Salou impulsará una ordenanza para regular pisos y habitaciones turísticos
La URV será la encargada de recopilar opiniones y sugerencias del sector y vecinos para incluir en el redactado final
El Ayuntamiento de Salou impulsará una ordenanza municipal para regular los pisos y habitaciones turísticos de la ciudad. La falta de concreción de la normativa autonómica (está la Llei de Turisme de Catalunya y el Decreto 75/2020) y el interés en conseguir certificados de calidad son suficiente argumento para activar cuanto antes esta normativa municipal, que podría aprobarse inicialmente a finales de año y entrar en vigor a lo largo de 2023.
La Càtedra Unesco de l’Habitatge de la URV será la encargada a partir de junio de elaborar los estudios preliminares que puedan dar consistencia al articulado de la normativa y reducirlos vacíos legales de las actuales normas existentes. En Tarragona, por cierto, sería la primera en entrar en vigor. El objetivo, explicó el alcalde Pere Granados es «permitir la convivencia entre los residentes y los visitantes».
La futura ordenanza empezará con la recogida de opiniones, datos, y sugerencias de los vecinos de Salou y las empresas especializadas en alquiler que trabajan en la ciudad. Así lo explicó Hèctor Simon, director de la Càtedra de l’Habitatge de la URV, departamento que se encargará de esta faceta. Mediante la página web municipal, se realizará la encuesta.
Esta información se analizará junto a los datos que se obtengan de la ciudad: pisos, segundas residencias, alquileres... Será una actualización y complemento de un estudio que la misma Càtedra realizó en 2019 (se encargó el año anterior).
En la ciudad, desde hace una década se han activado pisos turísticos, pero el boom se ha disparado en los últimos años como alternativa a la oferta tradicional: hotel o camping. Actualmente, la ciudad tiene 6.411 pisos regulados para alquiler turístico y unas 50 peticiones pendientes de analizar. En 2019 tenía 5.629, 782 menos que a fecha de hoy.
«La nueva ordenanza debe ser lo más precisa posible y encontrar el equilibrio entre residentes y veraneantes. No somos partidarios ni de las zonificaciones, ni de las prohibiciones. Pero sí que deseamos ser exigentes si se incumple la normativa una vez entre en vigor», explicaba el concejal de Urbanisme Marc Montagut. Esta contundencia pasaría por sanciones económicas que pudieran afectar a cliente y titular de la vivienda e incluso poder dar por finalizado el contrato si se considerara una falta muy grave.
Granados recordó que una tercera parte del turismo que viene es de carácter familiar y este es un segmento de veraneantes que buscan alojarse en apartamentos turísticos. La ciudad ya tiene un certificado de calidad como municipio de turismo familiar y ahora pretende que también reciba un reconocimiento de destino turístico inteligente. «Y en este sello se exige tener una ordenanza reguladora de este tipo de alojamiento», apuntó el alcalde.
El veto y el POUM
A diferencia de la Ley de Arrendamientos Urbanos, de nivel estatal, la regulación de los pisos turísticos carece de unanimidad de criterios y Pere Granados criticó que se dejar a alos municipios esta responsabilidad cuando debería ser la Generalitat quien elaborara una normativa autonómica igual para todas las localidades que deseen activar esta modalidad de alojamiento. La falta de esta unanimidad permite por ejemplo que una comunidad de propietarios pueda vetar que un piso sea turístico o incluso una habitación, una opción permitida desde 2020.
Las intenciones del Ayuntamiento es que la normativa entre en vigor en 2023 para poder regularizar cuanto antes esta ofertas turística. Y tanto Montagut como Granados explicaron que en el nuevo POUM, en fase inicial, se contemplará la ordenanza y se estipularán aquellas limitaciones (no prohibiciones) que actualmente no se pueden hacer: situación de pisos turísticos en un edificio, número de personas máximas, decibelios... «Hay que proteger al residente y ponderar los derechos con el visitante», concluyó el alcalde y el concejal.
El alquiler turístico y los impuestos
Los alquileres de pisos turísticos (o habitaciones) tienen una duración máxima de 30 días, según establece la normativa vigente. Además, no tienen reducciones de impuestos y la comunidad de propietarios tiene la posibilidad de vetar que haya una vivienda de esas características en el inmueble.
En cambio un alquiler no turístico sí tiene más cobertura legal y unas obligaciones y deberes diferentes. Por una parte, la longitud del contrato supera los 30 días y cualquier problema debe solucionarse mediante la ley y los tribunales. Las comunidades de propietarios no tienen potestad para vetar un alquiler y los titulares del inmueble pueden solicitar y obtener hasta un 65% de reducción de los impuestos asignados.