La Audiencia de Barcelona rechaza investigar al policía infiltrado denunciado por activistas

El auto asegura que las querellantes «gozaron de absoluta autonomía personal para consentir o no las relaciones consumadas» con el policía infiltrado.

La Audiencia Provincial de Barcelona ha rechazado investigar a un policía acusado de infiltrarse en el movimiento okupa y anticapitalista de la capital catalana y mantener relaciones con al menos ocho jóvenes sin que ellas conocieran su verdadera identidad.

La sección quinta de la Audiencia ha confirmado en un auto la negativa de abrir una investigación que previamente había dictado el juzgado de instrucción número 21 de Barcelona, sobre el que recayó la querella cuando las jóvenes la registraron, y quienes recurrieron después la inadmisión a trámite.

Las representantes de las ocho jóvenes, entre las que se encuentran la organización los derechos humanos Irídia y el sindicato CGT, acusan al policía infiltrado de los delitos de abusos sexuales, contra la integridad moral, revelación de secretos e impedimento del ejercicio de los derechos cívicos.

«Considerarse engañado por cualidades que el otro ha omitido, o que incluso ha negado, no constituye delito de abuso sexual, ahora agresión sexual», subraya el auto de la sección quinta, que también indica que afirmar lo contrario supondría adentrarse «en una peligrosísima espiral de inseguridad jurídica».

El auto asegura que las querellantes «gozaron de absoluta autonomía personal para consentir o no las relaciones consumadas» con el policía infiltrado.

Sobre su rechazo a que los hechos puedan ser considerados como torturas o contra la integridad moral, el tribunal argumenta que como «las relaciones sexuales no fueron asimétricas, no existió por lo tanto ‘abuso de cargo’ por parte del querellado».

Además, añade que las relaciones señaladas «distan de poder ser consideradas como procedimientos aptos para ocasionar sufrimientos mentales cuando han sido aceptadas en dicho plano de igualdad».

En cuanto a una posible revelación de secretos, subraya que las partes no precisan exactamente qué información pudo obtener el agente infiltrado, «limitándose a genéricas referencias sobre sexualidad, familia, ideología o alusiones a ambientes politizados».

«No es factible una investigación prospectiva, por lo que, ante la falta de delimitación de hechos susceptibles de sanción penal, procede igualmente avalar este pronunciamiento», manifiesta la sala.

El auto también rechaza que pueda haber un delito contra los derechos cívicos, puesto que los hechos denunciados «nada tienen que ver» con ese ilícito.

«La situación de desconfianza, propia o ajena, inherente al descubrimiento de lo vivido, no supone un impedimento para el ejercicio de los derechos propios de las mismas», subraya la sección quinta.

Por su parte, un comunicado emitido este lunes por Iridía, la representación letrada de las querelladas, ha calificado de «especialmente grave» que una denuncia por torturas y contra la integridad moral «quede sin investigar».

Por ello, la organización ha anunciado que recurrirá la decisión al Tribunal Supremo con el objetivo de agotar todas las vías judiciales «hasta conseguir que tan graves hechos se investiguen, se depuren responsabilidades políticas y todas las personas afectadas sean reparadas».

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