El condenado por matar a una mujer en 2012 en Tarragona seguirá sin permisos penitenciarios
La Audiencia Provincial ha denegado al acusado –sentenciado a 20 años– el poder salir de prisión
Amir Simplicio de Souza, el hombre que en 2013 fue condenado por la Audiencia Provincial de Tarragona a 20 años de prisión por haber matado a su expareja en la calle Caputxins de Tarragona el año anterior, no podrá disfrutar todavía de permisos penitenciarios. Así lo ha decidido la misma Audiencia así como el juez de vigilancia penitenciaria, en contra del criterio que mantiene la Junta de Tractament de la cárcel.
La pareja contrajo matrimonio el 24 de marzo de 2007 y se hallaban separados desde noviembre de 2011.
Durante la relación, él mantuvo una actitud posesiva y pretendía controlar las relaciones sociales y familiares que pudiera mantener la mujer. En noviembre de 2011, la víctima comunicó al acusado su decisión de poner fin al matrimonio, hecho que el procesado no aceptó. Trató de convencer a la víctima para que consintiera la reanudación de la relación.
En la madrugada del 8 de enero de 2012, Amir Simplicio accedió al domicilio de la mujer, en la calle Caputxins. Allí, con un cuchillo de cocina, acabó con la vida de la mujer, cuyo cuerpo fue encontrado al día siguiente por su hija.
En julio de 2013, la Audiencia Provincial de Tarragona lo condenó a 20 años de prisión y pagar 300.000 euros a cada uno de los hijos de la víctima, además de que durante 30 años no pueda comunicarse ni acercarse a menos de mil metros de estos. En 2014, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ratificó la pena.
La petición
El acusado solicitó su primer permiso penitenciario. Alegaba que se encuentra clasificado en segundo grado desde el primer momento, que ha cumplido más de la mitad de la pena impuesta, que ha realizado las actividades indicadas por el Equip de Tractament, apreciando por la Junta de Tractament un nivel bajo de reincidencia delictiva. Esta accedió a que pudiera salir de permiso.
Pero el Juzgado de Vigilancia Penitencia no estuvo de acuerdo y el encausado presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que lo ha rechazado. Los magistrados argumentan que el interno no reconoce totalmente el delito cometido, solo de forma parcial. El hombre sigue teniendo un discurso contradictorio y poco claro respecto a su historia de vida.
En el programa de mantenimiento y prevención en violencia, si bien ha hecho avances significativos, ha de seguir trabajando, especialmente con el reconocimiento de los hechos y su empatía hacia la víctima. Y la Sala detecta que el riesgo de reincidencia se ha incrementado –ha pasado a ser medio–.