La Fiscalía respalda la investigación penal contra Mazón por la gestión de la dana

Si surgen indicios de responsabilidad penal contra el president valenciano, el caso será remitido al TSJ

La Fiscalía Superior de la Comunidad Valenciana apoya que la justicia investigue la posible responsabilidad penal del president de la Generalitat, Carlos Mazón, por la gestión de la dana, que ha causado 223 víctimas mortales hasta el momento y miles de damnificados en la provincia de Valencia.

Fuentes fiscales han confirmado a EFE la información adelantada por 'El País', referida a un escrito del Ministerio Público presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que ha acumulado en una misma causa las siete denuncias y querellas interpuestas contra Carlos Mazón por la gestión de la dana, al tratar sobre los mismos hechos.

El Tribunal Superior de Justicia ha confirmado a EFE la recepción del informe que tenía que presentar la Fiscalía, al que le emplazó el tribunal para que en el plazo de dos días emitiera un informe acerca de la competencia de este tribunal y la admisión o inadmisión de los escritos remitidos por las partes.

Al respecto, fuentes de la Generalitat han indicado que la Fiscalía «no atribuye ni señala» ninguna conducta concreta contra Carlos Mazón, y por eso pide que la causa la instruya un juzgado ordinario y no el TSJCV, que es el único competente para juzgar al president dada su condición de aforado.

Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso EFE, se considera que la investigación de los hechos y, en su caso, de las responsabilidades penales de los distintos querellados debe ser única y conjunta, entendiendo que es funcional y necesario.

Para la Fiscalía, es razonable una única instrucción dada la magnitud de la causa, la complejidad de los hechos, la participación como querellados y denunciados de múltiples autoridades políticas y responsables de organismos públicos, la previsible dificultad de la investigación, y el ingente número de perjudicados, y de posibles testigos y peritos, y que esa instrucción se lleve a cabo por el órgano judicial que naturalmente tiene atribuida esa función investigadora, el Juzgado de Instrucción.

Los querellantes y denunciantes atribuyen a los denunciados la comisión de los delitos de prevaricación, de lesiones y homicidios imprudentes, omisión del deber de socorro, daños imprudentes y contra los derechos de los trabajadores, como consecuencia de la no adopción de algunas decisiones que, a su parecer, hubiesen evitado o mitigado el fatal resultado por el número de fallecidos.

Y de ahí derivan «una genérica relación causa/efecto con una atribución de responsabilidad criminal de naturaleza objetiva, que se verifica en exclusiva atención al resultado, al margen de la concreta intervención de los denunciados que, a día de hoy, no consta singularizada».

Por ello, el órgano instructor, es necesario que lleve a cabo una completa investigación judicial sobre los hechos acaecidos concretando la intervención, o, en su caso, inacción, de cada uno de los querellados y denunciados, y proceda a elevar exposición razonada en el caso que estimara que existen indicios de criminalidad suficientes contra la persona aforada.

Cuando se imputan acciones criminales a diversas personas y solo una de ellas es aforado, procede iniciar la investigación por aquellos que no gozan de fuero o privilegio, recuerda, lo que no impide ni entorpece el ejercicio de la acción penal por parte de los querellantes/denunciantes que pueden ejercer su derecho ante el Juzgado de Instrucción competente, órgano que si considera que existen indicios consolidados de criminalidad contra el aforado, deberá remitir, previo informe del Ministerio Fiscal, la correspondiente exposición razonada al Tribunal.

El Ministerio Fiscal entiende que, siendo querelladas o denunciadas varias personas, una aforada y el resto sin esa condición, procede acordar la inadmisión de las querellas y denuncias interpuestas, acumuladas en la causa, para que continúen la investigación los Juzgados de Instrucción y, llegado el caso, si estiman que concurren indicios suficientes en contra del aforado, eleven exposición razonada a la Sala Civil y Penal del Tribunal.

El TSJ valenciano decidió el pasado viernes acumular en una misma causa las siete denuncias y querellas interpuestas contra el president de la Generalitat Valenciana por la gestión de la dana, al tratar sobre los mismos hechos.

Las siete querellas y denuncias han sido interpuestas por el sindicato CGT (dos), dos por particulares, dos por abogados y una por el partido político Iustitia Europa. Se dirigen contra Carlos Mazón, la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas, y otras autoridades en el momento de los hechos, por los delitos de homicidio y lesiones imprudentes, contra los derechos de los trabajadores, prevaricación, daños imprudentes y omisión del deber de socorro.