Apenas quedan cuatro meses para que se inicie la nueva campaña de la declaración de la Renta, que realizaremos entre abril y junio de 2022, pero aún hay tiempo para pensar cuánto nos tocará pagar y cómo podemos minimizar la factura fiscal de un ejercicio que, además, ha traído importantes novedades como la reducción en las bonificaciones por aportar a planes de pensiones e incluso los cambios de hábito en el trabajo.
El sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) estima que si se toman las decisiones adecuadas antes de final de año, el ahorro medio en la próxima declaración puede alcanzar hasta los 2.893 euros, dependiendo de los rendimientos de cada contribuyente.
Vivienda
La vivienda es uno de los bienes que mayores posibilidades de desgravación permite. Quienes compraron su casa o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013, seguirán disfrutando de la desgravación, siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores.
Eficiencia energética
Agustín Fernández, presidente del Consejo General de Economistas-Asesores Fiscales (Reaf), también recuerda que si alquilamos una casa como vivienda habitual, podremos deducirnos entre un 20% y un 60% de lo que hemos pagado por las obras que reduzcan el consumo energético o incrementen la eficiencia energética si los cambios se han realizado desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre. «Lo mismo es predicable para las obras realizadas en la vivienda habitual», añaden.
El truco de la reinversión
Para quienes vendieran su casa este año, las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta en función de su cuantía, entre el 19% y el nuevo tipo del 26% para rentas de ahorro y ganancias superiores a 200.000 euros, que entró en vigor en 2021. No obstante, los técnicos de Hacienda señalan que si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago.
Teletrabajo y ‘cheques comida’
La pandemia también ha traído consigo nuevos hábitos en las relaciones laborales como el teletrabajo. Los economistas recuerdan que, en caso de haber trabajado desde casa y de recibir de la empresa una compensación por algunos gastos como Internet o la luz, estos no podrán deducirse pues se consideran rendimientos íntegros del trabajo. Eso sí, si se pacta con la empresa que esas cantidades vienen a remunerar dichos gastos antes de finalizar el año sí se podrán deducir.
Trabajo en el extranjero y despidos
Los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos con un máximo de 60.100 euros anuales. Si, por el contrario, la crisis se ha cebado con un despido, desde el REAF recuerdan que la indemnización queda libre de impuestos hasta los 180.000 euros.
Inversión en start ups
Los expertos recuerdan que los amigos y familiares de tercer grado de los emprendedores también pueden acceder a deducciones. En concreto, del 30% en la cuota estatal del IRPF sobre su inversión en una nueva empresa al suscribir las acciones o participaciones de la misma, siendo la base máxima de la deducción de 60.000 euros anuales limitada a una participación, junto con su cónyuge y familiares. Y nunca superior al 40% del capital de la entidad.
Donativos
Los españoles han vuelto este año a demostrar su solidaridad en la recta final del año con numerosos donativos para ayudar a los afectados por el volcán de La Palma. Que sepan que ese dinero también se pude deducir, con carácter general, un 80% para los primeros 150 euros y el 35% sobre el exceso de los donativos realizados a las fundaciones previstas en la ley (Médicos sin fronteras, Caritas, UNICEF o Manos Unidas, entre otros).
Las cuotas de afiliación a partidos políticos también tienen una deducción del 20%, limitada a una base máxima de 600 euros.