Dos asociaciones cesan su lucha para que se condenen los asesinatos de Barcelona y Cambrils
La dificultad de rebatir los argumentos de la Audiencia Nacional y la amenaza de una condena en costas han decidido tirar la toalla en su lucha judicial
Dos asociaciones de víctimas, la AVT y la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo, han declinado recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia que condenó a tres implicados en los atentados del 17 de agosto de 2017 en Catalunya por integrar o colaborar con la célula yihadista que los perpetró, pero no por los 16 asesinatos que cometió.
La dificultad de rebatir los argumentos de la Audiencia Nacional y la amenaza de una condena en costas han hecho que al menos estas dos asociaciones, de entre todas las acusaciones personadas por estos atentados cometidos hace casi cinco años, hayan decidido tirar la toalla en su lucha judicial para que dos de los acusados, Driss Oukabir y Mohamed Houli, fuesen condenados también como coautores de esos asesinatos, según han señalado sus abogados.
Una tesis que llevan defendiendo desde el principio y a la que la Audiencia Nacional volvió a cerrar la puerta hace apenas unas semanas, cuando la Sala de Apelación confirmó en lo sustancial la sentencia, aunque rebajó diez años las penas a esos dos principales acusados, que quedaron en 43 y 36 años de prisión, por una cuestión técnica.
Ellos fueron sentenciados por pertenecer a la célula que perpetró los atentados, además de otros delitos como depósito y fabricación de sustancia o aparatos explosivos de carácter terrorista o lesiones por imprudencia. También hubo un tercero, Said Ben Iazza, condenado en su caso por colaboración con organización terrorista al haber prestado su documentación y una furgoneta para comprar y transportar artefactos explosivos.
El resto de miembros de la célula, un grupo de jóvenes -algunos hermanos entre sí- de origen magrebí que habían crecido en Ripoll, fueron abatidos por la Policía tras los atentados que se cobraron la vida de 16 personas y dejaron heridas a 140 el verano de 2017.
Ocurrió la tarde del 17 de agosto, cuando Younes Abouyaaqoub embistió con una furgoneta -alquilada a nombre de Driss Oukabir- a decenas de personas en plenas Ramblas de Barcelona. Aquella noche, otros cinco miembros de la célula se dirigieron al paseo marítimo de Cambrils, donde perpetraron el segundo ataque.
Un argumento insalvable ante el Supremo
Como hizo el tribunal que juzgó a los acusados, la Sala de Apelación rechazó en su sentencia la petición de estas asociaciones -también formulada por otras acusaciones- de condenar a los dos principales acusados por los asesinatos.
Los magistrados zanjaron que ninguno de los dos conocía «la intención de atentar y efectiva ejecución de atentados en Las Ramblas de Barcelona y en el Paseo Marítimo de Cambrils», que se improvisaron tras la explosión un día antes de los atentados del chalé que la célula tenía en Alcanar, donde murieron varios de sus integrantes, incluido su líder, quien fuese imán de Ripoll (Girona) Abdelbaki es Satty.
«No puede confundirse la responsabilidad penal que supone la pertenencia a la organización criminal con la exigible por la comisión de los distintos delitos que puedan llegar a ejecutarse en su seno», indicaba la sentencia.
Para ambas asociaciones es insalvable el pronunciamiento de la Sala de Apelación en un recurso de casación ante el Supremo y por eso han optado por ni siquiera intentarlo, sopesando también las costas judiciales que puede comportar este tipo de recursos de no ganarlos.
¿El Estado pudo haber prevenido la venta de precursores de explosivos?
Otras víctimas, sin embargo, sí que optarán por acudir al alto tribunal, como es el caso de la acusación ejercida por la familia del niño de 3 años que murió en Las Ramblas, según informan a Efe fuentes jurídicas.
Los padres del menor seguirán batallando ante la Justicia para que se declare la responsabilidad civil del Estado «por su inexcusable negligencia grave al no haber adoptado las cautelas necesarias para prevenir la venta de los explosivos con los que se pretendía causar una masacre».
Una solicitud que, aunque «humanamente comprensible», fue igualmente desechada por la Audiencia Nacional porque, al considerar que no se podía exigir responsabilidad civil a los acusados Driss Oukabir y Mohamed Houli, sentenció que tampoco podía pronunciarse sobre la solicitada respecto al Estado, que sería subsidiaria de la anterior.
Las defensas siguen intentándolo
Quienes sí que han anunciado ya recurso de casación ante el Tribunal Supremo son las defensas de los tres condenado.
Los abogados de Oukabir y Houli ya intentaron sin éxito que la Audiencia Nacional anulase el procedimiento al considerar que se vulneraron sus derechos durante su detención, en base a la doctrina Atristain, en la que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por no permitir al etarra Xabier Atristain elegir abogado cuando fue detenido en 2010 en régimen de incomunicación.
Una vulneración que volverán a aducir ante el Supremo, según las fuentes. EFE