de la Generalitat, Lluís Prenafeta, en tiempos de Jordi Pujol. Tipel, junto con otras empresas, formaba parte de Las Pieles de España.
PETICIÓN: cuatro meses de arresto mayor, ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y multa de 1.800.000 euros por un delito de tráfico de influencias en concurso medial con otro continuado de prevaricación.
Juan Carretero Muñoz
Director financiero de Tipel
Era accionista y secretario del consejo de administración.
PETICIÓN: cuatro meses de arresto mayor, ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y multa de 1.800.000 euros por un delito de tráfico de influencias en concurso medial con otro continuado de prevaricación.
José Miguel Yubero Casanova
Exdirectivo de Erosmer Ibérica
PETICIÓN: cuatro meses de arresto mayor, ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y multa de 1.800.000 euros por un delito de tráfico de influencias en concurso medial con otro continuado de prevaricación.
Enric Llobet Royo
Abogado y asesor
PETICIÓN: cuatro meses de prisión y multa de 360.000 euros por un delito de blanqueo de capitales.