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El despido que quiere la UE: indemnización sin tope y opción de readmisión

España tiene que decidir si adapta la ley tras dictaminar el Comité de Derechos Sociales que el despido improcedente es contrario a la Carta Social Europea

07 abril 2024 20:31 | Actualizado a 08 abril 2024 07:00
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Europa ha regañado una vez más a España. En esta ocasión por tener un sistema de despido improcedente contrario a la Carta Social Europea.

La resolución adoptada por el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) a finales del mes pasado, como ya informó el Diari, da la razón al sindicato UGT, que presentó una demanda en marzo de 2022 con el argumento de que la indemnización que se paga en nuestro país cuando un trabajador es despedido sin causa justificada (despido improcedente) es «claramente insuficiente para reparar de forma íntegra los daños derivados del despido antijurídico, fraudulento o abusivo y absolutamente ajena a la más mínima función disuasoria».

A falta de que se conozcan los detalles de la resolución –no ha salido aún a la luz pública y previsiblemente no se conocerá de forma oficial hasta el 29 de julio– Estrasburgo previsiblemente marcará a España un camino en el que se eliminen las indemnizaciones máximas, se adecúen al daño causado y se otorgue al trabajador la opción de elegir entre ser readmitido en la empresa o cobrar dicha indemnización, puesto que así lo ha hecho en otras decisiones previas.

En la actualidad, y tras la reforma laboral de 2012, cuando una empresa despide a un empleado y un juzgado declara que el despido es improcedente, es la compañía la que elige entre pagar una indemnización –que está fijada en 33 días de salario por año trabajado, con un límite máximo de 24 mensualidades– o reincorporarlo a la plantilla. Cabe destacar, no obstante, que solo Italia y Portugal conceden al trabajador el derecho de volver a su puesto.

Además del tope a la indemnización, el sindicato liderado por Pepe Álvarez denunció que la persona trabajadora tiene derecho a una indemnización predeterminada de forma puramente automática por la ley, únicamente fijada en atención al tiempo de antigüedad.

Argumentó que este sistema es excluyente y no tiene conexión con la reparación del daño causado, «de modo que no existe una posibilidad efectiva de que un órgano jurisdiccional valore y reconozca un daño mayor sufrido por la persona trabajadora como consecuencia del despido sin causa justificada o con causa ficticia».

Esta, por tanto, es otra medida que podría adoptar España, y que, además, cuenta con el beneplácito de la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que se ha erigido en este último año y medio como una firme defensora de instaurar una indemnización a la carta.

La vicepresidenta Yolanda Díaz se ha mostrado partidaria de establecer indemnizaciones diferentes en función de las circunstancias del trabajador y del impacto que pueda tener. Es decir, que la compensación dependa de factores como la edad, la renta, la formación, el género y la situación familiar, entre otras circunstancias.

El Gobierno, por el contrario, defendió ante Europa el actual sistema y sostiene que la indemnización actual es «adecuada» y «disuasoria» para los empresarios.

UGT, por su parte, reclama que se establezca una compensación mínima y propone que sea de seis meses, algo que –alega el sindicato– sí supondría una traba al despido para los empresarios, incluso para los trabajadores con menos antigüedad.

Eso es lo que tuvo que hacer Italia después de que el Comité Europeo de Derechos Sociales resolviera también que su despido era contrario a la Carta Social Europea.

En Italia, el trabajador puede elegir ahora entre dos opciones en caso de despido improcedente: aceptar la readmisión con el abono de los salarios de tramitación, o cobrar una indemnización que varía entre un mínimo de 12 mensualidades y un máximo de 24, y que en todo caso fijará el juez atendiendo a la antigüedad del trabajador y teniendo en cuenta el número de empleados de la empresa o las dimensiones de su actividad económica.

Antes que Italia, el tirón de orejas del órgano que vela por que se cumpla la Carta Social Europea le tocó a Finlandia. Sus indemnizaciones varían entre los 3 y 24 meses de salario, pero para calcular su cuantía se tienen en cuenta factores como la duración de la relación laboral, la edad del empleado y sus perspectivas de conseguir un nuevo trabajo.

Francia también fue instada a cambiar las condiciones de su despido, en 2022, aunque por ahora no lo ha tocado y es bastante inferior al de España.

En realidad, España cuenta con uno de los despidos más caros de Europa. Además, es el único país que indemniza a todos los trabajadores, mientras que en otros solo se hace si se cumplen ciertas condiciones: en Reino Unido y Francia hace falta que el trabajador tenga al menos dos años de antigüedad; en Alemania y Francia, que sean empresas de más de diez trabajadores; y en Italia, que las compañías superen los 15 empleados.

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