Quince años y medio de prisión por matar a su pareja en Cambrils

El acusado golpeó a la víctima en diferentes partes del cuerpo y después la asfixió

El hombre que fue declarado culpable por un jurado popular por matar –primero la golpeó y después la asfixió– a su pareja de 25 años en 2021 en Cambrils ha sido condenado por el magistrado a trece años y medio de prisión como autor de un delito de homicidio. Hay se sumar otro año por un delito continuado de quebrantamiento de media cautelar (orden de alejamiento) y otro por un delito de maltrato.

Asimismo, durante 22 años no podrá comunicarse ni acercarse a menos de un kilómetro de los familiares de la víctima –hermana, abuelos, madre y tía–. Así lo fija la sentencia de 61 páginas que ha dictado la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona.

Tras el veredicto del jurado, el fiscal y las acusaciones particular y popular –en representación del Ayuntamiento de Cambrils– solicitaron un total de 17 años de prisión. Por su parte, la defensa no fijaba ninguna petición de pena aunque solicitó que se apreciara la atenuante de consumo de alcohol de larga duración y de reparación del daño.

Los hechos

El acusado y la víctima iniciaron en 2019 una relación de pareja, con convivencia en un domicilio situado en la calle de Puig i Cadafalch de Cambrils. La relación, que se prolongó hasta aproximadamente julio de 2021, fue muy conflictiva, con muchas discusiones y agravios recíprocos.

En una de las denuncias de la mujer, el Juzgado impuso al ahora condenado comunicarse y aproximarme a la víctima durante 10 meses, habiendo sido requerido judicialmente del cumplimiento de tal obligación el 20 de julio de 2021.

Estando vigente dicha prohibición, entre el 22 y el 30 de julio el acusado mantuvo numerosas comunicaciones telefónicas con su expareja, también vía WhatsApp. Asimismo realizó encuentros personales, que originaron intervenciones policiales, una de ellas el 28 de julio en las proximidades del domicilio. Precisamente, aquel día mantuvo una discusión con la mujer en la vía pública y le propinó un manotazo en la cara.

El crimen

El día 30, el acusado acudió al domicilio de la mujer sobre las doce del mediodía, manteniendo una discusión con ella, marchándose después. Pero a las cinco de la tarde regresó, desencadenándose una nueva discusión entre ambos. En el transcurso de la misma, él la golpeó en diversas partes del cuerpo. Seguidamente, procedió a taparle los orificios respiratorios y a apretarle el cuello, causándole la muerte por asfixia.

El asesino abandonó el domicilio y regresó más tarde. Una vez allí llamó al teléfono de emergencias 112 comunicando que su expareja estaba en el suelo, que tenía los labios morados y que no respiraba. Personal del SEM se desplazó a la casa sobre las 20.30 horas.

Después de asfixiar a la mujer, el procesado intentó la reanimación cardiopulmonar.

Con antecedentes penales

El acusado ya había sido condenado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Reus en sentencia de 24 de agosto de 2020 por un delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar –por hechos cometidos el 22 de agosto de 2020– a cuatro meses de prisión, pena de cárcel que fue suspendida a cambio de que no volviera a delinquir en el plazo de dos años.

El mismo Juzgado lo sentenció también a 48 días de trabajos en beneficio de la comunidad y a una orden de alejamiento de 10 meses respecto de la víctimas mediante sentencia de 19 de julio de 2021 por un delito de maltrato en el ámbito de la violencia de género cometido el mismo día. Esta orden de protección y alejamiento estaba vigente cuando ocurrió el crimen

El jurado popular no consideró adecuado ni se daban los requisitos para concederle el indulto atendiendo a la gravedad del delito.