El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya tumba la ordenanza de pisos turísticos en Roda de Berà

La Associació d’Apartaments Turístics de la Costa Daurada i Terres de l’Ebre (AAT) celebra, entre otras, que se eche atrás la limitación de 15 plazas de Vivienda de Uso Turístico

La Associació d’Apartaments Turístics de la Costa Daurada i Terres de l’Ebre (AAT) ha anunciado mediante un comunicado que celebra la «reciente sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), que ha estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la ordenanza municipal reguladora de las Viviendas de Uso Turístico (HUT) del Ayuntamiento de Roda de Berà».

La resolución judicial, dictada el pasado 7 de octubre de 2024, anula varios artículos de la ordenanza que «imponían restricciones desproporcionadas a los propietarios y gestores de HUT, y que contravenían la normativa catalana vigente, en particular el Decreto 75/2020 de la Generalitat de Catalunya».

Entre los puntos declarados nulos por la sentencia destacan, por ejemplo, la «limitación del número de plazas en los HUT a un máximo de 15, sin establecer un régimen transitorio en línea con el Decreto 75/2020; la restricción sobre el número de viviendas que los grandes tenedores pueden gestionar dentro del municipio; la exigencia de una póliza de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 300.000 euros; la obligación de responder a cualquier requerimiento en un plazo de 30 minutos, bajo pena de falta grave; la imposición de responsabilidades solidarias entre propietarios y gestores sin especificar claramente los ámbitos de aplicación».

La sentencia también anula varios artículos relativos al régimen sancionador y a las exigencias sobre inspecciones, control y comunicación con las autoridades, considerando que excedían el marco legal establecido por el Decreto 75/2020 y otras normativas de rango superior.

Joan Calvet, presidente de la AAT, ha valorado muy positivamente esta sentencia: «son noticias muy positivas para nuestro sector, nuestro equipo jurídico, liderado por el abogado Antonio Mendia, de Mendia Abogados de Tarragona, ha hecho un gran trabajo. Esta resolución no solo protege los intereses de nuestros asociados, sino que también establece un precedente clave para otros municipios que están tramitando normativas similares. No podemos permitir que las ordenanzas locales vayan en contra de la normativa catalana, que ya regula de manera clara y precisa la actividad de las Viviendas de Uso Turístico».

La Asociación recuerda que esta demanda se interpuso como parte de una estrategia más amplia para garantizar que la regulación de las HUT respete la normativa autonómica vigente.